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Tras cumplir con las sanciones impuestas, se incorpora a su Centro de Participación Activa de Mayores

Queja número 17/2445

El interesado exponía que en el Centro de Mayores al que solía acudir tuvo problemas con otro pensionista y con un conserje. Le abrieron un expediente, y el responsable no le recogía los escritos ni los firmaba. Afirmaba que todo lo que ponía era mentira y cosas inventadas por él.

El compareciente llevaba casi dos años sin poder entrar en el centro, incluso hacía poco tiempo pidió permiso para que le viera el podólogo (pagándolo él) pero no le dejaron entrar.

En navidad entró para decirles que creía que ya se había cumplido su castigo, pero le dijeron primero que sí y después que no, sin fecha de cumplimiento.

Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Almería, quien nos participó que con fecha 1 de julio de 2015 se presentó un escrito en la dirección del Centro suscrito por la ordenanza del mismo, manifestando unos hechos acaecidos el 30 de junio de 2015, en los cuales el interesado la increpó e insultó.

Con fecha 3 de julio de 2015, se dictó acuerdo de incoación de procedimiento sancionador, proponiendo a la Dirección General de Personas Mayores y Pensiones No Contributivas la sanción muy grave prevista en el articulo 60.3 a) del Decreto 72/2012 de 20 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de los Centros de Participación Activa para personas Mayores: "Suspensión de todos los derechos vinculados a la condición de persona socia del Centro de Participación Activa de la Junta de Andalucía por un año."

El 15 de diciembre de 2015, la Dirección General de Personas Mayores y Pensiones No Contributivas dictó Resolución por la que se impuso la sanción de suspensión de todos los derechos vinculados a la condición de persona socia del Centro por periodo de un año. La citada resolución constaba notificada al interesado el 22 de diciembre de 2015.

Por otra parte, el 19 de agosto de 2015, la dirección del Centro envió una nota interior a la Secretaria General Provincial, comunicando que el 17 de agosto de 2015 se produjo una reyerta entre el interesado y otro usuario del Centro, tipificándose los hechos como una falta grave según el articulo 56 b) del Decreto 72/2012, de 20 de marzo. por el que se aprueba el Estatuto de los Centros de Participación Activa para Personas Mayores por “las acciones u omisiones que generen una alteración grave de las normas de convivencia y respeto mutuo". Una vez instruido el expediente, se dictó Resolución de la Delegación Territorial de 4 de diciembre de 2015 imponiendo la sanción de suspensión de todos los derechos vinculados a la condición de persona socia del Centro y de cualquier otro centro de Participación Activa de la Junta de Andalucía por un periodo de seis meses de duración.

Con fecha 12 de mayo de 2017, se procedió a comunicar al interesado que una vez finalizada su sanción por los hechos cometidos, se podría incorporar al centro y a cualquier otro centro de participación activa de la Junta de Andalucía a partir del 16 de mayo de 2017. De dicha comunicación el interesado tuvo conocimiento, según constaba en el expediente, el mismo día que expiraba la sanción.

En vista de la reclamación formulada por el interesado, se pusieron en contacto con la dirección del Centro el 5 de junio de 2017, comunicándoles que el mismo estaba asistiendo por las tardes al Centro, desde que recibió el comunicado, participando con normalidad en las actividades que venían realizando.

Habiéndose solucionado favorablemente la pretensión del interesado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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