A la luz de los acontecimientos, resulta de especial interés conocer las medidas de protección establecidas y, asímismo, la capacidad de respuesta y reacción de la autoridad cultural para impedir supuestos de agresiones y expolios de la envergadura como la que se ha descrito en el lamentable caso del yacimiento de Santa Marta-La Orden de Huelva.
Por ello, hemos considerado oportuno incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Huelva, a fin de conocer:
-medidas de protección de los yacimientos declarados en virtud de la Orden de 14 de mayo de 2001 que se hubieran adoptado por las autoridades culturales desde su aprobación.
-labores de intervención arqueológica que se hubieran realizado desde la aprobación de dicha Orden.
-calendario de intervenciones arqueológicas previstas sobre tales yacimientos.
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