2.2.1 Análisis cuantitativo
Durante 2017, el servicio de mediación ha tramitado un total de 57 quejas, de las cuales solo una de ellas es una queja de oficio, abierta en 2016 (queja 17/0660), referida a la intervención mediadora del Defensor del Pueblo en el proceso integral y participativo que se está desarrollando en la barriada de El Puche, en la ciudad de Almería, de cuyo contenido se dio cuenta en el informe anual del año anterior, y que ha sido cerrado en este ejercicio, con el compromiso de llevar a cabo un seguimiento de los acuerdos adoptados.
Por lo que respecta a un análisis cuantitativo de la gestión mediadora, procede resaltar, en primer lugar la distribución de quejas por razón de la materia y los resultados obtenidos. Para ello, a continuación se presenta una tabla que expresa, en cifras absolutas, los expedientes en relación con las áreas de trabajo de la defensoría, en aras a agrupar de una forma homogénea los asuntos abordados con la mediación.
La anterior información se traslada, a continuación, en porcentajes, para facilitar su análisis:
Como se desprende de la anterior gráfica el mayor número de expedientes de queja tramitados con mediación se concentró en el año 2017 en el área D, suponiendo un 42% del total de las mediaciones efectuadas en el citado ejercicio. Este incremento de asuntos se debe en gran parte a las quejas presentadas en materia de comercio, sobre todo en relación con conflictos suscitados con las administraciones locales acerca de las condiciones en las que los comerciantes desarrollan sus actividades económicas, los cuales se analizan en el siguiente apartado de este capítulo con más detalle.
Es importante resaltar que casi el 80% de los expedientes relacionados con esa materia han sido resueltos con acuerdo de las partes, acuerdos de los que han sido artífices directos tanto la ciudadanía como las administraciones involucradas, en un ejercicio de comprensión de los mutuos intereses y búsqueda de una solución que satisfacía a todos.
El siguiente grupo de materias que han sido abordadas por el servicio de mediación, atendiendo al número de quejas, es el referido al empleo público (19% del total).
Con respecto al empleo público, entorno al 80% de las referidas a esta materia, han sido quejas no admitidas para su tramitación por el cauce de la mediación, lo cual no impide que hayan podido ser gestionadas por supervisión en los supuestos en los que se detectara una posible irregularidad en la actuación de las administraciones públicas. Sin embargo, al existir sistemas públicos de mediación en nuestra comunidad autónoma, especializados en la materia laboral y de condiciones de trabajo, la opción de esta Institución es la de respetar ese espacio, sin entrar a mediar en dichos asuntos.
El resto de quejas relacionadas con el empleo público no han podido atenderse, por cuanto las administraciones a las que nos hemos dirigido proponiendo intervención mediadora, han rehusado tal propuesta o no se han pronunciado al respecto. No obstante ello, nos estamos refiriendo solo a un total de dos expedientes, por lo que no es ilustrativo del comportamiento general de la Administración.
Por lo que se refiere a quejas relativas a conflictos sobre vivienda o asuntos sociales, tales como el uso de locales municipales destinados a la celebración de asociaciones o colectivos sociales, suponen el 14% del total de mediaciones llevadas a cabo en el año 2017. En este grupo de materias, el nivel de acuerdos alcanza el 50%, quedando sin posibilidad de celebración de la mediación, por falta de respuesta de las administraciones públicas convocadas en un 37,5%.
En relación a las materias de educación y deportes han mostrado un comportamiento similar, en número de quejas tramitadas por el servicio de mediación, suponiendo un 9% del total de quejas de mediación, respectivamente. En ambos supuestos, además, el 60% de los asuntos continúan abiertos, con desarrollo de reuniones de mediación que no han arrojado un resultado definitivo hasta la fecha de cierre del presente informe.
Por lo que respecta a los resultados globales obtenidos por la intervención mediadora del defensor durante el año 2017, cabe resaltar en mayor medida las intervenciones que han generado acuerdo y las que no, ya sea por la imposibilidad de lograr un consenso entre las partes, o porque alguna de ellas no haya aceptado la propuesta de mediación.
En este sentido, se presenta la siguiente gráfica que muestra los resultados, expresados en porcentajes, para su mejor comprensión.
La gráfica muestra una distribución de resultados referida exclusivamente a las quejas en las que se admitió la posible gestión del fondo del asunto a través de la fórmula de mediación, frente a la clásica intervención supervisora, y restando aquellos asuntos que aún se están tramitando, por lo que no se dispone de resultados definitivos en la posible solución del conflicto.
A partir de esta premisa, la mediación ha procurado un 80% de acuerdos entre las partes afectadas por la queja, pero aún es más relevante el dato de que no ha habido un solo asunto en el que se haya mediado y las partes no hayan podido lograr un pacto.
El 20% restante de las quejas en las que el Defensor propuso la celebración de una mediación, no pudo desarrollarse por esta vía, ante la negativa de alguna de las partes involucradas para sentarse a negociar. Estos datos deben corregirse en la medida en que se informe y difundan los beneficios que aporta la gestión de la defensoría con la mediación.
Por último, merece ser destacada la distribución de quejas que se han tramitado por mediación, en función de las partes en conflicto. En este sentido, se presenta la siguiente gráfica:
Como puede observarse, casi un 80% de las quejas-mediación versan sobe conflictos suscitados entre la ciudadanía y una o varias administraciones públicas, lo cual pone de manifiesto la oportunidad de participación directa de aquélla en la discusión de los asuntos que les preocupan y, lo que es más importante, la gestión de soluciones por sí misma en un debate propiciado por la defensoría, que les garantiza y procura un entorno de seguridad.
Esta gestión de los problemas ciudadanos por y para ellos mismos es un avance que la defensoría estima como clave de este mandato, orientado a otorgar no solo la protección y garantía de derechos a través de la intervención más clásica, de tercero que resuelve, sino también ofreciendo cauces de reforzamiento de la autonomía ciudadana para su autodefensa de intereses.
En igual medida, las administraciones han hallado ventajas en la gestión de sus conflictos con los colectivos ciudadanos con los que se han tramitado las mediaciones del Defensor en 2017, pudiendo exponer sus razonamientos jurídicos y de oportunidad en cada supuesto, tratando de conjugar en todo momento la defensa de los intereses generales que representa con las necesidades particulares de esos grupos de ciudadanos y ciudadanas que solicitan la intervención de la defensoría. En ningún caso, en la experiencia de 2017, una administración pública se ha negado a efectuar un análisis del supuesto de hecho en el proceso de mediación, sin elaborar una propuesta o acordar una solución que le proponía la ciudadanía afectada.
Es destacable, así mismo, que un 15% de las quejas-mediación se han dedicado a atender conflictos entre distintas administraciones públicas, con competencias generalmente distintas por razón del territorio. Es decir, determinada Administración ha solicitado al Defensor su intervención para solventar un asunto que había generado un conflicto competencial con otra administración territorial. Lo habitual ha sido gestionar conflictos entre administraciones locales y la autonómica, es decir, entre Ayuntamientos y la Junta de Andalucía, si bien en algún caso ha participado, como se verá en el siguiente punto de este capítulo, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, dependiente del Ministerio de Fomento del gobierno de España.
Por último, el 7% de quejas que refleja la gráfica como conflictos entre administraciones públicas y entidades financieras, se ha referido a supuestos que versaban sobre la materia de vivienda pública, respecto de lo cual se trataba de lograr una cesión de inmuebles de titularidad privada, en concreto de dichas entidades financieras, para su gestión pública. Este tema se abordará más adelante en el análisis cualitativo de los expedientes de queja.