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Solicitamos información sobre las diferencias en la fiscalización de las ayudas al alquiler de la vivienda

Solicitamos información sobre las diferencias en la fiscalización de las ayudas al alquiler de la vivienda

El Defensor del Pueblo pide a la Intervención General de la Junta información sobre las incidencias planteadas en varias provincias

Como ya hemos informado en comunicados anteriores, en esta Institución se tramita de oficio la queja 15/5618, ante las numerosas quejas recibidas por los retrasos en la convocatoria de ayudas al alquiler para el año 2015, regulada por la Orden de 15 de marzo de 2015, de la Consejería de Fomento y Vivienda. Estas personas nos muestran su indignación y desesperación ante el excesivo retraso en la conclusión definitiva de esta convocatoria. Algunas de las personas promotoras han denunciado también las varias veces que han sido requeridas para aportar documentación sin que tuvieran información alguna de cuándo se iba a resolver de forma definitiva su solicitud, dada la falta de información por parte de los órganos gestores de la misma.

Téngase en cuenta que estas ayudas están dirigidas a personas con una situación económica precaria, en situación de especial vulnerabilidad, que esperan la ayuda como la única posibilidad que les va a permitir hacer frente al pago del alquiler de su vivienda, o a poder acceder a una y, por consiguiente a mantener o disponer de una vivienda digna ya que, de lo contrario, se podrían ver abocados a un procedimiento de desahucio, a vivir en la calle, en condiciones de hacinamiento o en viviendas precarias. En definitiva, se trata de ayudas destinadas a permitir que determinadas personas puedan satisfacer su derecho de acceso a una vivienda o bien, su derecho a no perderla y poder disfrutar una. De manera que, cualquier retraso en el pago de estas ayudas, con el indiscutible y grave perjuicio que se ocasiona a las personas beneficiarias provisionales, y las situaciones dramáticas que se esconden tras las distintas solicitudes, desvirtúa la intencionalidad y finalidad última que persigue el legislador al contemplar las mismas.

En fecha de 30 de mayo de 2016 esta Defensoría formuló a la Secretaría General de Vivienda una Resolución consistente en varias Recomendaciones y Sugerencias, entre las que se encontraba:

- "Que se proceda a la inmediata resolución definitiva de los expedientes de ayuda al alquiler que aún se encuentran en trámite y se publiquen las correspondientes listas definitivas de personas beneficiarias, debiéndose proceder a continuación, a la tramitación del pago y abono efectivo de las mismas, a la mayor brevedad posible y sin dilaciones indebidas”.

En su respuesta, este organismo nos dice textualmente lo siguiente:

-“Es prioridad para esta Consejería la inmediata resolución de estas ayudas. Una vez baremadas y revisadas las solicitudes, las propuestas de resolución definitiva han sido enviadas a las Intervenciones Provinciales para la fiscalización previa a la resolución definitiva. En las distintas provincias difiere la situación respecto de la fiscalización, estando más avanzada en Córdoba, que fue resuelta favorablemente con fecha de 17 de junio, lo que ha permitido iniciar el procedimiento de pago, esperando que en las provincias de Cádiz y Huelva, el trámite de fiscalización permita la emisión de la resolución definitiva en los próximos días, mientras que en Sevilla y Jaén está pendiente de respuesta por parte de su Intervención, y en Málaga, Almería y Granada, se han manifestado incidencias por parte de sus Intervenciones Provinciales que es preciso solventar. Con el fin de evitar distintas situaciones en las provincias, se ha mantenido contacto con la Intervención General si bien están pendientes de resolver algunas cuestiones planteadas”.

En consecuencia, el Defensor del Pueblo andaluz ha solicitado información a la Intervención General de la Junta, en especial, sobre las diferencias en la actuación de las diferentes Intervenciones Provinciales en la fiscalización de las ayudas al alquiler de vivienda sobre la convocatoria de 2015, con especial mención de las incidencias planteadas por las Intervenciones Provinciales de Málaga, Almería y Granada.

