17. Urbanismo y obras públicas

En el desglose de cada tema hemos incluido todo lo que se dice en el Informe Anual sobre ese tema, tanto en la materia principal como en otras materias. Asimismo, hemos incluido los artículos de la Revista Resumen del Informe Anual que afectan a este tema.

MATERIA PRINCIPAL

1.13 Sostenibilidad, Medioambiente y Obras Públicas

1.13.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.13.2.2 Obras Públicas

1.13.2.2.1 Mantenimiento y conservación de espacios públicos, carreteras y caminos

El expediente de queja 20/7728 lo tramitamos a instancia de un vecino de Motril que denunciaba la situación y estado de abandono que presentaba el denominado parque “Cerro del Toro”, en esa localidad.

De dicho espacio nos decía que se trata de un parque construido en la década del 2000 para complementar el Centro Geominero en el Cerro del Toro, promovido y administrado por el Ayuntamiento de Motril, que fue un proyecto elaborado y ejecutado por la entonces Consejería de Medio Ambiente, consensuado a su vez con técnicos del Ayuntamiento, y que una vez terminadas las obras y corregidas las deficiencias detectadas, no se habría producido la recepción formal del espacio por parte del Ayuntamiento.

El promotor de la queja nos hacía una relación de zonas abandonadas y afectadas: i) se encontraba cerrada la Mina del Cerro del Toro, administrada por el Ayuntamiento, siendo su situación actual, al parecer, de total abandono y con peligro en la zona de entrada por deslizamiento del terreno; ii) los accesos al parque están muy deteriorados, cunetas con maleza y barranqueras que hacen imposible su acceso en algunos tramos; iii) las zonas con edificaciones dentro del parque se encuentran en un estado deplorable, con puertas y sanitarios rotos o desaparecidos, basura acumulada, dando una impresión de estado de dejadez total; iv) la vegetación existente en el parque se encuentra en estado de abandono, con maleza, falta de poda y de riego; y v) deterioro de la valla de cierre perimetral y en muchos tramos, rota o caída.

Consideraba este ciudadano que “esta obra no ha servido para el uso y disfrute del ciudadano, que ha podido ver cómo se invierten fondos públicos procedentes tanto de la Administración General del Estado, como de la Autonómica o Local (que es este caso que me ocupa) en unas instalaciones que no han sido operativas, sino olvidadas y abandonadas”.

Ante los hechos expuestos, nos hemos dirigido en petición de informe al Ayuntamiento de Motril y a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, si bien a fecha del presente Informe Anual, todavía no hemos recibido respuesta de ninguna, por lo que el expediente permanece abierto.

Por su parte, el expediente de queja 20/1181 lo tramitamos a instancia de un vecino de Castillo de Locubín, Jaén, que reside en un cortijo el cual “se encuentra a 1.800 metros lineales de una carretera vecinal que está asfaltada, y a unos 6 km del pueblo”. Según el escrito de queja que recibimos, “este trozo de carril es público y es propiedad de dicho Ayuntamiento y está de tierra con alguna grava y tiene una considerable pendiente”, por eso “cada vez que llueve con alguna densidad se deteriora de tal forma que se pone intransitable”.

Ante tal circunstancia, decía el promotor de la queja que, anteriormente, cuando esto ocurría “el Ayuntamiento mandaba rápidamente maquinaria y lo ponía para seguir pasando por él, pero desde hace unos 6 años solo lo ha arreglado una vez, y fue hace más de 4 años”.

Añadía que, sin embargo, “desde entonces no han vuelto a hacerle nada por parte del Ayuntamiento. Pues cuando llueve y se pone intransitable, soy yo el que con mis manos le quito las piedras y le tapo los socavones más grandes para poder pasar. Debo decir que por este carril pasan bastantes vehículos de los propietarios de las fincas de alrededor, pero soy yo el más afectado, ya que vivo en el cortijo todo el año y lo utilizo a diario, incluso más de una vez al día”.

En febrero de 2019 había presentado un escrito en el Ayuntamiento de Castillo de Locubín solicitando que se actuara en el camino de referencia, aunque al parecer no se había producido ninguna respuesta a dicha petición, que había reiterado mediante posterior escrito de enero de 2020.

