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El Ayuntamiento atiende a los propietarios de unos edificios que no podían disponer de ellos ante el incumplimiento del convenio urbanístico

Queja número 15/5818

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla procede a contestar a los propietarios de unos edificios que no podían disponer de ellos ante el incumplimiento de un convenio urbanístico.

El interesado, en su escrito de queja, nos indicaba que tres edificios, más una zona común de acceso a los mismos, que se habían construido en los antiguos terrenos de una fábrica cerámica, tras el convenio realizado con la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla en diciembre de 2006 y la división horizontal y escritura de adjudicación, su titularidad había quedado de la siguiente forma: los edificios 1 y 2 eran propiedad de diversas personas, la zona común estaba repartida entre el 50 % propiedad del Ayuntamiento de Sevilla y el otro 50 % propiedad de los propietarios de los edificios 1 y 2; la propiedad del otro edificio era del Ayuntamiento de Sevilla.

En el convenio firmado con la Gerencia de Urbanismo se establecía que los propietarios de los edificios 1 y 2 asumirían el pago de 82.560,00 euros por las obras realizadas en los mismos y que, a su vez, el citado organismo indemnizaría a éstos con la cantidad de 500,00 euros por cada mes de retraso producido en el plazo de ejecución de la obra determinado en el proyecto, habiendo sido la demora de 61 meses, lo que sumaba un total de 30.500,00 euros, quedando así la diferencia a favor de la Gerencia de Urbanismo en 52.060,00 euros. Una vez finalizadas las obras, los propietarios de los edificios 1 y 2 se pusieron en contacto con la Gerencia Municipal de Urbanismo con el objeto de resolver, con la mayor brevedad posible, el citado convenio, que les entregaran todas las llaves de acceso a los inmuebles y les facilitaran la documentación necesaria para poder disponer libremente de sus locales.

En este sentido, en Mayo de 2014 mantuvieron una reunión con el Gerente de Urbanismo, en la que se acordó la forma de dejar resuelto el convenio, comprometiéndose a que se harían los trámites lo más rápidamente posible para evitar mayores perjuicios de los ya causados. Sin embargo, desde entonces y a pesar de los numerosos correos electrónicos y llamadas telefónicas, nadie les explicaba porqué la situación seguía paralizada y no se resolvía el asunto.

Esta situación estaba lesionando gravemente sus derechos como propietarios, pero es que, además, el edificio propiedad del Ayuntamiento llevaba abierto desde julio de 2014 y la zona de acceso al mismo era una copropiedad, compartida por el Ayuntamiento y los propietarios de los edificios 1 y 2, que se había puesto en uso sin el consentimiento expreso de éstos.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla, éste, después de varias gestiones, nos comunicó que había desaparecido el principal motivo de la queja, pues los propietarios “poseen las llaves, teniendo objetos almacenados en los mismos, pero todavía no tienen suministros de agua y luz, desconociéndose la causa de ello. En relación con esto último debe tenerse en cuenta el anterior informe de la Gerencia donde se dice que se trata de una obra municipal, no sujeta la licencia de obra ni de utilización”.

Dimos traslado de esta información al interesado, que nos respondió, en síntesis, que a pesar de lo que indicaba el informe del Ayuntamiento, seguían sin poder disponer plenamente de sus locales y que, además, no habían recibido respuesta alguna a sus escritos, solamente la que esta Institución les había remitido.

Nos dirigimos de nuevo al Ayuntamiento para que nos trasladara su posicionamiento respecto de estas alegaciones del interesado y que, en especial, nos señalara la causa por la que se minoraba a 39 meses el plazo que comprendía la indemnización por demora, así como la fecha aproximada en que se procedería a la liquidación del convenio y a la entrega de los boletines de enganche.

En su última respuesta, el Ayuntamiento de Sevilla nos expresó su posicionamiento acerca de las últimas cuestiones planteadas indicándonos, en síntesis, que se había remitido a cada propietario, en noviembre de 2016, la liquidación de costes de la obra y la indemnización por demora, explicando las razones de la diferencia de fechas entre lo que reclamaban los propietarios y lo que había considerado el Ayuntamiento.

Trasladamos esta nueva información al interesado, que nos respondió que consideraba que el asunto se encontraba en vías de solución tras los últimos contactos con responsables municipales, por lo que entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones y procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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