Que el derecho humano al agua se reconozca mediante una Ley andaluza que garantice el derecho a no verse privado del suministro de agua por razones económicas y a recibir de forma gratuita un suministro mínimo vital cuando la situación económica así lo requiera.
La regulación de este Derecho debe incluir una prohibición expresa de cortar el suministro de agua a aquellas personas que acrediten encontrarse en situación de pobreza hídrica por no poder hacer frente al pago del suministro. Asimismo, debe reconocer el derecho de las personas que acrediten encontrarse en situación de pobreza hídrica a recibir un suministro mínimo vital de 3 m3 por persona y mes de forma gratuita.
Asimismo, solicitamos que se incluyan en las ordenanzas reguladoras de las tarifas del servicio de agua, ayudas para personas en situación de precariedad económica que carezcan de medios para afrontar el pago de la parte de la factura de agua que no resulte cubierta por el suministro garantizado como mínimo vital o no reúnan los requisitos para ser beneficiarias de dicho mínimo vital, a fin de evitar que caigan en una situación de impago que pueda derivar en un corte de suministro.
Dichas ayudas, incluidas en un fondo social, deberían ser sufragadas por las empresas suministradoras, incorporándolas como un concepto más de coste a sus presupuestos de gastos y deberían ser gestionadas por los servicios sociales, a quienes correspondería determinar qué familias reúnen los requisitos para ser beneficiarias y cual es el importe de ayuda que les corresponde percibir. La concesión de estas ayudas debe ser revisada periódicamente.
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