Admitida a trámite la queja, solicitamos al Ayuntamiento de Castillo de Locubín el preceptivo informe que, no obstante, no hemos recibido a fecha de cierre de este Informe Anual.

El expediente de queja 20/5924 lo tramitamos a instancia de un vecino de la zona de Campanillas, de la ciudad de Málaga, que se quejaba por la falta de limpieza de los arroyos que circundan Campanillas. Aducía que en enero del 2020 habían sufrido inundaciones y que una de las razones era, a su juicio, el estado de falta de limpieza del río Campanillas y sus arroyos circundantes.

Al parecer, los días posteriores a la inundación, se había limpiado una parte del río Campanillas pero no todos los arroyos circundantes, y de hecho, decía, el 31 de marzo, ante unas fuertes lluvias, se había vuelto a anegar la avenida principal de Campanillas, precisamente porque los arroyos no estaban limpios.

Continuaba su relato indicando que desde el Ayuntamiento de Málaga habían asegurado que limpiarían el cauce de los arroyos entre finales de agosto y principios de septiembre, pero estando entonces prácticamente a mitad de septiembre, todavía no se había realizado actuación alguna. Por ello su petición era clara: “Necesitamos que se limpien los arroyos, para evitar que otra inundación ocurra en nuestro barrio”.

Admitida a trámite la queja, solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Málaga que nos informó, en esencia, de que en el informe anual del Servicio de Protección Civil, sobre las actuaciones a llevar a cabo en cauces de los arroyos para la prevención de inundaciones, se indicaba sobre el arroyo Rebanadilla que necesitaba limpieza y reparación del vallado junto a la entrada de la granja ecuestre, y que necesitaba limpieza de juncos justo antes del paso bajo la línea del AVE. Pues bien, estos trabajos, según constaba en el informe, ya se habían realizado y a tal efecto nos aportaban una serie de fotografías insertas en el documento.

Además de ello, también se nos informaba que la Gerencia de Urbanismo había trabajado el pasado año en el arroyo Rebanadilla en calle Fausto (desde el colegio hasta el cruce con calle Eneas), así como que en el informe de Protección Civil no se mencionaba al arroyo Pilones, pero que a pesar de ello, el Distrito de Campanillas había actuado entonces con presupuesto de Servicios Operativos.

Dimos traslado al promotor de la queja de esta información, significándole no obstante que entendíamos que no procedían más actuaciones por nuestra parte, pese a lo cual le dábamos un plazo para presentar alegaciones, si bien a fecha de cierre de este Informe Anual no hemos tenido noticias del reclamante, por lo que el expediente será archivado en próximas fechas.

Similar es el asunto del expediente de queja 20/6859, que tramitamos a instancia de una residente en una urbanización de Carmona, Sevilla, que se quejaba de que su parcela linda con un canal y dos eucaliptos de grandes dimensiones que presentaban ya entonces diversos riesgos, ya que el canal se encontraba con agua estancada y suciedad y los árboles invadían el interior de la parcela provocando suciedad y caída de ramas que por sus grandes dimensiones podrían provocar daños a los habitantes de la parcela y en las construcciones de la misma. Por ello solicitaba la “limpieza del canal y corte de los eucaliptos”.

A esta solicitud acompañaba la respuesta que por el mismo asunto le había dado la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en la que le indicaban que la competencia para atender su solicitud recaía en la Administración competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Ante la falta de respuesta del Ayuntamiento, volvió a presentar un nuevo escrito en agosto de 2019, reiterando su solicitud, a la que tampoco obtuvo respuesta y por ello, en octubre de 2020, remitió nueva comunicación al Ayuntamiento.

Requerido al Ayuntamiento de Carmona el preceptivo informe, a fecha de cierre de este Informe Anual aún no lo hemos recibido, por lo que el expediente sigue abierto.

1.13.2.2.2 Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas

Durante el año 2020, al igual que en años precedentes, se han seguido recibiendo en esta Institución un número importante de quejas cuyos promotores denuncian las dilaciones en la respuesta de las administraciones concernidas en relación a los escritos dirigidos a las mismas en demanda de responsabilidad patrimonial por unos daños sufridos de los que las hacen responsables.

Tal ha sido el caso de los expedientes de queja 20/1059, 20/4753, 20/5152, 20/6608 y 20/7893.

Como hemos dicho en otros Informes Anuales, aunque las dilaciones en la tramitación de estos procedimientos es bastante frecuente, especialmente cuando corresponde su tramitación a algún ayuntamiento, la realidad es que en la mayoría de los casos en que ha intervenido esta Institución termina produciéndose una resolución que, aunque sea desestimatoria de la pretensión indemnizatoria, satisface al menos el deseo del solicitante de conocer la postura de la administración frente a la reclamación presentada.

ESTE TEMA EN OTRAS MATERIAS

Balance del Defensor

2. Principales indicadores

2.3 Políticas territoriales

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Entre otras cuestiones, siguen llegando a esta institución cuestiones relacionadas con el Urbanismo (22% de Políticas Territoriales). Los retrasos, paralizaciones y obstáculos en los procesos de innovación del planeamiento vigente; la ausencia de posicionamiento municipal respecto a las alegaciones formuladas en el curso de aprobación de planes de urbanismo, ya sea en la fase inicial de Avance o el propio procedimiento de aprobación, han sido objeto de queja ante esta Institución. Asimismo, las disconformidades y discrepancias con el contenido de los planes en tramitación o ya aprobados y las consiguientes solicitudes de su modificación, normalmente para que permita usos del suelo distintos de los aprobados, etcétera., han sido también objeto de reclamación en este ejercicio.

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3. Retos ante la COVID-19

3.4 Todo está cerrado. Hacia una administración humanizada e inclusiva en su digitalización

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Por último, un reto global. Impulsar nuevas formas de resolución de conflictos, como la mediación (reto 13). Sin abundar, ya que profundizaremos en el siguiente capítulo de este Informe Anual. Parece evidente que la sociedad actual exige unas Administraciones Públicas que adopten e incorporen nuevas fórmulas de solución de los conflictos naturales con la ciudadanía; mecanismos como la mediación, la facilitación, la intermediación, la gestión de conflictos, etc.

Las experiencias extraídas de la mediación intrajudicial y extrajudicial, en todos los órdenes del Derecho demuestran que existe una oportunidad para otorgar a estos mecanismos un lugar relevante para la gestión de los problemas sociales.

El reto está en reforzar las instituciones, incorporando estos enfoques en la acción política y formando a personas con competencias adecuadas para gestionar conflictos de manera eficaz.

En definitiva, el contenido de este Balance clarifica nuestro trabajo y compromiso de presente y futuro, haciendo frente a los nuevos retos que nos demanda la ciudadanía para los próximos años. Y refleja, además, la apuesta de esta Defensoría por lograr la ansiada paz y convivencia de la ciudadanía andaluza en igualdad y disfrute de los derechos.

1.1 Administraciones Tributarias, Públicas y Ordenación Económica

1.1.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.1.2.2 Administraciones Públicas y Ordanación Económica

1.1.2.2.2 Transparencia, Participación Ciudadana y Buena Administración

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Sobre temas de participación ciudadana se está tramitando la queja 19/1009 en la que una entidad nos expone su disconformidad con el proceso participativo establecido por el Ayuntamiento de Sevilla que considera limitado y parcial en relación con la reordenación del sector de la Cruz Roja. Reiteran las argumentaciones que han trasladado a ese Ayuntamiento y además solicitan que se amplíe el ámbito del proceso participativo a todos los vecinos y vecinas de Sevilla que se consideren afectados por la reforma de la Avenida de la Cruz Roja y que, antes de proceder a ninguna votación, se establezcan mecanismos para debatir las diferentes propuestas y alcanzar un consenso entre los y las afectados/as, sin excluir la posibilidad de incluir nuevas propuestas en la agenda.

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1.2 Cultura y Deportes

1.2.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.2.2.3 Mejoras en el régimen jurídico de tutela del patrimonio

Entre las actuaciones englobadas en aspectos arqueológicos y las que afectan a este epígrafe sobre el régimen jurídico de protección del patrimonio en un ámbito urbanístico, destacamos la resolución elaborada respeto de la aprobación de un nuevo planeamiento para la zona del Cabezo Mondaca en la ciudad de Huelva. Dicho pronunciamiento se dirigió al Ayuntamiento de la ciudad, así como a las Delegaciones Territoriales en materia de Cultura, de Medioambiente y de Urbanismo. (Queja 19/2869)

Estamos a la espera de poder evaluar en su conjunto las respuestas que recibamos de las administraciones implicadas.

