La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Ponen fin al retraso de los informes de evaluación para su hija con necesidades educativas especiales

Queja número 21/7317

La presente queja se tramita en relación con el procedimiento seguido para la solicitud de una ayuda de discapacidad ante los organismos responsables de Jaén.

En su día esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, se hizo eco del caso y con fecha 2 de diciembre de 2021 nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Igualdad y Políticas Sociales para conocer las actuaciones emprendidas ante la situación creada.

La Delegación Territorial ha enviado informe en el que se manifestaba lo siguiente:

EI 28/12/2020, tiene entrada en registro la Solicitud de Valoración inicial de Discapacidad, de P.R.M., a partir de ese momento se inicia el procedimiento de valoración, procediéndose el 18 de febrero a la valoración psicológica, sin embargo dado que los informes aportados no recogían la clínica que presentaba la menor en ese momento, en fecha 19 de febrero se envía al a dirección que figura en la solicitud, carta certificada requiriendo aporte informe de evaluación psicopedagógica de la misma.

Dicha carta fue devuelta, por lo que se procede ala notificación mediana anuncio en el Boletín Oficial del Estado, publicándose la misma en fecha 9 de julio de 2021.

Transcurrido el plazo de tiempo reglamentario, y al no haberse aportado el informe solicitado, se procede en fecha 10/11/2021 a dictar resolución con la documentación obrante en el expediente, notificándose la misma por correo certificado, la cual resulta infructuosa.

A finales de noviembre, esta persona envía correo electrónico a la Delegación Territorial, interesándose por la situación del expediente, informándole de lo acontecido en el mismo.

El 10 diciembre se persona en el centro para retirar la resolución correspondiente, dejando constancia del cambio de dirección a efectos de notificaciones.

El 14 de diciembre, presenta reclamación previa a dicha resolución, dándole trámite a dicho procedimiento, con lo que próximamente será citada para nueva valoración”.

Con las informaciones obtenidas, se constata que el caso nace a partir de la infructuosa comunicación de los trámites que, una vez aclarada la dirección postal, prosiguen con normalidad. Confiamos, pues, que este proceso se tramite sin mayores trabas y concluya finalmente.

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