La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Acometerán obras en el centro educativo tras la aparición de unas grietas que han provocado el traslado de su hija

Queja número 23/0317

La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con las gestiones para mejorar de infraestructuras de un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de la provincia de Málaga.

Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga.

Pues bien, en el informe recibido desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se recoge con detalle y argumentación el régimen normativo regulador de estas actuaciones; el informe relata:

Ha llegado a este Servicio el escrito del Defensor del Pueblo Andaluz mediante en que requiere a la Consejería la remisión de información sobre el asunto citado. Su petición se sustenta en los artículo 18.1 y 19.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz y requiere la remisión del informe y la documentación que permitan el esclarecimiento de los motivos de la queja tramitada. En su escrito se transcribe la queja en relación con lo que parecen retrasos en unas obras en el CEIP que ha provocado el traslado de centro de su hija con las consiguientes molestias. Plantea además, que no está de acuerdo con la reubicación de su hija en otro centro y que no tiene noticias de la Junta de Andalucía, se sobreentiende, respecto de la previsión de finalización de las obras.

En relación a lo solicitado cabe informar:

Las actuaciones llevadas a cabo por esta delegación se inician el 08/11/2022 cuando se recibe llamada telefónica de la directora del citado centro comunicando el incremento, de forma abrupta, de las grietas existentes en el edificio principal. A raíz de la llamada, ese mismo día se pone en conocimiento a la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en adelante APAE, solicitando que se personen en el centro de forma urgente para determinar la gravedad de las grietas y las medidas de seguridad necesarias para evitar riesgos a la comunidad educativa del centro. El 09/11/2022, se persona en el centro una técnico de la APAE, que en informe emitido el 11 de Noviembre, ratifica el informe redactado ese mismo día por el técnico municipal en lo relativo a la necesidad de realización de estudio patológico y de limitación de uso del edificio de forma inmediata.

La Agencia Pública Andaluza de Educación, que es la responsable la gestión de las infraestructuras educativas indica que resulta necesario requerir al Ayuntamiento la realización de un Estudio Patológico para determinar la actuación que es necesaria acometer en el centro. Esta Delegación Territorial ha realizado un requerimiento al Ayto. para que, en virtud de a sus competencias y responsabilidades claramente establecidas por la normativa vigente, realice un estudio patológico, incluyendo estudio geotécnico, que concrete los daños estructurales.

Por lo anteriormente expuesto, estamos a la espera de recibir por parte del Ayuntamiento el estudio patológico que ha de determinar las actuaciones a realizar en el centro educativo. Dicho informe será determinante para poder adoptar las medidas necesarias y así garantizar la seguridad y el normal funcionamiento del centro.

Desde esta delegación territorial, se ha procedido a la máxima celeridad posible y en coordinación con la directora del CEIP, y con las direcciones de los diferentes centros educativos más próximos, a organizar la reubicación del alumnado correspondiente, con objeto de dar respuesta a la necesidad de mantener su actividad lectiva, garantizando su derecho a la escolarización y tomando en consideración las características de los centros de destino y del alumnado reubicado. Todo ello ha representado una adecuada solución de carácter temporal a la espera de que el Ayuntamiento aporte el estudio geotécnico y patológico correspondiente y acometa la intervención adecuada en sus infraestructuras, que permita la reincorporación del alumnado y el profesorado.

Asimismo, se significa que, ante esta nueva situación, se han contratado los servicios complementarios para todo el alumnado que lo ha necesitado”.

Pues bien, en atención a los informes recibidos, podemos considerar que quedan registradas unas actuaciones para dar respuesta a las demandas ofrecidas en la queja de la interesada y se concretan determinadas actuaciones dirigidas a la mejora de la infraestructura del CEIP a cargo de los responsables educativos y del propio ayuntamiento.

Por ello, hemos de considerar que el asunto abordado se encuentra en vías de solución necesitando el periodo necesario para acometer todas las obras de infraestructuras proyectadas y que, confiamos, tengan una eficaz conclusión para el conjunto de la comunidad educativa del CEIP. En todo caso, permanecemos atentos a realizar las acciones de seguimiento que resulten necesarias hasta la definitiva resolución del caso.

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