Queja número 18/1235
Se ha presentado en esta Institución escrito solicitando Plan Especial Rehabilitación y Recuperación conjunto histórico Baza (Granada). Para comprobar la situación, dimos traslado a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Granada que nos ha informado:
“Hay que recordar que el municipio de Baza cuenta con un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el 17 de marzo de 2010 (BOJA n° 114, de 18 de noviembre de 2010). Con fecha de registro de entrada 18 de noviembre de 2016, se recibe en esta Delegacion Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Granada para su informe, acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Baza de 26 de octubre de 2016, solicitando la delegación de competencias en materia de patrimonio para el ámbito del Conjunto Histórico de Baza, ya que desde 2010 se ha ido redactando los documentos que han dotado al PGOU de Baza de los contenidos de protección que para los Conjuntos Históricos, contempla el articulo 31 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre de Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA).
Como respuesta a la mencionada solicitud la Consejería ha dictado la Orden de 27 de octubre de 2017, por la que se delega al Ayuntamiento de Baza la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten en cumpliendo del Plan General de Ordenación Urbanística en el ámbito del Conjunto Histórico del , municipio, de conformidad con el articulo 40 , apartado 1-exclusivamente, de la LPHA, "salvo las obras y actuaciones en los Monumentos, Jardines Históricos, Zonas Arqueológicas, y en sus correspondientes entornos, así como en el ámbito territorial vinculado a actividades de interés etnológico.”
Además y como continuación al informe emitido para el Defensor del Pueblo el 24 de enero de 2017 en relación a la Q16/ 1040, que se cita como antecedente, se han tramitado los siguientes expedientes sobre el BlC Monumento de la Alcazaba, en desarrollo de las previsiones de necesidad de ordenación de este ámbito, mediante un Plan Especial de Protección que contempla el PGOU de Baza:
- BC.01.705/2017 Proyecto de Plan Especial de la Alcazaba de Baza, del que se remite un ejemplar al Ayuntamiento de Baza para su aprobación y posterior tramitación, mediante escrito de 15 de noviembre de 2017.
- BC.01.0267/18 Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Especial de la Alcazaba 2017, para su informe en aplicación del articulo 32 de la Ley 14/2007 de 26 de noviembre de 2007, de Patrimonio Histórico de Andalucía, con fecha de registro de entrada 13 de abril de 2018.”
También obtuvimos respuesta del Ayuntamiento de Baza, al ratificar:
“Por la presente y con relación al escrito referenciado, tengo a bien comunicarle que el Conjunto Histórico de Baza está regulado en el PGOU, que tiene carácter de protección, se aprobó el 28-10-2010, por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se publicó en el BOJA 18-11-2010. Con posterioridad se aprobó el Catálogo de Ambientales, la Carta de Color y Mobiliario Urbano y Pavimentación del Conjunto Histórico, habiéndose transferido las competencias a este Ayuntamiento en el último trimestre del 2017, estando constituida y funcionamiento la Comisión de Centro Histórico.”
Ciertamente, nos encontramos ante una situación que ha provocado otras actuaciones desde esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, procurando hacer operativas y efectivas las medidas de protección que el patrimonio cultural merece.
Por ello, en estos momentos en los que se asumen las competencias indicadas por parte del Ayuntamiento de Baza, deberemos insistir en la máxima diligencia a la hora de disponer la protección de estos valiosos itinerarios y conjuntos urbanos de singular interés.
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