Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/3084 dirigida a Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Córdoba
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
Se ha recibido informe de fecha 9 de marzo de 2017, nº de Registro de Salida 618/7578, fechado el 13 de marzo de 2017, con referencia Inspección Provincial JGS/SLL, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución sobre el fallecimiento de un joven en calabozos policiales de Córdoba tras varias intervenciones de los servicios sanitarios.
Analizada la información de la Delegación de Salud, y considerando dicho organismo las actuaciones de los servicios de urgencia acordes a los protocolos y sistemas de respuesta, procede concluir nuestras actuaciones y proponer el cierre del presente expediente de queja de oficio.
02-12-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
A través de diversos medios de comunicación hemos tenido conocimiento del desgraciado fallecimiento de un joven detenido por el Cuerpo Nacional de Policía (CNP) en la Comisaría de Campo Madre de Dios en la capital cordobesa durante la madrugada del pasado domingo 12 de Junio.
Según se ha informado, la noche del Sábado se produjo una discusión entre tres miembros de una familia, que provocó la intervención de agentes del CNP, quienes trasladaron a los implicados al complejo hospitalario “Reina Sofía” para ser tratados de varias heridas de arma blanca.
Según estas informaciones “los agentes llevaron al fallecido al Hospital Universitario “Reina Sofía”, dentro de un protocolo al que tienen derecho todo aquel que se vea envuelto en algún tipo de pelea. En un primer momento, los sanitarios que atendieron al joven no observaron lesiones que revistieran gravedad por lo que éste fue trasladado a la comisaría Campo Madre de Dios en calidad de acusado por un delito de lesiones”.
También se alude a una nueva intervención de los servicios sanitarios cuando se afirma que “Ya en dependencias policiales, el detenido avisó a los agentes de que no se encontraba bien, por lo que fue trasladado de nuevo al complejo hospitalario cordobés. Allí se le recetó una medicación que los agentes suministraron cuando estuvieron de vuelta en la comisaría. De nuevo el supuesto agresor comentó a los policías que se volvía a encontrar mal y se llamó a una ambulancia del 061, pero finalmente falleció en la misma comisaría”.
Sin perjuicio de las actuaciones que corresponden la autoridad judicial competente en el caso, resulta de indudable trascendencia conocer al alcance de las actuaciones del Sistema Sanitario Público Andaluz (SSPA) y sus profesionales aludidos en el relato que hemos citado.
Dado que en el relato de los hechos se alude por “fuentes policiales” a varias intervenciones llevadas a cabo por servicios sanitarios del SAS, procede proponer la apertura de una actuación de oficio acerca de las circunstancias concretas que han rodeado este lamentable suceso.
Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Delegación Territorial de Salud de Córdoba, a fin de conocer las intervenciones desarrolladas por los profesionales del SSPA en atención al joven detenido que falleció en dependencias policiales.
07-04-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Se ha recibido informe de fecha 9 de marzo de 2017, nº de Registro de Salida 618/7578, fechado el 13 de marzo de 2017, con referencia Inspección Provincial JGS/SLL, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución sobre el fallecimiento de un joven en calabozos policiales de Córdoba tras varias intervenciones de los servicios sanitarios.
El motivo central de la queja de oficio fue contrastar la actuación de los servicios sanitarios a la vista de la única información ofrecida por las autoridades policiales relativa al fallecimiento del detenido. Analizada la información de la Delegación de Salud, y considerando dicho organismo las actuaciones de los servicios de urgencia acordes a los protocolos y sistemas de respuesta, procede concluir nuestras actuaciones y proponer el cierre del presente expediente de queja de oficio.
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