El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Un bar de La Rinconada no podrá colocar veladores ante el ruido e incumplimiento de la normativa

Queja número 15/2773

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de La Rinconada procede a abrir expediente sancionador a un establecimiento hostelero que provoca molestias a las viviendas colindantes, así como a revocar la licencia de veladores concedida por incumplimiento de la normativa exigible.

El interesado, en su escrito de queja, denunciaba lo que, para él, eran irregularidades cometidas en la actividad de un establecimiento hostelero situado a escasos diez metros de su domicilio, en el municipio sevillano de La Rinconada:

"Llevo años sin poder conciliar el sueño, ya que este bar realiza actividades hasta altas horas de la madrugada. En primer lugar, los veladores están puestos hasta las 4 de la mañana, con gente gritando. El ruido que emite es insoportable de aguantar, por lo que los fines de semana no puedo descansar.

También se escucha la música del local, ya que atiende por la barra del exterior, a veces hay conciertos y cante. Para colmo el ruido provocado por quitar los veladores es infernal.

He llamado en multitud de ocasiones a la policía y sólo actúan verbalmente y nada más. Indican que ellos sólo pasan un informe al ayuntamiento y es el propio ayuntamiento el que puede actuar en cuanto a la licencia de veladores. He visitado al secretario del Alcalde y no tiene constancia, por lo que no me cuadra".

Además de las llamadas telefónicas que por este asunto, según se desprendía del escrito de queja, parece que se debían producir con asiduidad los fines de semana, el interesado había presentado en el Ayuntamiento un escrito firmado por él y por otros cuatro vecinos más, en los que trasladaba a la Alcaldía diversas circunstancias, algunas de gravedad, afectantes a la problemática originada por el local, en el que denunciaba lo siguiente:

- Posible incumplimiento del horario máximo de cierre y del de recogida de veladores, en el caso de que éstos estuvieran legalmente autorizados.

- Elevado nivel de ruido generado por la disposición de música a gran volumen y por la circunstancia de estar el local abierto y con veladores, permitiendo que la música saliera hacia el exterior.

- Ocupación del acerado por completo con la colocación de veladores, dificultando o incluso impidiendo el tránsito de peatones, carros de bebé, personas con movilidad reducida, etc.

- Actuaciones musicales en vivo en el interior del local, actividad para la que podría no contar con autorización.

Tras admitir a trámite la queja, interesamos informe al citado Ayuntamiento, aunque trasladamos al mismo nuestras consideraciones:

En primer lugar, se decía en la queja que el establecimiento era un bar de copas en el que se disponía de música, actuaciones musicales en vivo y terraza de veladores. Hay que decir, sobre este particular, que los bares de música, tal y como venimos reiteradamente insistiendo, no pueden disponer de terrazas de veladores. Por lo tanto, si el establecimiento tenía autorizada la actividad de bar con música y, al mismo tiempo, abierta una terraza de veladores, esta última no podía contar con licencia. Insistimos, por activa y por pasiva, que un bar con música no puede tener terraza de veladores. Nos remitimos a nuestra Resolución, formulada en la queja 14/2491, que hemos dirigido a todos los Ayuntamientos de Andalucía y, por tanto, también a ese, que incluso fue respondida por esa Alcaldía aceptando los términos en que nos habíamos pronunciado y, por tanto, siendo conocedor ese Ayuntamiento de su contenido.

Por el contrario, si el establecimiento era efectivamente un bar con música pero no tenía autorizada terraza de veladores, entonces lo que se estaría produciendo, de confirmarse los hechos denunciados, era una grave dejación de funciones municipal al no intervenir ante la ocupación del dominio público en contra de la normativa, con el agravante de que, siempre según la queja, la terraza permanecía hasta alta horas de la madrugada, y ello pese a las llamadas telefónicas producidas y la presencia policial cuando ésta se había requerido.

En segundo lugar, si el local era un bar que no tenía autorizada música, pero sí terraza de veladores, entonces, igualmente, se estaría produciendo una grave dejación de funciones por no impedir y sancionar la disposición ilegal de música.

En tercer lugar, respecto de los veladores, y para el caso de que estuvieran autorizados, se denunciaba que se colocaba un número de ellos superior al supuestamente autorizado, invadiendo la fachada de las inmuebles colindantes. Igualmente sobre esta concreta circunstancia se denunciaba inactividad de ese Ayuntamiento.

En una primera respuesta, el Ayuntamiento de La Rinconada nos informó que el establecimiento tenía concedida licencia de apertura de bar sin música, por lo que procedía la autorización para la instalación de veladores, aunque iban a revisar dicho otorgamiento en aras a minimizar las molestias a los vecinos. Después de ello, el Ayuntamiento nos informó que se había procedido a revocar la licencia de veladores a este establecimiento hostelero tras la incoación del oportuno expediente disciplinario que, incluso, hubo que retirar mediante orden a los agentes de la Policía Local.

Por tanto, dimos por concluidas nuestras actuaciones al entender que el problema estaba en vías de solución, mucho más cuando el propio interesado se había dirigido a nosotros para trasladarnos lo siguiente: "espero que se lleve a cabo por el Ayuntamiento dichas actuaciones y con este documento de resolución poder defender mis derechos. Sin más creo que las actuaciones del Defensor del Pueblo Andaluz han sido muy gratificantes, por lo que creo que se puede cerrar el expediente. Si observo cualquier incumplimiento llamaré a la Policía y creo que con eso será suficiente".

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía