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Activan el expediente de inscripción de una asociación en el Registro, tras las demoras por la Covid-19

Queja número 20/5880

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a al silencio mantenido por la Administración a la reclamación formulada por funcionamiento del Registro de Asociaciones, la Viceconsejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Admón Local, sobre el funcionamiento del Registro de Asociaciones de Sevilla, nos traslada la siguiente información:

En respuesta a su escrito sobre la queja de referencia, iniciada a instancia de la persona que en ella se cita, en representación de la Asociación de Empresarios (...), relativa al hecho de haber trascurrido casi ocho meses sin haber obtenido respuesta en la inscripción de una asociación, y previo requerimiento de información al órgano directivo competente en la materia. le informo de lo siguiente:

- La Entidad Asociativa ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS (…) presentó con fecha de 23 de enero de 2020 solicitud de inscripción de constitución de la asociación.

Con fecha de 1 de junio de 2020 por el Servicio de Justicia de la Delegación Territorial de esta Consejería en Sevilla se realizó a la citada entidad un requerimiento de subsanación. por defectos en la documentación aportada junto a la solicitud, acusándose recibo de la misma el día 4 de junio, sin que hasta la fecha se hayan subsanado dichos defectos.

- Es preciso señalar que el exceso de carga de trabajo que padece el Registro de Asociaciones y la situación provocada por la crisis sanitaria acaecida como consecuencia del patógeno COVID-19, han impedido poder dar respuesta a los solicitantes en un menor lapso de tiempo.

En todo caso es de destacar que actualmente dicho Departamento funciona a pleno rendimiento y cuenta con refuerzos por redistribución de personal.”

Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su escrito de fecha 23 de enero de 2020 y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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