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Actuamos de oficio ante la demora en la atención a un paciente en situación de vulnerabilidad, en urgencias del hospital Virgen del Rocío

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/1027 dirigida a Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, Hospital Virgen del Rocío (Sevilla)

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Nos informan de la atención a un paciente vulnerable tras la denuncia por el tiempo de espera en urgencias.

03-04-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

En esta Institución hemos tenido conocimiento por noticia aparecida en medio de prensa, de la dilatada espera de un paciente anciano y con patología cardíaca grave, en el servicio de urgencias del hospital Virgen del Rocío, hasta que pudo ser ingresado en planta.

Según la fuente citada este paciente compareció en dicha unidad el lunes 20 de febrero, necesitando media hora para la comunicación de los datos, y algo más de una hora para pasar a la unidad de observación, en la que permaneció sentado en un sillón durante otras 13 horas, hasta que ingresó en planta.

Al parecer llegó a urgencias a las 10:50 horas, y no accedió a cama en planta hasta las 17:00 horas del día siguiente (martes).

Por lo visto el paciente ya había acudido al servicio de urgencias con anterioridad el jueves previo, derivado por su médico de atención primaria para someterse a una transfusión, aunque entonces se fue de alta, pero el empeoramiento de su estado durante el fin de semana le hizo comparecer nuevamente el lunes.

La noticia habla también de saturación de la unidad durante el día indicado, con incremento del número de pacientes atendidos, a pesar de permanecer activado el plan de alta frecuentación del centro.

Con el objeto de investigar el itinerario asistencial del mismo y valorar su ajuste a la situación sanitaria y las circunstancias específicas del paciente, hemos decidido incoar un expediente de queja de oficio al amparo de lo previsto en el art. 10.1 de nuestra Ley reguladora y solicitar informe a la Dirección Gerencia del centro de acuerdo a lo establecido en el art. 18.1 de la misma norma.

17-04-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En el informe que nos remite el hospital se dice que se trataba de un paciente pluripatológico que consultó por asfixia, alegando cansancio y falta de aire, aunque la medición de oxígeno por pulsioximetría fue normal, característica que también podía predicarse prácticamente de la auscultación cardiorespiratoria.

Se menciona que se le asignó un nivel de prioridad 3, y tras el diagnóstico de insuficiencia cardíaca crónica descompensada, se solicitó el ingreso en planta de hospitalización, permaneciendo mientras tanto en el área de observación-sillones para instauración de tratamiento y vigilancia.

En definitiva el hospital considera que el itinerario asistencial del paciente resultó apropiado a su situación clínica, llevándose a cabo un correcto diagnóstico en un escaso período de tiempo, que su ubicación fue la correcta, y que los tiempos invertidos en cada uno de los pasos del proceso no fueron desproporcionados.

Ahora bien, por nuestra parte no hemos puesto en cuestión la asistencia proporcionada, ni en cuanto al diagnóstico ni por el tratamiento, simplemente tratábamos de valorar el tiempo invertido, sobre todo a la hora de llevar a cabo el ingreso, que era el aspecto que destacaba la noticia a la que tuvimos acceso, la cual no olvidemos hablaba de 17 horas desde la llegada del paciente hasta que aquel se produjo.

No obstante, el hospital, aun afirmando que los tiempos invertidos en cada paso no fueron desproporcionados, no nos facilita los mismos, por lo que no podemos pronunciarnos al respecto de esta cuestión principal, pero desde esta Institución hemos conocido en ocasiones la experiencia de pacientes que prolongan en exceso la estancia en una área de observación, que si bien puede resultar indicada desde un punto de vista técnico médico, sin embargo no se configura como una solución humanizada atendiendo a sus circunstancias de edad, patología, síntomas,...

Es por ello que nos vemos obligados a concluir nuestras actuaciones en este expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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