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Estudiarán su reclamación ante la demanda por pago de recibos de vivienda en alquiler

Queja número 16/6945

La interesada exponía que había recibido una comunicación de AVRA requiriéndole el pago de una deuda de 9.141,10 euros, procedente del impago de mensualidades de su vivienda. Decía carecer de ingresos para hacer frente tanto a la deuda que mantenía con AVRA como para el pago de las mensualidades.

Tras acudir a la UTS la trabajadora social le informó que se pondría en contacto con AVRA.

Solicitaba nuestra mediación para que le ayudásemos a gestionar un aplazamiento de dicha deuda, ya que aunque en la actualidad no tenía ingresos estaba pendiente de que se pudiera tramitar ayudas por parte de asociaciones y solicitud de salario social. Decía haber solicitado PACAS en 3 ocasiones y no haber sido seleccionada.

Solicitamos informe a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) y desde la Viceconsejería de Fomento y Vivienda se nos envió un informe elaborado por la Secretaría General de Vivienda en el que se nos indicaba que la interesada mantenía una deuda acumulada con AVRA, por impagos de renta, que a finales de 2016 ascendía a 9.141,10 euros. Ese débito motivó que en noviembre del pasado año, a instancias de la citada Agencia, firmara un reconocimiento de dicha deuda y un compromiso de abono del 10% del total, entregando cantidades parciales con los recibos ordinarios en los meses de enero, abril, julio y octubre del presente año. En dicha reunión, se informó a la reclamante de que, en caso de no poder cumplir el compromiso de abono, debería presentar documentación que acreditara dicha circunstancia, lo que finalmente hizo en enero pasado, aportando un certificado del Ayuntamiento de Sevilla que acreditaba su precariedad económica y certificaba que era beneficiaria de prestación para el pago de suministros básicos de la vivienda, alimentación e higiene.

Consciente de la precaria situación en que se encontraban muchas familias, AVRA tenía previstos mecanismos que se aplicaban a los inquilinos que acreditaban dificultad para el pago de sus alquileres, consistentes en la minoración de rentas o el aplazamiento de la deuda contraída. El caso de la interesada estaba precisamente sometido a estudio por parte de la trabajadora social de referencia, que debía valorar su situación para poder ajustar el plan de pago de las deudas contraídas a las circunstancias socioeconómicas que acreditaba en la actualidad.

En vista de lo anterior, considerando que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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