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1.5.2.5 Quejas relativas a la provisión temporal

1.5.2.5.2 Cobertura sustituciones en centros docentes

En el expediente de queja 16/0933, cerrado en el año 2017, la representación del sindicato USTEA-Enseñanza denuncia las deficiencias en la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de la Administración Educativa en la que se denunciaba que, cotidianamente, en los centros de Educación Infantil y Primaria, se asignen las sustituciones a los maestros de apoyo (en perjuicio de la función de apoyo y refuerzo educativo de los alumnos con necesidades educativas específicas y en perjuicio del personal integrante de las respectivas bolsas) y en los demás niveles educativos a través de la utilización del profesorado de guardia, que no siempre es posible, con la consiguiente pérdida de horas lectivas.

La organización sindical promotora de la queja instaba a la Administración educativa a un mayor rigor y homologación en el tratamiento de las sustituciones e, incluso, la modificación o supresión del actual modelo de cupo que representa la Orden de la Consejería de Educación de 8 de septiembre 2010, trayendo a colación el derecho del alumnado a una educación de calidad y el derecho del profesorado integrado en las bolsas al desempeño efectivo de la función docente que les es propia.

Admitida a trámite y recabado el preceptivo informe, la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, nos traslada que, por el momento, no existe previsión alguna respecto a la modificación del actual sistema de sustituciones en los centros docentes de su competencia, establecido en la referida Orden de la Consejería de Educación de 8 de septiembre de 2010, en tanto se mantenga en vigor el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, respecto al transcurso de los 10 días lectivos para la sustitución, y la Ley 48/2015, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, sobre los supuestos excepcionales para la inmediatez de las sustituciones.

Con este modelo de gestión de las sustituciones del profesorado -regulado en los Reglamentos orgánicos de los centros docentes públicos dependientes de la Administración educativa andaluza (Decretos 327/2010 y 328/2010, de 13 de Julio) y en la referida Orden de 8 de septiembre de 2010- se persigue: por una parte, profundizar en la autonomía organizativa y de gestión de los centros docentes públicos, y por otra, reforzar las competencias de la dirección de estos centros en dos aspectos tan esenciales como la organización pedagógica y la gestión de los recursos humanos disponibles.

Producida la vacante de la plaza, la dirección de los centros docentes públicos procede a la cumplimentación telemática (soportada en el sistema Séneca) del correspondiente formulario, indicando los datos personales y profesionales de la persona a sustituir así como la fecha de inicio de la sustitución y, en su caso, la de fin de la misma, correspondiendo a las Delegaciones Provinciales comprobar la existencia de la causa y, procediendo, en su caso, a su cobertura dentro de los cinco días lectivos siguientes a la fecha de la solicitud.

Finalmente, de los datos e informaciones recabados en la tramitación de esta queja, llegamos a la conclusión de que la problemática que presentan las sustituciones de personal docente no es tanto de modelo como de las disfunciones o “malas prácticas” que sobre el mismo se producen en los distintos niveles administrativos, sino que en última instancia acumula una serie de demoras en la gestión, que termina afectando a la calidad del sistema educativo.

Ante esta situación, se recomienda la Consejería de Educación se lleve a cabo un exhaustivo análisis de los distintos tiempos medios intermedios y total intervinientes entre la fecha de la generación de la plaza vacante del profesorado y su efectiva cobertura provisional mediante sustituciones y, a la vista de la cual, adopte las medidas pertinentes en garantía de la calidad y mejora del sistema educativo andaluz.

La Consejería de Educación contesta a la Resolución reafirmando el cumplimiento de las normas vigentes de aplicación en la materia y nos comunica el inicio, a petición de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Educación, de un proceso negociador sobre las ausencias y sustituciones del profesorado, con lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Informe Anual 2017