Dentro de este apartado, que podemos calificar como regulatorio en las acciones de protección de patrimonio histórico, debemos relatar algunas intervenciones centradas en la importancia de dotar a espacios significativos de nuestra riqueza monumental de instrumentos de gestión y ordenación que resultan sencillamente imprescindibles. Hablamos de los Planes Directores de las catedrales de Andalucía.

En este sentido, se ha iniciado una actuación de oficio para conocer en su globalidad la actividad que se desarrolla en el conjunto de Andalucía y para todas sus sedes catedralicias a fin de dotar a estos singulares elementos monumentales de sus respectivos planes directores. Esperamos que pronto podamos avanzar en la tramitación de dicha queja de oficio. (Queja 20/7757).

Y, también de oficio, emprendimos nuevas actuaciones para conocer el estado de tramitación del Plan Especial de Protección de la Alcazaba de Baza (Queja 20/5394), La tramitación de la queja ha permitido estudiar el caso entendiendo que el estado de la cuestión podría resumirse en la necesidad, unánimemente expresada por el Ayuntamiento de Baza y la Delegación Territorial de Cultura en Granada, de que era preciso disponer de un Plan Especial de Protección, como herramienta para acometer las medidas de conservación y mantenimiento exigidas para La Alcazaba y los elementos variados de su entorno.

Sin embargo, a la vista de dicho objetivo, apenas se ha logrado una concatenación de actos, proyectos, reparos y manifestaciones de voluntad que no han concluido en ninguna evidencia resolutiva para la aprobación de dicho Plan Especial acorde con la naturaleza urgente de la situación que unánimemente se describe por las autoridades culturales y, desde luego, por las entidades ciudadanas implicadas en el problema.

Y, ante este relato reiterado que se ha elevado a la categoría de impedimento para la adaptación de no pocas medidas para la conservación en este entorno monumental, resulta cuando menos contradictorio la ausencia de alguna expresión crítica o valorativa que aborde el sentido y alcance de unos supuestos trabajos de planeamiento que se están relatando al menos desde 2015. Y años después se concluye que dicho plan es improcedente y que lo que se necesita ahora es una “innovación del PGOU de Baza”.

Por tanto, desde esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz no podemos dejar de posicionarnos en favor de las medidas de conservación y protección de La Alcazaba de Baza y su entorno, requiriendo de las Administraciones Públicas competentes las respuestas que hemos elaborado en la presente resolución a través de los instrumentos de planeamiento o proyectos que resulten acordes con dicha finalidad.

En consecuencia, la idoneidad de esos instrumentos no debe eximir a las propias autoridades del permanente ejercicio de los deberes de conservación y protección de este ámbito patrimonial en relación con los ricos y variados elementos que lo integran.

Al hilo de estas cuestiones regulatorias, hemos puesto nuestra atención en el funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico. Estos organismos existentes en cada provincia, asumen competencias delicadas para la valoración y estudio de muchas actuaciones que se proyectan sobre elementos sensibles del patrimonio histórico, monumental y artístico de Andalucía.

Pensemos que tales Comisiones deben emitir un informe preceptivo a la hora de aprobar un plan urbanístico que afecte al ámbito de determinados elementos sometidos a niveles de protección legal o bien para la concesión de licencias de obras en inmuebles dotados de algún régimen de tutela. Junto a sus miembros natos participantes por razón de los cargos administrativos que ocupan, también se incluyen a colectivos o asociaciones ciudadanas implicadas por la protección de nuestros valores culturales que aportan el criterio de la sociedad civil movilizada sobre tales temas.

Las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico emitirán informe en los siguientes supuestos: a) Autorizaciones en relación a procedimientos de obras y otras intervenciones en bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bienes de Interés Cultural con la tipología de Monumentos y Jardines Históricos así como en sus entornos, siempre que no se haya producido la delegación de competencias prevista en el artículo 40 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. b) Propuestas de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. c) Propuestas de declaración de Zonas de Servidumbre Arqueológica. d) Planes de ordenación urbanística o territorial de ámbito provincial a que se refiere el artículo 29.4 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. e) Planes de des-contaminación visual o perceptiva que deban aprobarse por los municipios. f) Cualquier otro supuesto en el que les sea solicitado informe por la persona titular de la Delegación Provincial competente en materia de patrimonio histórico; etc.

