La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Nos informan de las medidas para atender al alumnado con Necesidades Especiales (NEE) con perfiles de autismo en El Ejido

Queja número 22/2539

La presente queja fue incoada de oficio por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, a fin de analizar la situación de las dotaciones de recursos específicos de atención al alumnado con perfiles de Trastorno de Espectro Autista (TEA) en la zona de El Ejido. La tramitación de la queja llevó a formular Resolución con fecha 29 de agosto de 2022 ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Almería, así como ante la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa

RECOMENDACIÓN a fin de que se adopten las medidas previstas en la legislación reguladora de la atención educativa con necesidades especiales, ofreciendo al alumnado con Trastorno del Espectro Autista (TEA) su escolarización en modelos de aulas específicas de atención singular al TEA a través de un proyecto de dotación de estos recursos en el entorno del municipio de El Ejido”.

La Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa: respondió a la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía y Defensor del Pueblo Andaluz, conforme señala el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, indicando que:

En respuesta a su escrito se informa de lo siguiente:

Según el Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales, en su Artículo 5, se dicta lo siguiente: Establecer las condiciones de escolarización, las enseñanzas y las medidas de apoyo, de adaptación y de acceso al currículo que contribuyan a mejorar la calidad de la atención educativa que reciben los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales por razón de discapacidad. Igualmente, en su Artículo 15. se establece: La Consejería de Educación y Ciencia podrá organizar la escolarización de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a un mismo tipo de discapacidad, con carácter preferente, en determinados centros educativos ordinarios, cuando la respuesta educativa requiera el empleo de equipamiento singular o la intervención de profesionales de difícil generalización. Asimismo, se podrá especializar determinadas aulas o centros específicos de educación especial para la atención de alumnos y alumnas con un mismo tipo de discapacidad.

De conformidad a lo dispuesto en la Orden de 15 de Enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las distintas etapas educativas, en su Artículo 18.- Medidas específicas de atención a la diversidad, se dicta lo siguiente: El alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo puede requerir en algún momento de su escolaridad alguna medida específica de atención a la diversidad, que se aplicará de forma progresiva y gradual, siempre y cuando no se pueda ofrecer una atención personalizada con las medidas generales de carácter ordinario.

Por su parte, las instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se establece el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa, en el apartado 7.2.3.- Planificación de la atención diferente a la ordinaria, se dicta lo siguiente: La planificación y desarrollo de medidas específicas y recursos específicos que son necesarios para la atención del alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo, requieren de una organización a nivel de centro, aula y para cada alumno o alumna en concreto.

En este sentido, el alumnado con necesidades educativas especiales compatibles con TEA, requiere de una intervención multidisciplinar y la aplicación de medidas y recursos, generales y específicos de atención a la diversidad para responder de forma gradual y progresiva a sus necesidades. La escolarización se realizará de forma preferente, en un aula de educación especial TEA siempre que exista el recurso. No obstante, en el caso de no disponer de la misma, la escolarización se realizará en el aula específica de educación especial en el centro ordinario, localizado en el lugar más próximo al domicilio familiar. Este aula, cuenta con profesionales que atienden e imparten docencia directa para el desarrollo del currículo, cuyo dictamen de escolarización recomiende esta intervención y desarrollará intervenciones especializadas, para dar respuesta a las necesidades educativas especiales y se contribuya a la mejora de sus capacidades.

No obstante, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se hace eco de la petición realizada en relación al incremento de la dotación de recursos e incremento de aulas TEA y le será trasladado a la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, así cómo a la Dirección Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, Universidad, Investigación e Innovación en Almería”.

Por su parte, la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Almería nos respondió con fecha 27 de octubre señalando:

PRIMERO.- Que en fecha 3 de mayo se remitió respuesta a la Queja 22/2539 , que en fecha 30 de agosto se recibió escrito del Defensor del Menor de Andalucía en la cual se establecía la recomendación de la adopción de las medidas previstas en la legislación reguladora de la atención educativa con necesidades especiales, a través de un proyecto de dotación de estos recursos en el entorno del municipio de El Ejido.

SEGUNDO.- Indicar que desde la Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se esta trabajando por mejorar la situación de los alumnos con necesidades educativas especiales de la provincia por ello se ha aumentado el número de recursos específicos, siendo en el municipio de El Ejido el aumento de nuevos recursos en el curso 2022/2023 los siguientes:”.

  • Aumento de nuevos recursos específicos CURSO 2022/2023 El Ejido

  • Aulas específicas de Educación Especial

    CEIP Tierno Galván

    E.I. Gloria Fuertes

    IES Santa Mª del Águila

    CEIP Bahía de Almerimar

    Especialistas Audición y Lenguaje

    CEIP Miguel Servet de Balerma

    CEIP Teresa de Jesús de El Ejido

    Monitores de Educación Especial: PTIS

    CEIP Bahía de Almerimar

    CEIP Tierno Galván

    El Gloria Fuertes

    IES Santa María del Águila

    IES Luz del Mar

    Especialista de Pedagogía Terapéutica PT

    IES Luz del Mar (NUEVO CUPO)

    CEIP Solymar

    IES Francisco Montoya

Todo lo cual, pongo en su conocimiento, en cumplimiento de los establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz”.

Según las respuestas recibidas, esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía debe entender la aceptación formalmente expresada por las autoridades educativas sobre la Resolución a la vista de sus respectivas competencias.

Ciertamente, la respuesta de la Dirección General, tras una trasposición literal de la normativa de referencia, se limita a aportar un parco contenido manifestando que “la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se hace eco de la petición realizada en relación al incremento de la dotación de recursos e incremento de aulas TEA”.

A pesar de que no podemos acreditar una respuesta detallada o concreta que permita identificar un indubitado compromiso para la creación de las aulas específicas que se valoran como necesarias, también debemos hacernos eco de las actuaciones concretas que se relatan desde la Delegación Territorial que señalan una adecuada dirección en la mejora de dotación de estos recursos destinados al alumnado TEA en la comarca almeriense de El Ejido.

Por tanto, sin perjuicio de la mejorable respuesta que hubiera merecido la Resolución dictada, nos ratificamos en el criterio manifestado desde esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, para que se desplieguen todas las medidas anticipadas por los referidos organismos.

En tal sentido, permanecemos atentos a cualquier novedad que se produzca en orden a estas necesidades del alumnado TEA en la comarca y persistiremos en la labor de continuidad y seguimiento que el asunto merece y que ocupará la atención de esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz en futuras intervenciones.

Agradeciendo toda la colaboración ofrecida a lo largo del tramitación de la presente queja, procedemos a concluir nuestras actuaciones desplegadas en el expediente.

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