4.2.6 Justicia, prisiones, política interior y extranjería
Este Capítulo relata numerosas quejas que escapan del alcance competencial del Defensor del Pueblo Andaluz. Son quejas que aluden al funcionamiento de Administraciones que no están sometidas a la supervisión del Defensor andaluz pero que acogemos para analizarlas y ponerlas en el conocimiento de la institución del Defensor del Pueblo Estatal.
Así, dentro de la materia de Justicia, fue remitida la queja 16/0493 en referencia a la intervención de la Inspección de Trabajo, dependiente de la Administración General del Estado (AGE), en el curso de un procedimiento judicial; igualmente remitimos la queja 16/125 sobre la tramitación ante el Ministerio de Justicia del pago de una indemnización por responsabilidad patrimonial, y la queja 16/6116 sobre un ciudadano norteamericano con trámites judiciales pendientes ante la Audiencia Nacional.
Relativa a Prisiones remitimos varias quejas sobre actuaciones de funcionarios que podrían afectar a su régimen disciplinario. Son las quejas 16/2183, 16/1027, 15/5330, 15/5957, 16/2119, 16/1250, 16/4955, 16/4359, 16/6939, o la 16/1556, todas ellas, trasladadas ante el Defensor Estatal. Son casos que nos preocupan y que merecen una clarificadora respuesta por parte de la administración responsable si bien, en su mayoría, somos informados con posterioridad de que se derivan a los correspondientes procedimientos judiciales.
Idéntica tramitación ofrecimos para una serie de quejas en materia de Extranjería. Estos asuntos están sometidos al conocimiento de las Oficinas adscritas al Ministerio del Interior. Hablamos por ejemplo de una pluralidad de quejas remitidas de manera repetida desde una gestoría almeriense en relación con la disconformidad a la hora de tramitar expedientes de arraigo por razones laborales. Fueron las quejas 16/2004 y 16/2005, a las que siguieron otras 45 por el mismo motivo que se elevaron a la institución estatal.
En otro orden de asuntos, las quejas que aluden a actuaciones de agentes de la Seguridad del Estado también son elevadas al Defensor estatal para su conocimiento. Así la queja 16/154 presentada por un sindicato policial sobre el estado de las instalaciones de prácticas de tiro; o la 16/3967 sobre los retrasos en las citas para renovar el DNI. También dimos actuamos en colaboración con el Defensor estatal con motivo de la queja de 16/1925 sobre la indebida actuación un policía nacional planteada por un ciudadano.
Ambos Defensores, estatal y andaluz, facilitan en sus respectivos ámbitos la protección y garantía que todo ciudadano merece en defensa de sus derechos y libertades, ofreciendo un ejemplo de coordinación y colaboración. Ejemplos de este trabajo compartido son estas quejas que remitimos al Alto Comisionado de las Cortes Generales y que hemos relatado seleccionando varios casos, al igual que actuaciones más singulares como las que se enmarcan en el trabajo derivado del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) que nos permitió conocer el estado de los centros de detención y custodia en los Juzgados centrales de Sevilla y Málaga o lugares de detención del Cuerpo Nacional de Policía en Comisarías de Sevilla y dependencias de la Guardia Civil en Montequinto (quejas 15/3671, 15/3414): o la visita a la Comunidad Terapéutica del Hospital de Puerto Real (queja 16/3873).