Asimismo, el Defensor reclama que se nos comunique cuáles son las cuestiones planteadas por la Consejería de Fomento y Vivienda, a fin de evitar situaciones distintas y diferencias entre las provincias, en el trámite de fiscalización de estas ayudas, así como la resolución que finalmente se adopte respecto de las mismas, así como cualesquiera otras cuestiones que nos puedan resultar de interés para que podamos efectuar una adecuada valoración final de esta queja de oficio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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6 Comentarios

El DPA responde | Septiembre 8, 2016

A TODAS LAS PERSONAS AFECTADAS

El próximo día 19 de septiembre vamos a mantener una reunión con el Consejero de Fomento y Vivienda en la que se tratará otra vez este tema, insistiendo en el pago de todas las ayudas pendientes de la convocatoria de 2015, así como de todas las medidas para que no se repitan los atrasos en la convocatoria de este año.

Podéis tener la seguridad de que estamos haciendo todo lo que podemos hacer, todo lo que nos permite la Ley que nos regula. Pero como ya dijimos en este foro Tenéis razón y todo lo que hemos hecho, hasta ahora, tampoco está sirviendo para que a muchos de vosotros la Junta de Andalucía os pague vuestra ayuda al alquiler. Pero por eso no dejamos de intentar solucionarlo, porque creemos que es lo que podemos y debemos hacer: poner de manifiesto las irregularidades detectadas y procurar que se corrijan y no se vuelvan a repetir”.

Aquí os dejamos los últimos comunicados que hemos realizado donde se recogen las actuaciones más importantes. Detrás de cada una de estas actuaciones hay muchas más que hemos hecho, pero que no se ven, como llamadas, reuniones, visitas, etc. Como también ya os dijimos “Es cierto que hasta ahora no hemos tenido la eficacia que nos hubiera gustado a todos en este asunto, aunque sí en muchos otros. No obstante, estamos convencidos que lo conseguiremos si, entre todos, seguimos insistiendo.”

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/6480#comment-6480

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/6937#comment-6937

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/actualidad/solicitamos-informacion-sobre-las-diferencias-en-la-fiscalizacion-de-las-ayudas-a-la#comment-7378

Juan Manuel (no verificado) | Septiembre 3, 2016

Cuando pagarán la ayuda del alquiler en Sevilla se sabe algo

Manuel Belmonte... (no verificado) | Agosto 23, 2016

Excmo.Sr. Defensor del Pueblo Andaluz Don Jesús Maeztu:
Ante lo que ya va siendo un clamor pidiendo su dimisión como DPA, y considerando que usted es el menos culpable de la ignominia que se está cometiendo con decenas de miles de familias andaluzas solicitantes y beneficiarias de las ayudas al alquiler para familias con ingresos limitados 2015 (2014 y 2016) me tomo la libertad de aconsejarle, aunque no soy nadie para ello, que demuestre su honestidad, su honradez y su capacitación para el cargo que ocupa al tiempo que su independencia e insumisión del partido en el poder, que fue como es preceptivo, quien le nombró: Yo que usted, para defender de verdad a estas decenas de miles de familias andaluzas ya en situación límite, muchos ya desahuciados por no poder haber podido pagar el alquiler, me pondría mañana mismo en huelga de hambre en la puerta de la sede central de la Consejería de Fomento y Vivienda (solicitando el acompañamiento de los afectados) y me mantendría ahí hasta que cobre el último de los beneficiarios de todas las provincias de la ayuda 2015, hasta que se convoquen las no convocadas ayudas correspondientes a 2014 (¿Dónde está ese dinero?) y hasta que se abonen los meses de enero a julio de 2016 que según la ley estatal 2013 -2016 y la orden de la Junta se deben abonar mes a mes por meses vencidos y previa justificación del pago al arrendatario (¿Qué es eso de que las ayudas 2016 se abonaran en la “primavera” de 2017 ? Y además exigiría, en nombre del Pueblo Andaluz, al que usted tiene la obligación de defender, que se retuvieran, mientras no se cumpla lo solicitado en justicia, todas las nóminas mensuales desde la de la Excma. Sra. Presidenta hasta la del último funcionario implicado, pasando por el Sr. Consejero de Fomento y Vivienda, Sr, Director de Vivienda, Director de Intervención general de la Junta…incluso la suya propia.
Ya se positivamente y con absoluta certeza que no lo va hacer pero ahí tiene la oportunidad de pasar de ser considerado villano a héroe internacional. Podrí a ganar la medalla de oro de los defensores de los pueblos de todo el mundo. Y lo que es más importante tendría el reconocimiento y admiración de todo el Pueblo Andaluz, Español y Mundial.

