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La propietaria del vehículo tenía la razón: el Ayuntamiento da de baja la sanción de tráfico impuesta

Queja número 16/6277

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla da de baja un expediente sancionador de tráfico que se había tramitado contra la propietaria del vehículo, a pesar de que ésta, en tiempo y forma, había identificado al conductor.

En su escrito de queja, la interesada nos exponía que se dirigía a esta Institución por la actuación, “con burla y desprecio de la Agencia Tributaria de Sevilla mostrada hacia una ciudadana que se limitó a seguir durante el procedimiento sancionador los pasos marcados por la vigente legislación”. Indicaba textualmente que en noviembre de 2015 recibió notificación de la sanción de tráfico impuesta por “Estacionar obstaculizando gravemente la circulación en lugar señalizado con prohibida la parada por señal vertical”, en octubre de 2015 a las 15'31 h., con el vehículo …; a esta notificación la interesada respondió a la Agencia Tributaria identificando al conductor de vehículo que cometió la infracción, que era distinto a ella, como propietaria del vehículo. Sin ningún otro trámite, siete meses después (junio de 2016), recibió la providencia de apremio ignorando que ya se había comunicado a la Agencia Tributaria que no era la conductora del vehículo ni, por tanto, la infractora.

En un nuevo escrito a la Agencia Tributaria remitió de nuevo toda la documentación “en la que de forma muy clara aparece la fecha en la que dicha documentación fue remitida por primera vez (…) este último recurso es desestimado porque dicho recurso «debió presentarse durante la instrucción y el desarrollo del propio expediente sancionador». Lógicamente tras la denegación recibida se lleva a cabo la «recaudación ejecutiva», habiéndome llegado ya la retención en mi cuenta bancaria de 248 euros”. También presentó reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal con objeto de obviar cualquier resolución por silencio administrativo que pudiera producirse.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla, éste nos dio cuenta de que el expediente sancionador que motivó la presentación de esta queja había sido dado de baja al haber identificado la interesada, en tiempo y forma, al conductor del vehículo, habiéndose iniciado la tramitación del correspondiente expediente de devolución de ingresos indebidos.

Con ello entendimos que el problema que afectaba a la reclamante se encontraba en vías de solución, con lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en el mismo.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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