El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha considerado hoy que, a la luz de las carencias que sigue detectando en la aplicación del Programa de Solidaridad de los Andaluces, la institución solicita la derogación del programa actual y su sustitución por una nueva regulación en relación al artículo 23.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía que regula la Renta Básica, si bien hasta tanto la misma se apruebe, la reforma del Programa de Solidaridad no puede aplazarse por más tiempo.
En rueda de prensa en el Parlamento andaluz, donde ha presentado el informe especial 25 años del programa de solidaridad de los andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en las actuaciones del DPA al presidente del Parlamento andaluz, Juan Pablo Durán, Jesús Maeztu ha calificado de "obsoleto" este programa. Jesús Maeztu ha repasado que este programa nace con unas deficiencias desde el primer decreto en 1990 que, lamentablemente, perduran en la actualidad, y que serían:
La excesiva lentitud en el procedimiento administrativo, tanto en las resoluciones como en la agilidad para conceder las ayudas. Y desigualdades territoriales en la gestión.
Las dificultades presupuestarias, que ya desde los primeros años genera una situación de paralización de expedientes.
La temporalidad de seis meses de la ayuda.
El programa subsiste con una misión fundamentalmente asistencial y renunciando a sus objetivos de lograr la reinserción social, ya que las medidas necesarias para ello pivotaban sobre unos itinerarios de empleo que se han convertido en ilusorios.
"Resulta por tanto evidente que la inmediatez de la intervención social ha quedado sepultada por el marasmo de la lentitud burocrática y por la imposibilidad de resolver los procedimientos en unos plazos aceptables", ha señalado el Defensor del Pueblo andaluz.
El Defensor del Pueblo andaluz ha señalado que el derecho a percibir una renta mínima garantizada debería formularse como un derecho subjetivo igual para todos los ciudadanos y ciudadanas de todo el territorio nacional en situación de necesidad. Jesús Maeztu se ha mostrado convencido de que gracias al Programa de Solidaridad muchos miles de familias andaluzas han visto paliadas sus circunstancias de pobreza, y por ello ha solicitado una nueva regulación que debiera estudiar las siguientes 21 recomendaciones:
PROPUESTAS DE DEFINICIÓN
1.- Derogación o sustitución del programa.
2.- Aclaración del concepto de unidad familiar adaptado a las actuales circunstancias sociales.
3.- Definición de recursos computables de unidad familiar.
4.- Protocolos de coordinación con servicios sociales.
5.- Armonización con ley orgánica 4/2000 y Ley de Servicios Sociales de Andalucía para el reconocimiento de personas extranjeras no comunitarias.
6.- Instrucciones generales de los Servicios Centrales de la Consejería ante las dudas de órganos provinciales de gestión.
7.- Medios para facilitar la acreditación de requisitos.
8.- Adaptación de la aplicación informática SISS para gestiones.
9.- Reconsiderar si sigue siendo conveniente la previsión de medidas adicionales al Ingreso Mínimo de Solidaridad.
10.- Analizar la pervivencia del Compromiso de Inserción.
11.- Participación de los servicios sociales comunitarios como colaboradores en la gestión inicial del procedimiento.
PROPUESTAS DE GESTIÓN
12.- Unidades o personal específico para ofrecer información en la fase inicial en las delegaciones territoriales.
13.- Aclaración sobre el informe que deben elaborar las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales sobre las condiciones sociales y económicas en que se hallen las familias.
14.- Valorar si se mantiene la obligación de revisión de oficio cuando cambian las circunstancias de las familias.
15.- Valorar la existencia de las comisiones de valoración.
16.- Indicadores o criterios objetivos sobre la consideración de situación de emergencia ante las desigualdades territoriales que actualmente se están provocando.
17.- Aclarar si el IMS es una subvención u otro tipo de prestación económica, debiendo adaptarse y regularse su tramitación económica y contable.
18.- Instrucción de la Intervención General de la Junta sobre su fiscalización.
19.- Estudiar la posibilidad de que Tesorería pague el IMS como si de una nómina se tratase.
PROPUESTAS DE RECURSOS
20.- Ampliar anualmente el crédito presupuestario hasta la cuantía necesaria para absorber la demanda que en cada momento pudiera existir.
21.- Dotar de efectivos de personal adecuados al volumen de trabajo de las delegaciones territoriales y las intervenciones provinciales.
2 Comentarios
Me parece vergonzoso lo que sucede en Andalucía con el salario social. Tengo cuarenta y ocho años, ningún ingreso de ningún tipo y, de momento, ninguna posibilidad de trabajo desde hace ocho años. Hasta hace tres años sobrevivía con la pensión de alimentos de mi hijo, el cual falleció hace dos años y medio con veintitrés años de edad...Hasta
entonces no hubo pegas en las dos ocasiones que solicite el salario, tan solo la eterna espera para poder comer de una manera un poco más
variada.
Pero ahora no tengo nada, y el trabajador social dice que si comparto un
piso, aunque no haya relación consanguínea con el resto de ocupantes de la vivienda, no me concederán el salario. Cada vez cuesta mas
trabajo cumplir todos los requisitos para poder subsistir.
Estoy francamente desmotivada...Gracias
En la queja que hemos abierto para conocer la situación de esta prestación en Andalucia (Queja 14/1285) recomendabamos, entre otras cosas:
Que por parte de la Administración competente se estudiara:
El análisis, redefinición y mejor regulación de las personas beneficiarias y la
aclaración del concepto de unidad familiar adaptado a las actuales circunstancias
sociales, debiendo tenerse en cuenta los aspectos que están ocasionando más
problemas en cuanto a la adecuada cobertura de las situaciones de marginación,
exclusión, riesgo de exclusión, vulnerabilidad y pobreza en la que se encuentran
amplios sectores de la población andaluza a consecuencia de los efectos de la tan
traída y llevada crisis económica que estamos padeciendo desde finales de 2008, tales
como las unidades familiares unipersonales, la convivencia en el mismo domicilio de
más de una unidad familiar ligadas por relación de parentesco, debiendo regularse de
modo menos restrictivo que en la actualidad no incluyendo en la misma parientes
perceptores de pensiones mínimas cuando la convivencia con ellos obedezca a
razones de necesidad, las relaciones análogas al matrimonio (parejas de hecho) y las
unidades familiares monoparentales.
Cremos que debias presentar la solicitud y con lo que te resuelvan nos lo haces llegar para ver en que podemos ayudarte. Un saludo.