Dicho de otro modo; los contenidos de las funciones atribuidas a estas Comisiones de Patrimonio Histórico son un ejemplo de interés y de atención ciudadana y las disponibilidades técnicas para divulgar sus desempeños y el resultado práctico de su trabajo son, a su vez, un escenario idóneo para hacer real y creíble el ejercicio efectivo de participación ciudadana en una materia tan trascendente como es la cultura y la protección de nuestro patrimonio histórico. Y, además, se trata de un interesante ejemplo de participación ciudadana en la gestión de los asuntos públicos que desde esta Institución siempre hemos aplaudido y valorado.

Pues bien, a lo largo de 2020 y realizando algunos seguimiento de actuaciones anteriores sobre esta misma materia, descubrimos que algunas Comisiones Provinciales de Patrimonio no ofrecían en sus respectivos servicios de internet las reseñas de sus actividades; en concreto de las sesiones de trabajo celebradas y sus resultados debidamente recogidos en las preceptivas actas. Apreciamos esas omisiones en las Comisiones de Córdoba y Granada.

Ese ejercicio de publicidad, accesibilidad y transparencia de las Comisiones ha de ser considerado de especial interés. A tales efectos, y compartiendo la unánime alusión a la Ley 1/2014, de 24 de Junio, de Transparencia Pública de Andalucía, estos contenidos motivo de análisis son subsumibles en el ámbito conceptual de la «publicidad activa» y como tales deben estar «disponibles en la sedes electrónicas o páginas web de las personas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación» de la Ley.

Precisamente, con motivo de la queja 15/2132, seguida ante la Delegación Territorial de Sevilla, dictamos en su día Resolución para lograr las debidas garantías, agilidad y accesibilidad en dicho organismo ya que venía desatendiendo las divulgaciones preceptivas de sus sesiones sin publicar las correspondientes actas. Esta resolución obtuvo la expresa aceptación de la Delegación y permitió la conclusión satisfactoria de dicho expediente de queja.

Pues bien, dentro de las frecuentes actuaciones de control o seguimiento que esta Institución acostumbra a realizar, hemos constatado las informaciones publicadas en las ocho Comisiones Provinciales, advirtiendo la mayoritaria normalidad de estas divulgaciones en dichos organismos, accediendo a los contenidos de sus actas dentro del apartado “Normativa” que se recoge en la página oficial de la Consejería. Pero, como decimos, no se hacía así en las Delegaciones de Córdoba y Granada.

El informe recibido nos confirmaba efectivamente, estas anomalías en los casos de Granada y Córdoba, además de trasladar la reacción correctiva de proceder a subsanar estas omisiones (“una vez estén dados de alta los funcionarios designados”, según explican desde Córdoba e incluso se alude a agilizar su publicación “en un plazo no superior a 48 horas” en Granada).

Expresamos, pues, nuestra satisfacción por el paso que se anuncia para los trabajos de actualización y publicidad de las actas de estas CPPH de Córdoba y Granada. Si bien, de inmediato, una elemental prudencia nos llevó a repasar, las anteriores medidas. Y, efectivamente, ya aparecía en la página de la CPPH de Granada las actas de 2019 y 2020 publicadas. En cambio en el caso de Córdoba sólo se reseñan las actas nº 9 y nº 10 de 2020 por lo que esa falta de publicidad permanece.

Estas comprobaciones las hemos extendido al resto de las CPPH y podemos deducir que, en general, las actas de las sesiones celebradas por tales Comisiones se han publicado referidas a 2019 y 2020. Pero existen varios supuestos anómalos en la Comisión de Málaga y en la de Jaén ya que sólo aparecen las actas de 2019 sin publicar las actas de 2020.

Esperamos que pronto de pueda avanzar en estas líneas propuestas de mejora que, pensamos, redundarán en un mejor acceso y divulgación de los trabajos de las Comisiones Provinciales de Patrimonio y despertar el interés ciudadano por sus responsabilidades. (Queja 20/6943).

