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Le conceden plaza de respiro familiar mientras espera una plaza disponible en Residencia de gravemente afectados físicos

Queja número 16/4479

Se le concede plaza de respiro familiar hasta tanto haya plaza disponible en Residencia de Gravemente Afectados Físicos.

La interesada exponía que su esposo requería apoyo para todas las actividades de la vida diaria. El 13 de mayo de 2015 ingresó en la UCI por un coma hipoglucémico y desde entonces había sufrido un deterioro importante.

Solicitaron el reconocimiento de su situación de dependencia el 27 de mayo de 2015, la cual se unió a un informe de urgencia para agilizar el expediente y con fecha de 28 de julio de 2015, se le reconoció el Grado III de Gran Dependencia. Con fecha 15 de agosto de 2015 se le realizó la Propuesta Individual de Atención, con indicación del recurso residencial, como el más apropiado. Informaron a la interesada que no podía acceder a un centro de personas mayores, por tener 50 años, por lo que se le solicitaba el grado de discapacidad, con el objeto de entrar en un centro de personas con diversidad funcional, del que tenía reconocido un 75% y aún estaban pendientes de que se produjera dicho ingreso.

Admitida la queja a trámite, solicitamos informe al Ayuntamiento de Cazorla y a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Jaén, comunicándonos ésta última que con fecha 26 de agosto de 2015 tuvo entrada en el Registro Auxiliar de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en Jaén propuesta del Programa Individual de Atención planteando la plaza concertada en centros para personas gravemente afectadas por discapacidad física o parálisis cerebral en Andalucía.

Tras el análisis realizado por el Servicio de Valoración de la Dependencia de la documentación obrante en el expediente, se observaba que no constaba que el dependiente estuviera gravemente afectado físicamente por lo que no se podía proceder a la validación de dicha Propuesta, previa al reconocimiento de derecho de acceso al recurso de atención residencial en centros para personas gravemente afectadas por discapacidad física o parálisis cerebral en Andalucía y se informó a la trabajadora social que había elaborado dicha Propuesta para que orientase a la familia a solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad y determinar así si lo estaba por lo que, con fecha 12 de febrero de 2016, remitió solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad al Centro de Valoración y Orientación.

Con fecha 3 de junio de 2016 se le reconoció un grado de discapacidad del 75 % que le había provocado el estar encamado y una inactividad física total según informaba la trabajadora social que realizó el informe social, previo para el ingreso en Centros de Atención a Personas con Discapacidad en Residencias de Gravemente Afectados Físicos, tras realizar una visita domiciliaria en la que indicó que estuvo todo el tiempo durmiendo y la esposa refería que no hablaba y rara vez conocía.

Teniendo en cuenta el grado de discapacidad, su inactividad física y el informe social previo al ingreso en Centros de Atención a Personas con Discapacidad en Residencias de Gravemente Afectados Físicos, se solicitó a los Servicios Centrales de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía plaza en uno de los centros de estas características, y dado que no existían plazas disponibles y debido a la falta de apoyos específicos para atender al dependiente en su entorno, se había considerado un recurso adecuado para atender sus necesidades, en tanto hubiera plaza en un Centro de Atención a Personas con Discapacidad en Residencia de Gravemente Afectados Físicos, el acceso al programa de respiro familiar en cuanto servicio residencial de duración transitoria ante la situación en que se encontraba.

Con fecha 17 de agosto de 2016 tuvo entrada en el Registro Auxiliar de la Agencia de la Dependencia de Andalucía en Jaén solicitud de admisión del dependiente en el programa de respiro familiar por lo que la Comisión Técnica de Valoración de la Unidad de Respiro Familiar del Servicio de Valoración de la Dependencia remitió, con fecha 18 de agosto de 2016, acta a una Residencia para su ingreso en régimen de respiro familiar que había sido concertado para el 6 de septiembre de 2016, a la espera de que existiera plaza en Centro de Atención a Personas con Discapacidad en Residencia de Gravemente Afectados Físicos y se le pudiera asignar y aprobar su Programa Individual de Atención.

Puesto de que lo anterior se desprendía que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

Dolores Peña V... (no verificado) | Agosto 1, 2018

Llevo 3 años cuidando de mi madre tiene un grado 3 de dependencia son 24 horas no tengo ninguna ayuda necesito ayuda

El DPA responde | Agosto 1, 2018

Hola Dolores, nos gustaría hablar contigo. Dinos un número de teléfono al que poder llamarte. No saldrá publicado. 

Nosotros no concedemos ni gestionamos las ayudas a la dependencia pero sií podemos informarte y orientarte por si estás dando los pasos adecuados. Si lo estás haciendo, podemos supervisar a la Administración que concede y gestiona estas ayudas por si esta actuando de manera irregular.

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