1.4 EDUCACIÓN

1.4.4 Actuaciones de oficio, Colaboración de las Administraciones y Resoluciones

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Con respecto a la colaboración de las Administraciones con esta Institución la misma ha sido aceptable. No obstante, a continuación se destacan las resoluciones dictadas por el Defensor que no han obtenido la respuesta colaboradora de las Administraciones Públicas a tenor del artículo 29.1 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz.

• Resolución relativa a que por parte de la Administración educativa se dé cumplimiento a lo establecido en la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado Español con la Comisión Islámica de España, y se promuevan las medidas que sean necesarias en orden a hacer posible la impartición de la asignatura de religión islámica en los centros docentes andaluces, sin perjuicio de la firma del Acuerdo o Convenio que se estime oportuno con la Comisión Islámica de España, dirigida a la Consejería de Educación, en el curso de la queja 15/5872.

• Resolución relativa a que, por parte de la Delegación Territorial de Educación de Jaén, se proceda a autorizar a dos alumnas hacer uso del transporte escolar para ir al instituto de su provincia hasta la finalización del presente curso, y se lleven a cabo las actuaciones necesarias para autorizar al instituto afectado, como centro docente receptor de transporte escolar a partir del curso 2016-2017, dirigida a la Delegación Territorial de Educación de Jaén, en el curso de la queja 15/4563.

• Resolución relativa a que, por parte de la universidad se proceda sin mas demora a tramitar en debida forma la solicitud de revisión de calificaciones presentada por el promotor de la presente queja, dictándose la resolución que proceda en la que deberán darse respuesta a todas las cuestiones planteadas en el escrito de solicitud, dirigida a la Universidad de Jaén, en el curso de la queja 15/4642.

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Informe Anual 2016