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¿Es posible ubicar los contenedores en otro sitio?. Se lo pedimos al Ayuntamiento de Gelves y a la Mancomunidad

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 17/1747 dirigida a Ayuntamiento de Gelves (Sevilla), Mancomunidad para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos “Guadalquivir”

El Defensor del Pueblo Andaluz sugiere al Ayuntamiento de Gelves y a la Mancomunidad para la gestión de residuos sólidos urbanos “Guadalquivir” que estudien una nueva ubicación para unos contenedores de residuos que no cause perjuicios a los vecinos, dado que se trata de un lugar donde habitualmente se dejan restos de poda, enseres y basuras fuera de los contenedores y la frecuencia de la limpieza no es la debida para un adecuado mantenimiento.

ANTECEDENTES

La interesada, en nombre de los vecinos de la calle ..., de Gelves, Sevilla, nos exponía, en esencia, la problemática que representan unos contenedores de reciclaje (papel, vidrio y envases) junto con otro de residuos orgánicos, que se encuentran localizados en la citada calle, que al parecer es muy corta y que tiene pocos vecinos. En relación con estos contenedores dice la queja que “Pese a la existencia de normas muy claras y de sentido común para el depósito de los distintos tipos de residuos, la dificultad para disciplinar el acatamiento de estas normas y la poca urbanidad de los vecinos de las calles aledañas, hace que la zona próxima a los contenedores esté con frecuencia en condiciones lamentables; es normal encontrar residuos orgánicos, muebles rotos, embalajes esparcidos, bolsas llenas de botellas, botellas rotas y todo tipo de residuos de difícil clasificación que suponen una invitación para ratas y otros animales, de hecho se han dado casos de ratas en algunos de los jardines de los vecinos de la calle”.

Además de lo anterior, se manifiesta que otra circunstancia añadida es que “al ser una calle escondida y poco visible, los vecinos de las calles próximas han decidido que éste es el lugar idóneo para depositar furtivamente los restos de poda, actividad prohibida por el Ayuntamiento pero no controlada”.

Por otra parte, se indica que “desde el año 2014 el Ayuntamiento de Gelves, por motivos de prioridad, no atiende con regularidad la limpieza de las calles de la urbanización, la última vez que pasó una barredora de forma esporádica por la calle ..., fue en verano de 2016, tampoco existe limpieza alguna en la zona aledaña a los contenedores, limpieza que realizan los vecinos y los trabajadores [de un club deportivo, principal usuario de los contenedores, según los vecinos], a excepción de la recogida de los restos de poda, que se hace una vez al mes aproximadamente”.

Indicaban en su escrito de queja un dato que consideran de interés para aportar soluciones a este asunto: “Tomando como referencia la calle ..., existen 5 puntos adicionales de recogida de reciclajes en menos de un kilómetro cuadrado (…), cada punto compuesto por reciclaje de papel, envases, vidrios, orgánicos, estas dos avenidas mucho más transitadas y zonas de paso para los vecinos de la urbanización... Asimismo, hay que hacer notar la baja densidad de población de la zona, al tratarse de casas unifamiliares, con parcelas mínimas de 500 m²”.

En cuanto a las gestiones que han realizado ante el Ayuntamiento, consta en el escrito de queja que “para denunciar el problema que nos ocupa y solicitar la eliminación de los contenedores, se ha presentado solicitud al ayuntamiento de Gelves en agosto de 2014, en octubre de 2015 y últimamente en marzo de 2016, habiéndose solicitado cita con la Alcaldesa de Gelves el pasado mes de julio de 2016, a fecha de hoy no hemos recibido resolución por parte del ayuntamiento de Gelves, a excepción del traslado de la contestación negativa de la Mancomunidad del Guadalquivir”.

En esa respuesta de la Mancomunidad del Guadalquivir se indica que no es posible acceder a la petición de estos vecinos porque “resultaría imposible establecer rutas óptimas y regladas, debiendo tener en cuenta además factores como sentido del tráfico, zonas estrechas, paso de cableado, arboleda... Amén de estos aspectos técnicos incidir también en que la solución al incivismo por parte de algunos usuarios no debe ser motivo fundamental para trasladar los contenedores de su ubicación más idónea ya que esto alentaría a que alguien con el firme propósito de entorpecer y perjudicar la prestación del servicio, solo tendría que actuar de forma insolidaria e incívica. Por todo ello esta Mancomunidad, respecto a la situación y ubicación de los contenedores, seguirá fundamental y prioritariamente apoyándose en criterios técnicos”.

