Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 15/5523 dirigida a Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, Instituto Andaluz de la Mujer, Ayuntamiento de Sanlúcar La Mayor (Sevilla)
A través de los medios de comunicación pública, ha llegado a general conocimiento el suceso violento acaecido en la madrugada del pasado jueves 12 de noviembre, en la localidad de Sanlúcar La Mayor, provincia de Sevilla.
En el domicilio conyugal, Dª. ..., en presencia del hijo común del matrimonio, menor de edad, fue víctima de los tiros que su maridó le dirigió con una escopeta de caza, antes de que aquél se suicidara con el mismo arma.
Según refieren las noticias de la prensa escrita, Dª. ... llegó a pedir ayuda a los servicios públicos de urgencias y emergencias que, aunque acudieron al domicilio, no pudieron hacer nada por salvar su vida.
No existe noticia, al parecer, de que la víctima hubiera denunciado con anterioridad a su marido por hechos que pudieren ser constitutivos de delito de violencia de género, ni de que el agresor contara con antecedentes penales de tipo alguno.
A la vista de los hechos expuestos, y siguiendo la línea ya emprendida por esta Defensoría, en materia de defensa de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 10 y 15 de la Constitución Española, especialmente en el caso que nos ocupa, cuando la presunta violación de los mismos afecte a las mujeres y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, según el cual las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas, se incoa queja de oficio y se determina, en consecuencia, dirigir petición de informe al Instituto Andaluz de la Mujer y al Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor.
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