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Adjudicación de viviendas protegidas en La Buhaira. Posible déficit de información y publicidad de la convocatoria

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/0910 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla, Consejería de Fomento y Vivienda, Delegación Territorial en Sevilla

Esta Institución ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación, de las circunstancias en las que, al parecer, se produjo la adjudicación de una promoción de viviendas protegidas situada a escasos metros de la zona de Sevilla conocida como La Buhaira y enclavada en un solar que, según estas informaciones, habría sido previamente adjudicado por el Ayuntamiento a una cooperativa de viviendas, gestionada por una promotora, a un precio inferior al de mercado como consecuencia de su destino a la edificación de viviendas de precio tasado.

En concreto, siempre según la información de estos medios de comunicación, el edificio, que tendría piscina comunitaria, fue promovido al amparo del IV Plan Municipal de Vivienda de Sevilla, siendo el sistema de adjudicación entonces utilizado el del estricto orden de llegada que, pese a estar legalmente admitido, permitía ciertos márgenes de discrecionalidad por cuanto la promotora no estaba obligada a informar de la apertura del plazo para apuntarse ni de cuál era el supuesto orden de llegada.

A la vista de lo anterior, hemos considerado conveniente abrir de oficio un expediente de queja en aras a determinar si las circunstancias en las que se produjo se ajustan efectiva y plenamente a las normas de vivienda protegida, tanto autonómicas como locales y a los fines que justifican que el suelo público se destine a personas y familias necesitadas de una especial tutela en su derecho a la vivienda. Creemos, en estos momentos en los que el disfrute de una vivienda se ha convertido en poco más que un imposible para miles de andaluces que noticias como estas deben motivar la actuación de una Institución garante de los derechos constitucionales y estatutarios, puesto que una actuación conforme a Derecho no sólo debe estar y parecer amparada en la estricta literalidad de la normativa, sino que también debe respetar, y parecer que respeta, los principios que inspiran nuestro Estado Social y Democrático de Derecho y los principios que inspiran la actuación de los poderes públicos, entre los que se encuentra el principio de igualdad, la actuación de buena fe o la transparencia ante la ciudadanía

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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