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Su hija recupera el grado de de discapacidad que tenía

Queja número 16/6953

Recuperó su hija el grado de de discapacidad que tenía.

El compareciente en su escrito de queja manifestaba que a su hija, teniendo reconocido un grado de discapacidad por sus enfermedades del 59% y un baremo de movilidad de 7 puntos desde el 5 de diciembre de 2014, en la nueva revisión de oficio que se le había realizado recientemente, se le había aminorado el grado a un 54 % ,no otorgándosele tampoco el baremo de movilidad, que se le limitaba a 4 puntos.

Continuaba diciendo que no entendía cómo todo ello había sido posible, si la enfermedad rara que padecía su hija de 11 años, Artrogriposis Múltiple Congénita y sus secuelas eran permanentes, es más con el paso del tiempo lo que haría siempre sería empeorar.

Nos aportaba copia de la reclamación previa realizada así como del posterior escrito que presentó dos días después, el 19 de diciembre de 2016, aportando nuevos informes médicos de las afectaciones que a su hija le producían las enfermedades que padecía y de la orientadora y psicóloga de su centro escolar, siguiendo las directrices de la Directora del Centro de Evaluación, tras la entrevista con ella mantenida.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga, nos respondió que tanto el equipo técnico que valoró a la menor como el resto de los que forman parte del Centro de Valoración y Orientación aplican de forma exhaustiva e imparcial lo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Asimismo, se le informó al interesado que en caso de no estar conforme con el grado, le asistía el derecho previsto legalmente a interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social en el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a la recepción de la resolución en su domicilio mediante correo certificado.

Continuaba el informe indicando que, efectivamente, el interesado fue atendido por la Directora, quien le indicó las opciones existentes para el caso de que no estuviera conforme con la valoración de su hija, indicándole además la opción de aportar documentación médica complementaria para reforzar la reclamación a presentar, opción que ejercitó, siendo citada su hija para una nueva valoración el 21 de febrero por un equipo de valoración distinto al inicial con objeto de garantizar la máxima objetividad e imparcialidad.

En base a la nueva documentación aportada, el equipo de valoración y orientación consideró que la menor debía ser reconocida con un grado total de discapacidad del 57% y un baremo de movilidad positivo, de 7 puntos, todo ello dentro del procedimiento establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Por tanto, habiendo sido satisfecha la pretensión del interesado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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