1.12.Servicios de Interés General y Consumo

1.12.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.12.2.1 Servicios de interés general

1.12.2.1.3 Telefonía e Internet

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La tramitación de algunas quejas estaba relacionada, más que con la prestación del servicio al cliente, con las instalaciones de telefonía (cableado en fachadas o postes en mal estado), provocando molestias o inconvenientes a la ciudadanía (quejas 19/7113, 20/3495, 20/6331 y 20/8406)

En este tipo de quejas en algunas ocasiones también nos hemos dirigido al correspondiente Ayuntamiento por las cuestiones urbanísticas que pueden estar asociadas al problema.

A veces se trataba de una falta de instalaciones para la prestación del servicio a través de fibra óptica. Muchas de estas quejas ponían de manifiesto la necesidad de contar con Internet de calidad para la realización del teletrabajo (quejas 20/3897, 20/6334 y 20/8645).

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1.13 Sostenibilidad, Medioambiente y Obras Públicas

1.13.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.13.2.1 Sostenibilidad y Medioambiente

1.13.2.1.6 Aguas

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En materia de aguas también podemos citar el expediente de queja 20/8694, que tramitamos de oficio tras conocer por los medios de comunicación que en el núcleo costero de Matalascañas, perteneciente al municipio onubense de Almonte, cada vez que hay un episodio de fuertes lluvias, se desbordan las alcantarillas del paseo marítimo vertiendo aguas fecales y restos diversos hacia la calle, impregnando todo el entorno de un fuerte hedor y dándole un aspecto desolador.

Así, se indicaba en noticias que conocimos que aunque el Ayuntamiento de Almonte ya había limpiado la zona tras las últimas lluvias fuertes, se trataría de un problema, según indicaba un vecino que acontece regularmente y cada vez que llueve con algo de intensidad, produciéndose el desborde de las alcantarillas y dejando el paseo lleno de heces. También se apuntaba en las noticias que el aliviadero de las aguas fecales conduciría directamente a la playa.

Por su parte, desde el Ayuntamiento de Almonte, al parecer, habrían explicado que la llegada del aliviadero a la playa sería lo normal en un núcleo como Matalascañas, detallando el Concejal de Playas que es obligatorio que “cada ciertos metros el sistema de saneamiento de aguas tenga un aliviadero para que, cuando llueve mucho y las tuberías no pueden aceptar más caudal de agua, salga por ahí el exceso de agua pluvial, que es lo que arrastra las aguas negras que provocan el mal olor”.

Es decir, que se consideraría normal sufrir estas incidencias por las circunstancias del núcleo de Matalascañas, por la pendiente del suelo, algo con lo que no se mostraban de acuerdo los vecinos de la zona, que consideraban que se debería adoptar alguna solución, entre ellas la de construir una depuradora, “un proyecto pendiente desde hace años en Matalascañas”, aunque a juicio del concejal esta medida, en la que ya estarían trabajando, no daría solución a este problema del desborde de aguas fecales.

Ante la resignación que parecía desprenderse de fuentes municipales frente a este problema, decidimos incoar de oficio expediente al entender que no puede obviarse la búsqueda de posibles soluciones, como podrían ser el desdoble de la red de alcantarillado y evacuación, o la construcción de un tanque de tormentas que permita regular los caudales de lluvia y aliviar la capacidad de las redes municipales.

Por ello, nos dirigimos en petición de informe al Ayuntamiento de Almonte, interesando una valoración del problema expuesto y de sus posibles soluciones más allá de lo que ya manifestado en la prensa por el concejal de Playas, rogando se tuvieran en cuenta las soluciones posibles apuntadas u otras que técnicamente fueran viables para evitar, o reducir en todo lo posible, esta problemática. Sin embargo, a fecha de cierre del presente Informe Anual aún no hemos recibido la respuesta del Ayuntamiento de Almonte, por lo que el expediente sigue abierto.

2. Área de mediación

2.2.1 Análisis cuantitativo

2.2.1.1 Análisis cuantitativo de los expedientes de quejas de mediación

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En relación con la materia de urbanismo y obras públicas, básicamente se ha trabajado en conflictos relativos a planeamiento, como las quejas 20/0480, 20/4985 o la queja 20/6864. También son destacables quejas sobre conservación de edificios, entre las que pueden citarse las quejas 20/0886, 20/2683 o la 20/6516.

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