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Alcanza un acuerdo con su Distrito Sanitario por el material que se le dispensa por su condición de lesionado medular

Queja número 15/3557

Alcanza un acuerdo con su Distrito Sanitario en torno al material que se le dispensa por su condición de lesionado medular.

En su escrito la parte promotora de la queja manifiesta su discrepancia con los recortes a los que viene siendo sometido, en el material que precisa por su condición de lesionado medular, pues considera que se le pide una excesiva durabilidad en relación con el mismo que perjudica su salud.

En concreto entiende que deberían proporcionarle una cánula al mes, y sin embargo solamente le suministran una para cuatro meses; o tres sondas de aspiración diarias, cuando por el contrario se pretende que las utilice en varias ocasiones.

Estima que otras pautas de dispensación de los productos adecuada a sus necesidades conllevaría la dispensación de un paquete de gasas al día, 1 bote de suero fisiológico cada quince días, 3 empapaderas diarias, 1 caja de tela adhesiva cada quince días también, y una caja de guantes al mes.

A la vista de lo expuesto, el Defensor del Pueblo Andaluz ha solicitado al Distrito Sanitario Huelva-Costa información al respecto, interesando especialmente conocer cómo se evalúan las necesidades de los lesionados medulares en relación con los productos mencionados, si existen unas pautas generales y, en su caso, dónde se recogen, y si se realiza un examen específico de las condiciones particulares de cada paciente a este fin.

Al efecto se recibe informe administrativo refiriendo que responsables del Distrito han mantenido una reunión con el afectado, en la que han participado la coordinadora de Cuidados de su centro de salud, y la enfermera gestora de casos, en la que al parecer han llegado a un acuerdo en cuanto al material que se le dispensa.

En consecuencia con la información recibida, damos por concluidas las actuaciones en el presente expediente de queja.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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