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Abonan la deuda a sus herederos, por la prestación económica para cuidados en el entorno familiar que estaba pendiente de pago

Queja número 16/0030

Se paga la deuda a la comunidad hereditaria, en concepto de reconocimiento de efectos retroactivos de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

Con fecha de 4 de enero de 2016 se recibió en esta Institución escrito de queja en el que la compareciente exponía que su madre tenía reconocida una dependencia severa y percibía la prestación económica para cuidados en el entorno familiar desde el 19 de enero de 2009.

La dependiente, sin embargo, falleció el 2 de febrero de 2016, explicando su única hija y cuidadora, que aunque puso este desgraciado acontecimiento en conocimiento de la Administración, no le había sido satisfecho ninguno de los pagos fraccionados devengados por retroactividad, el primero de los cuales había vencido en el año 2012. De manera que el escrito de solicitud formalizado, ni siquiera había merecido respuesta alguna.

Admitida a trámite la queja, esta Institución acordó requerir la emisión del preceptivo informe a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, que por escrito de 24 de mayo de 2016, aludiendo, como en otras ocasiones, a razones presupuestarias como causa de la ralentización en la gestión y resolución de los procedimientos de dependencia, concluyó que “el expediente de la persona interesada será resuelto a la mayor brevedad posible”.

Por ello, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, se formuló Resolución al citado organismo en el sentido de que se hicieran efectivas las cantidades pendientes de abono a través de un solo pago a la mencionada comunidad hereditaria, con el abono de los intereses que se hubiesen devengado por la causante.

En su respuesta, la mencionada Agencia informó que el expediente se encontraba finalizado por haber sido abonada la cantidad de 7.720,20 euros, correspondientes a las anualidades pendientes de abono, en el mes de diciembre de 2016.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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