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Actuamos ante la denuncia de ocupación de viviendas protegidas en Almensilla (Sevilla)

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/1832 dirigida a Ayuntamiento de Almensilla (Sevilla), Consejería de Fomento y Vivienda, Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Sevilla

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

La colaboración entre administraciones es esencial para la comprobación del cumplimiento de la obligación de la ocupación de las viviendas protegidas.

Insistiendo en nuestro desconocimiento sobre los datos concretos de las viviendas que pudieran encontrarse desocupadas por sus adjudicatarios en la urbanización afectada, hicimos un llamamiento a la mencionada Delegación Territorial, en su condición de poder público, y en el ejercicio de su función inspectora, a fin de que adoptase las medidas necesarias para asegurar la función social de la vivienda a través de una Resolución, apuntando la conveniencia de que, para realizar dicha investigación, se solicitase la colaboración del Ayuntamiento de la localidad.

Como respuesta se nos envía un informe elaborado por la Secretaría General de Vivienda en que se recoge que se iniciaron actuaciones previas y, atendiendo a nuestra Recomendación, se había recabado la colaboración del Ayuntamiento de Almensilla, de conformidad con el principio de colaboración entre administraciones, que determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para que llevase a cabo un informe basado en visitas programadas a la promoción afectada.

En consecuencia, con la aceptación de la Recomendación efectuada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

09-05-2014 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución ha tenido conocimiento de que en la urbanización Majalcofar, sita en el municipio de Almensilla, cuyas viviendas, al parecer, están calificadas como protegidas, a día de hoy, después de 5 años, siguen muchas de ellas vacías y sin ocupar.

Según las informaciones recibidas, los propietarios de esas viviendas, maquillan su habitabilidad enlozando la entrada y poniendo flores, pero realmente siguen vacías (en cada calle, puede haber entre dos y tres casas vacías), sin contar las alquiladas ilegalmente, generando un enriquecimiento injusto a su propietario que las alquila por 450 euros, pagando 247 euros de hipoteca.

A la vista de los hechos expuestos, en los que pueden verse conculcados el artículo 47 de la Constitución, así como diversos preceptos de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, tales como el artículo 3.1, y art. 4.1, se incoa queja de oficio conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de nuestra Ley reguladora.

09-03-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La colaboración entre administraciones es esencial para la comprobación del cumplimiento de la obligación de la ocupación de las viviendas protegidas.

Esta Institución tuvo conocimiento de que en una urbanización del municipio de Almensilla, cuyas viviendas, al parecer, estaban calificadas como protegidas, después de 5 años, seguían muchas de ellas vacías y sin ocupar.

Insistiendo en nuestro desconocimiento sobre los datos concretos de las viviendas que pudieran encontrarse desocupadas por sus adjudicatarios en la urbanización afectada, hicimos un llamamiento a la mencionada Delegación Territorial, en su condición de poder público, y en el ejercicio de su función inspectora, a fin de que adoptase las medidas necesarias para asegurar la función social de la vivienda a través de una Resolución, apuntando la conveniencia de que, para realizar dicha investigación, se solicitase la colaboración del Ayuntamiento de la localidad.

Como respuesta se nos envía un informe elaborado por la Secretaría General de Vivienda en que se recoge que se iniciaron actuaciones previas y, atendiendo a nuestra Recomendación, se había recabado la colaboración del Ayuntamiento de Almensilla, de conformidad con el principio de colaboración entre administraciones, que determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para que llevase a cabo un informe basado en visitas programadas a la promoción afectada.

En consecuencia, con la aceptación de la Recomendación efectuada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

 

 

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2 Comentarios

Sara Crane Duque (no verificado) | Abril 8, 2021

De parte de los Vecinos del Rocío Chico, Cañada Real de las Islas, Bormujos, solicito encuentro con el Defensor del Pueblo para comentar nuestra situación administrativa al solicitar suministro de agua de Aljarafesa y no recibir contestación ninguna.

El DPA responde | Abril 8, 2021

Buenas tardes Sara. Te invitamos a que nos traslade tu solicitud a nuestro correo electrónico ( defensor@defensor-and.es ) aportando tus datos y el motivo del encuentro. Gracias 

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