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Atienden nuestra Resolución para resolver las deficiencias de la estación de autobuses de Jerez

Queja número 14/3587

En esta Institución se venía tramitando de oficio expediente de queja que fue incoado tras tener conocimiento de las deficiencias constructivas y de otra índole que presentaba la nueva estación de autobuses de Jerez de la Frontera.

Al parecer, las deficiencias afectaban a la imagen de esta infraestructura y podían generar ciertos riesgos para los usuarios de la misma, además de que tampoco se encontraban en pleno funcionamiento los distintos servicios con los que debe de contar una estación.

Por ello, en nuestra petición de informe, nos interesamos por una serie de cuestiones.

Tras una primera respuesta del Ayuntamiento, que no se pronunciaba acerca de estas cuestiones, recibimos información del resultado de la visita realizada por el Arquitecto Municipal para verificar las posibles deficiencias constructivas de la Estación de Autobuses, enumerando las que se habían detectado y añadiendo que resultaba viable técnicamente su subsanación. También señalaba que, al tratarse de pequeños desperfectos y/o anomalías constructivas, se consideraban obras menores de conservación y mantenimiento del edificio, por lo que para su arreglo no sería necesaria la redacción de un proyecto, sin perjuicio de contar con la preceptiva licencia municipal y cumplimentar otros trámites.

De acuerdo con ello, interesamos que se nos indicara si el Ayuntamiento tenía previsto llevar a cabo las obras menores de conservación y mantenimiento aconsejadas por el Arquitecto Municipal y, de ser así, el plazo aproximado en que se podrían acometer las mismas.

Respecto a los problemas de megafonía e información al viajero en monitores y paneles, se indicaba por el Ingeniero Industrial del Ayuntamiento que, con información extraída de presupuesto de reparaciones de empresa especializada, se habían incluido 20.000 euros para la reparación de monitores informativos y megafonía, incluido software y puesta en marcha, en el presupuesto para 2016 del Servicio de Movilidad, añadiendo que, una vez aprobado este presupuesto, se procedería a su contratación.

A tenor de ello, interesamos, sobre esta cuestión, que se nos indicara si había quedado aprobado dicho presupuesto y, de ser así, el plazo aproximado en que se acometerían estas reparaciones y podrían funcionar con normalidad los monitores informativos y la megafonía de la estación.

Recibimos un nuevo informe del Ingeniero Industrial que señalaba que el presupuesto de las obras menores de conservación y mantenimiento del edificio de la estación ascendía a 17.000 euros y que era previsible que esta cantidad se incluyera en el presupuesto de 2017 para la contratación de las reparaciones. Respecto a los problemas de megafonía e información al viajero en monitores y paneles, manifestaba que el presupuesto para 2016 del Servicio de Movilidad, en el que se habían incluido 20.000 euros para la reparación de monitores informativos y megafonía, incluido software y puesta en marcha, aún no se encontraba aprobado a fecha de Mayo de 2016.

A tenor de ello y con objeto de saber si, efectivamente, nos encontrábamos ante unas deficiencias en vías de solución, interesamos, con fecha 14 de Junio de 2016, que se nos mantuviera informados de la aprobación del presupuesto de 2016 o, de no ser así, que se nos concretaran las razones que lo estuvieran impidiendo, todo ello para saber el plazo aproximado en que se acometerían las reparaciones pendientes y podrían funcionar con normalidad los monitores informativos y la megafonía de la estación.

En cuanto a las obras menores de conservación y mantenimiento, pedimos conocer si existía un compromiso por parte de la Alcaldía en cuanto a la inclusión de las mismas, cuya cuantía ascendía a 17.000 euros, en el presupuesto municipal del año 2017.

Esta última petición de informe no obtuvo respuesta, por lo que esta Institución se vio obligada a requerir en dos ocasiones dicha información, con fechas 21 de Septiembre y 26 de Octubre de 2016, pero ello no había motivado que nos hubiera sido remitida la misma, ni siquiera tras contactos telefónicos que personal de esta Institución mantuvo con personal del citado Ayuntamiento los el 22 de Diciembre de 2016 y 30 de Junio de 2017. Ello determinó que, pese a nuestros numerosos escritos y gestiones, pasados más de tres años, aún continuáramos ignorando si las deficiencias constructivas y de otra índole que motivaron la incoación de oficio de este expediente de queja habían quedado o no subsanadas.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos al Ayuntamiento del Jerez de la Frontera la siguiente RESOLUCIÓN:

Recordatorio del deber legal de colaboración contenido en el artículo 19, apartado 1, de la Ley reguladora de esta Institución, por el que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma están obligados a auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Defensor del Pueblo Andaluz en sus investigaciones e inspecciones.

Recordatorio de los deberes legales contenidos en los artículos 103.1 de la Constitución Española, 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, conforme a los cuales la actividad administrativa debe regirse por los principios de eficacia, eficiencia, servicio al ciudadano, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, e impulsar de oficio los procedimientos en todos sus trámites.

Recordatorio del deber legal contenido en el artículo 51 de la Ley 7/1999, de 29 de Septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que establece que éstas tienen la obligación de conservar, proteger y mejorar sus bienes, si hoy continuaran sin subsanar las deficiencias de la estación.

Recomendación de que, sin nuevas demoras, se diera instrucciones para que, en el caso de que no se hubiera hecho ya, esperando que se hubieran superado las dificultades presupuestarias que pudieran impedirlo, se procediera a la subsanación de las deficiencias constructivas y de otra índole de la estación de autobuses de esa población, de forma que fuese posible que los viajeros hicieran uso de sus instalaciones en las adecuadas condiciones de seguridad y comodidad y se vieran respetados los derechos que, como tales, les correspondían.”

En respuesta a la Resolución formulada, el Ayuntamiento de Jerez nos dio cumplida respuesta a las cuestiones planteadas, informando de la fecha de la recepción de la obra de la Estación por parte del Consorcio Urbanístico de la Zona Franca; se hacía una pormenorizada relación de los informes técnicos relativos a las deficiencias que se habían ido apreciando a lo largo de estos años, señalando aquellas que quedaron subsanadas y las que aún no habían podido ser atendidas; se descartaba la posibilidad de exigir responsabilidades a la empresa contratista debido a los años transcurridos, pero se aclaraba que sí atendieron al problema de desprendimiento de las placas de revestimiento y, por último, se reconocía que, en la actualidad, las instalaciones no se atenían a lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior para la Explotación de la Estación de Autobuses en cuanto a la información y seguridad que se debía ofrecer a los viajeros, a pesar de que, por parte del Ayuntamiento, se realizaron continuadas intervenciones de mantenimiento y conservación. No obstante, se nos daba cuenta del Convenio firmado con el Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz para el establecimiento de mejoras en la Estación con destino a los usuarios del transporte público metropolitano, añadiéndose que las actuaciones previstas en el Convenio, aunque se disponía de un plazo de dos años para su ejecución, se preveía que quedaran concluidas en nueve meses.

Así las cosas y dadas las mejoras previstas, entendimos que la respuesta municipal suponía la plena aceptación de nuestra Resolución, puesto que las deficiencias de la Estación que motivaron la incoación de oficio de este expediente se encontraban en vías de solución. Consecuentemente, esperando que las actuaciones se desarrollasen en los plazos anunciados, dimos por concluida nuestra intervención en este asunto.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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