El DPA responde | Agosto 30, 2016

Buenos días.
Lamentamos que mantenga esa opinión que nos manifiesta sobre la institución del Defensor del Pueblo Andaluz y no podemos más que reiterarle nuestra más decidida voluntad de seguir trabajando y esforzándonos en la defensa de los derechos y libertades de la ciudadanía que tenemos encomendados, dentre del marco que establece nuestro Ordenamiento Jurídico.
Con respecto al nombramiento del Defensor, decirle que la elección y el funcionamiento del Defensor del Pueblo Andaluz se encuentran regulados por la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, que establece que la Comisión de Gobierno Interior propondrá al Pleno el candidato, que para ser designado deberá obtener el voto favorable de las tres quintas partes de los miembros del Parlamento. De este modo, le informamos que el Defensor no fue nombrado por el partido del gobierno sino que obtuvo el apoyo de todos los grupos parlamentarios, obteniendo 103 de los 104 votos del total de parlamentarios andaluces.
Igualmente manifestar, que el Defensor del Pueblo Andaluz no está sujeto a mandato imperativo alguno, ni recibe instrucción de ninguna autoridad y desempeña sus funciones con autonomía y según su criterio y es una Institución del Parlamento de Andalucía dedicada a la protección y defensa de los derechos y las libertades de la ciudadanía comprendidos en el Titulo primero de la Constitución y en el Título primero del Estatuto de Autonomía para Andalucía (derecho a la Igualdad, derecho a la Educación, derecho a la Protección de la Salud, derecho de acceso a la Cultura, derecho a disfrutar de un Medio Ambiente adecuado, derecho a la Vivienda, derecho al Trabajo, etc.).

En lo que atañe a las actividades que venimos realizando constantes reuniones, contactos telefónicos, peticiones de informe y resoluciones, comunicados a los medios de comunicación en relación a las ayudas al alquiler de vivienda, convocatoria 2015, puede comprobar en nuestra página web todas las resoluciones, recomendaciones y sugerencias realizadas a la Consejería de Fomento y Vivienda.

Así con fecha 11/12/2015 iniciamos actuación de oficio con la apertura de la Queja 15/5618 para conocer el estado de tramitación de la orden de 3 de marzo de 2015 por la que se convocan ayudas al alquiler de vivienda a personas con ingresos limitados.

El 30 de Mayo de 2016 realizamos una resolución dirigida a la Consejería de Fomento para que se procediera a la inmediata resolución de los expedientes de ayuda al alquiler que estaban en trámite, se publicaran las listas definitivas y  se procediera a la tramitación del pago y abono efectivo de las mismas, a la mayor brevedad posible, recomendando igualmente que en el futuro, las Ordenes de convocatoria de ayudas eviten los retrasos injustificados einnecesarios y que se dote de máxima agilidad al procedimiento.

Y por último, como ya conoce, hemos iniciado una investigación sobre las discrepancias que, apriori, se observan en relación con la fiscalización de estas ayudas.

Finalmente  damos cuenta e informamos al Parlamento de Andalucía, para que los representantes del pueblo andaluz tomen nota de nuestras consideraciones y se adopten las medidas oportunas para resolver este problema que representa una lesión de los derechos de los ciudadanos.
Como verás, estamos utilizando todas las herramientas que la Ley pone en nuestras manos para llegar a una solución del problema, pero como le decía, seguiremos hasta que la Administración satisfaga este derecho vulnerado.

Un saludo.

 

fernando (no verificado) | Agosto 23, 2016

hola
yo no he intendido porque mi solicitud esta desestimada y el motivo no presentar el padron...son unos mentirosos..lo han dado a algunas personas solteras q de verdad no necesitan esta ayuda...y nosotros con nuestras familias y niño..q lastima de pais.

Manuela (no verificado) | Agosto 22, 2016

Soy de jerez algunas personas han cobrado ya hace dos semanas yo no he cobrado aun estando en las listas definitivas de vadiz cuando vamos a cobrar los demás? Y por q unos si y otros no ?esto es desesperante e i dognante

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