En esta tesitura, consideran los vecinos afectados que “En definitiva, la ubicación de estos contenedores no es la más idónea y dado que existen suficientes puntos de reciclaje en las calles de mayor paso y densidad de población en la urbanización, los contenedores de reciclaje de la calle ... pueden perfectamente suprimirse, con lo que se eliminaría el foco de basuras y plagas que el Ayuntamiento de Gelves no puede atender”.

CONSIDERACIONES

Tras admitir a trámite la queja, esta Institución interesó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Gelves que nos ha remitido el informe en el que se indica, en síntesis, lo siguiente:

Con fecha ... se recibe escrito de la Mancomunidad de Residuos Sólidos Guadalquivir, mediante el cual se indica que no se considera viable el cambio de ubicación de los contenedores de reciclaje de la calle …, ya que la ubicación idónea es la actual, por ser el lugar más próximo a los usuarios de la zona, y que el cambiar la ubicación supondría un perjuicio para gran número de vecinos que tendrían los contenedores mucho más alejados de su domicilio.

Tras la insistencia de los vecinos se han mantenido diversas conversaciones telefónicas con los técnicos de la Mancomunidad, siendo siempre la respuesta la misma, que la competencia en la recogida de residuos está delegada en esa Mancomunidad, y que ellos ubican los contenedores siguiendo unos criterios. y que habiéndose inspeccionado la zona en más de cuatro ocasiones se considera que la ubicación de los contenedores de la calle ... es la adecuada”.

De esta información dimos traslado a la interesada para que nos remitiera las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas. Como respuesta, ésta, en un nuevo escrito firmado por varios vecinos, nos da cuenta del que entregaron en marzo en el Ayuntamiento de Gelves, del que se desprende, en síntesis, lo siguiente:

1. Que compartían cuatro contenedores colocados en la calle; si la densidad de población es un criterio para fijar la localización de los contenedores, resulta que en su calle, …, sólo residen personas en 5 viviendas.

2. Se genera, por la falta de urbanidad, una gran acumulación de basuras que, incluso, atraen a roedores.

3. Al ser una calle escondida y poco transitada, la utilizan muchos vecinos para depositar residuos que no se corresponden con ninguno de los contenedores, atrayendo, además, a recogedores de chatarras.

4. Tomando como referencia la calle ..., existen 5 puntos adicionales de recogida de reciclaje en menos de un kilómetro cuadrado.

5. Vienen solicitando el cambio de ubicación de los contenedores en 2014, 2015 y 2016 y una entrevista con la Alcaldía-Presidencia, sin que haya sido atendida su petición.

6 El pago de impuestos es muy alto al ser parcelas de más de 500 m² y la calle se encuentra en un estado muy lamentable.

7. El usuario principal “...” [club deportivo] deposita sus residuos en los contenedores de la calle donde residen los vecinos denunciantes, aunque está situado en otra calle.

Por todo ello, solicitan “al pleno del Ayuntamiento de Gelves y a su Alcaldía por parte de los vecinos de la calle ... que dichos contenedores sean suprimidos de su actual ubicación, nuestra calle, y sean trasladados a una zona más próxima del domicilio del usuario principal, ..., situado en la calle ...”.

A la vista de las alegaciones presentadas por los interesados y dado que, al parecer, sólo 5 de las 6 viviendas están habitadas y que es una calle de poco tránsito, de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente

RESOLUCIÓN

SUGERENCIA de que, previos los trámites legales oportunos, se estudie una nueva ubicación para los contenedores existentes en la calle ..., ya sea en el lugar que proponen los interesados, u otro que, al mismo tiempo que presta servicios a los vecinos, no cause los perjuicios a terceros que están ocasionando en la situación actual en la que se encuentran.

Perjuicios que se ven agravados por la falta de urbanidad de las personas usuarias de estos contenedores y la falta de un adecuado mantenimiento en las adecuadas condiciones higiénicas de esta vía pública por parte de ese Ayuntamiento, que es el responsable de la limpieza viaria a la que los usuarios tienen perfecto derecho, teniendo en cuenta que, además, soportan los costes de prestación de este servicio.

Esta resolución se remitió tanto al Ayuntamiento de Gelves, como a la Mancomunidad para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos “Guadalquivir”.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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