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Una Asociación consigue que le abonen la subvención para un proyecto de cooperación internacional

Queja número 15/5400

Abonada subvención para proyecto de cooperación internacional.

El interesado exponía lo siguiente:

"Le escribo como director de la Asociación ..., con Sede Social en Calle ..., con número de CIF ... e inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número ..., en el Registro de ONGD de la AECID con nº ..., y en el RACDA con nº … .

Nos dirigimos a usted para transmitirle nuestra profunda preocupación por la situación en la que se encuentra el impago de la subvención concedida para el proyecto de cooperación al desarrollo “...”.

Que le fue concedida una subvención para su ejecución por el Ayuntamiento de Rota, que a la fecha de entrega del presente escrito se encuentra finalizado y justificado completamente al citado Ayuntamiento.

A continuación le resumimos un histórico de lo acontecido:

El Excmo. Ayuntamiento de Rota, por medio de la Delegación de Participación ciudadana, abrió convocatoria para proyectos de cooperación al Desarrollo en el año 2006, para organizaciones no gubernamentales.

Que el Ayuntamiento notificó el 29/12/2008 la concesión de una subvención de 7.000,00 euros para la ejecución del citado proyecto, que una vez subsanada la solicitud fue confirmada dicha subvención.

Desde la fecha de concesión 29/12/2008 hasta el 15/11/2013, la ONGD remitió varios escritos al Ayuntamiento de Rota, solicitando el pago de la subvención, no teniendo respuesta ninguno de ellos. Es en esta última fecha cuando la ONGD recibe escrito notificando que se realizará el pago del 50% de la subvención concedida, una cantidad de 3.500,00 euros. Dicha cantidad no se hace efectiva hasta el 30/04/2014.

Con fecha 29/05/2014 se notifica al Ayuntamiento de Rota, mediante escrito, la fecha de inicio y finalización del proyecto, siendo la fecha de inicio el 23/06/2014 y su fecha de finalización el 22 de septiembre de 2014, teniendo una duración de 3 meses, tal y como se estipulaba en el diseño del proyecto. En dicho escrito se solicitaba de nuevo el ingreso del resto del 50% de la subvención adeudado.

Con fecha 30/10/2014 se entrega informe de justificación final del proyecto. Entregando justificantes económicos y técnicos del total del proyecto, conforme a los plazos y formas de la convocatoria así como de la Ley General de subvenciones. En dicho escrito se solicitaba de nuevo el ingreso del resto del 50% de la subvención adeudado.

Desde la entrega de la justificación final del proyecto, se ha solicitado en tres ocasiones el pago de los 3.500,00 euros que restan de la subvención concedida para la ejecución del proyecto.

En la actualidad, tal y como se menciona en la concesión del proyecto con fecha del 29/12/2008, en la que para el pago de las subvenciones remite al artículo 34.4 de la “Ley General de subvenciones” y el artículo 16 de la “Ordenanza general de subvenciones”, ya no existen motivos para no proceder al pago del 50% que se adeuda a la ONGD, que asciende a 3.500,00 euros, ya que el proyecto se encuentra justificado en su totalidad desde el 30/10/2014.

Como Defensor del Pueblo Andaluz le solicitamos ayuda e intervención frente a la actividad del Ayuntamiento de Rota en el Área de Cooperación al Desarrollo ante las circunstancias expuestas con el fin de lograr el cobro de la subvención que se nos adeuda."

Solicitamos informe al Ayuntamiento de Rota, quien puso en nuestro conocimiento los trámites que se habían seguido en relación con la subvención concedida a la Asociación, haciéndose constar que la cantidad pendiente de 3.500 euros fue satisfecha el 6 de mayo de 2016.

Habiéndose solucionado el asunto por el que la mencionada Asociación había acudido a esta Institución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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