Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/5871 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla
El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que en una fiesta celebrada en una discoteca, o sala de fiestas, por la celebración de la noche de “Halloween”, se produjo tal situación que tuvo que intervenir la Policía Local dado que, siempre según estas noticias, se superó de forma holgada el aforo permitido, por lo que decenas de personas se encontraban en la puerta y no podían entrar en la fiesta.
La descripción, según una joven asistente a la fiesta, era la siguiente: cuando llegó a la discoteca, sobre las dos de la mañana, permaneció en la cola una hora y cuarto “La gente empezó a desesperarse y a empujar de atrás hacia delante porque quería entrar. Nos fuimos apiñando y yo no veía la salida. El acceso donde esperábamos era una ratonera (…) cuando por fin pudimos entrar, nos colocamos en una esquina. La verdad es que yo no vi que hubiera exceso de público. Pero cuando fuimos a pedir una copa, nos fue imposible. Había un muro de dos metros de personas esperando su consumición. Desistimos porque además la barra se quedó sin vasos”.
Cuando llegaron los agentes de la Policía Local, el número de personas presentes en la discoteca y en su entrada era el siguiente: 150 personas esperando, 1.400 en el interior del local y, según “el responsable de la fiesta”, contaban con “una autorización verbal para 950”. Por su parte, según este medio de comunicación “el Ayuntamiento sostiene que el evento carecía de licencia a pesar de que es un establecimiento donde se organizan regularmente fiestas, algunas de las cuales son promovidas por universitarios para recaudar fondos. La cita de este pasado miércoles se anunciaba como un evento de estudiantes de la Facultad de Psicología”. Mientras “la promotora sostiene que los arrendadores sí disponen de permiso”.
A la vista de estos hechos, para esta Institución sorprendía que de vez en cuando nos encontremos que se repiten situaciones que suponen un gravísimo riesgo para las personas, en su mayoría jóvenes, que asisten a estas fiestas sin conocer de antemano tales riesgos, la pésima calidad de los servicios que en la práctica se le van a ofrecer y, en definitiva, el descontrol por parte de la organización del evento sobre las circunstancias en que se va a celebrar éste.
Llama, asimismo, la atención que con los antecedentes que existen sobre las gravísimas consecuencias que los locales que sobrepasaron el aforo han tenido en el pasado, se sigan repitiendo estas situaciones. En este caso, además se trataba de un local cerrado.
En este contexto nos es difícil creer que, tal y como dicen los promotores, se hubiera dado una autorización verbal por parte del Ayuntamiento para que el local pudiera contar con un aforo de 950 personas (aunque desconocemos el aforo autorizado se desprende de las declaraciones del responsable del evento que era inferior a este número).
Por otro lado, también sorprende que los promotores dijeran que el problema es que se habían vendido 400 entradas falsificadas como causa de la situación creada, pues tal afirmación podría estar justificada si una vez completo el aforo legal autorizado se hubieran quedado fuera 400 personas lo que, sin perjuicio del derecho a reclamación que, en su caso, tuvieran estas personas, al menos se había respetado el aforo.
Pero el problema, para esta Institución, es que, pese a contar con vigilantes de seguridad cuya función primordial entendemos es velar por la seguridad de los asistentes a la fiesta, sin perjuicio de sus tareas de vigilancia y control a la entrada de la discoteca, el aforo “autorizado” se había superado en 550 personas (es decir si efectivamente estaba autorizada la asistencia de 950 personas) sin que se hiciera nada para evitar el riesgo. Con que hubieran contabilizado los asistentes hasta completar el aforo legal hubiera sido suficiente para no crear esa situación de riesgo en el interior del local.
Por todo ello, nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Sevilla para conocer, en síntesis, dentro de las competencias municipales, el aforo de la discoteca o sala de fiestas, número de personas que accedieron al local según los datos de la Policía Local, si la fiesta necesitaba autorización, si los promotores y responsables del local cuentan con antecedentes de haber celebrado fiestas de similares características en las que se haya superado el aforo y, en caso de que efectivamente se hubiera superado el aforo, medidas que se hayan adoptado para exigir las responsabilidades a las que haya lugar y medidas cautelares que se hayan adoptado para que hechos de esta naturaleza no se vuelvan a repetir.
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