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Actuamos de oficio ante la denuncia por el robo de fondos documentales de la Hemeroteca municipal de Sevilla

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/6572 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Los servicios municipales de la Hemeroteca de Sevilla han informado de las medidas adoptadas tras el incidente de los daños provocados por un usuario sobre los materiales custodiados.

Recientes informaciones hacen mención a la intervención de una persona usuaria que habría aprovechado los momentos de acceso a los fondos para sustraer algunos registros o documentos seccionando los mismos de sus soportes de encuadernación. Según esas informaciones —y de ser confirmadas— tales comportamientos fueron advertidos por el personal gracias a los registros de acceso y corroborados tras la intervención de la Policía Local. Los hechos han sido puestos en conocimiento de la autoridad judicial que desarrolla las acciones pertinentes.

Sin embargo, más allá de estas acciones judiciales circunscritas al incidente, interesa analizar con un criterio más amplio y funcional las circunstancias que permitan dilucidar las causas que habrían posibilitados tales incidentes, así como sobre las medidas adoptadas, en su caso, para evitar todos los impactos negativos posibles en el normal funcionamiento de la hemeroteca municipal. Sin duda, la cuestión merece una atención que permita dilucidar estas circunstancias y, sobre todo, las medidas correctivas que se vayan a adoptar por parte de los responsables municipales para evitar o impedir hechos parecidos.

12-12-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección de la cultura andaluza y sus instituciones.

Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza Cultural. Todo ello en consonancia con las funciones de protección y tutela de los derechos establecidos en los artículos 44 de la Constitución y 33 y 37.1º.18 del Estatuto de Autonomía en el ámbito de la Cultura.

En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, ocupa un lugar preeminente las acciones que posibilitan el efectivo disfrute de nuestro patrimonio gracias al efectivo acceso a las fuentes de la cultura y el conocimiento.

Sin duda, en las comarcas y localidades de Andalucía, esta tarea compleja e ingente tiene en las bibliotecas, hemerotecas, archivos y fondos documentales un instrumento esencial.

En este sentido, las hemerotecas públicas municipales constituyen un instrumento fundamental, y en ocasiones el único válido, para hacer efectivo este derecho en relación con la especialidad documental que acogen entre sus registros. Pero además, el desarrollo de funciones fruto de una concepción moderna de los fondos documentales públicos, los convierten en un instrumento básico para posibilitar un auténtico desarrollo cultural, social y económico de los ciudadanos y los municipios andaluces así como para contribuir a la eliminación de desigualdades en el común acceso a estos contenidos.

Es conocida la permanente actuación de esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz en relación con las actuaciones de promoción y apoyo a las funciones que tienen asignadas estos servicios. Destacamos, entre otras iniciativas, la realización del Informe Especial sobre Bibliotecas públicas municipales: El derecho de todos a acceder a la cultura.(Publicado en BOPA nº 125, de 5-4-2001, VI Legislatura). En esta ocasión debemos centrar nuestra atención en la circunstancia que se ha producido en la Hemeroteca Municipal de Sevilla, a partir de las noticias recibidas del despojo o sustracción de documentos custodiados en esas dependencias, así como posibles afecciones a los servicios que ofrece este recurso cultural.

Recientes informaciones hacen mención a la intervención de una persona usuaria que habría aprovechado los momentos de acceso a los fondos para sustraer algunos registros o documentos seccionando los mismos de sus soportes de encuadernación. Según esas informaciones —y de ser confirmadas— tales comportamientos fueron advertidos por el personal gracias a los registros de acceso y corroborados tras la intervención de la Policía Local. Los hechos han sido puestos en conocimiento de la autoridad judicial que desarrolla las acciones pertinentes.

Sin embargo, más allá de estas acciones judiciales circunscritas al incidente, interesa analizar con un criterio más amplio y funcional las circunstancias que permitan dilucidar las causas que habrían posibilitados tales incidentes, así como sobre las medidas adoptadas, en su caso, para evitar todos los impactos negativos posibles en el normal funcionamiento de la hemeroteca municipal. Sin duda, la cuestión merece una atención que permita dilucidar estas circunstancias y, sobre todo, las medidas correctivas que se vayan a adoptar por parte de los responsables municipales para evitar o impedir hechos parecidos.

Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante el Ayuntamiento de Sevilla, a fin de conocer:

  • servicios encomendados a la Hemeroteca Municipal.

  • trabajos de evaluación o estudio sobre las causas del incidente.

  • medidas correctivas adoptadas o previstas para su reparación.

  • incidencias que se haya provocado en los servicios y estado actual de la situación.

  • cualquier otra circunstancia que consideren oportuno transmitir para esclarecer el asunto que nos ocupa.

29-05-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Los servicios municipales de la Hemeroteca de Sevilla han informado de las medidas adoptadas tras el incidente de los daños provocados por un usuario sobre los materiales custodiados.

Y así se nos indica que “Consecuencia igualmente de estos hechos, la Jefatura de Servicio ha redactado, con el consenso de los trabajadores y técnicos del Servicio, unas normas concretas sobre las Salas de Lectura, que tienen por objeto incrementar la vigilancia sobre el uso de la documentación, incorporando una serie de recomendaciones prácticas -tanto para los usuarios como para los propios trabajadores-, que desarrollan las ya existentes en el Reglamento del Archivo Municipal de Sevilla (1994). Estas normas son del conocimiento del ICAS del Ayuntamiento de Sevilla, al objeto de decidir si estas normas se tramitan con rango de reglamento municipal”.

A la vista de dicha información, y de la adopción de medidas que pretenden reforzar la seguridad de las normas de uso en las dependencias de la Biblioteca, procedemos a concluir nuestras actuaciones en la presente queja de oficio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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