Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 15/3745 dirigida a Ayuntamiento de Guadix (Granada), Consejería de Cultura, Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Granada
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
Persiste la necesidad del talud en el teatro romano de Guadix a la espera de realizar un proyecto integral sobre el trazado de la calle. Solicitamos su agilización.
06-08-2015 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección del patrimonio histórico artístico de carácter inmobiliario.
Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza monumental.
En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, en ocasiones aparecen noticias sobre proyectos y actuaciones que suscitan una especial atención por diversas causas: la entidad del bien protegible, la envergadura de la intervención, el estado de conservación o la complejidad de los proyectos abordados.
En esta ocasión hemos tenido conocimiento de la creación de una talud en las inmediaciones del teatro romano de Guadix dispuesto como medidas provisional y de urgencia para la contención de una parte del lienzo amurallado sobre el que se proyecta intervenir de manera más concreta en un determinado plazo.
Según estas noticias y las imágenes reproducidas, sin duda el impacto visual es muy relevante y se aduce el carácter urgente y de limitaciones presupuestarias para haber dispuesto esta medida a la espera de calendarizar la intervención de envergadura que este monumento necesita.
Por tanto, la constitución y eficaz despliegue de las funciones de esta Comisión constituye una herramienta imprescindible en la potestad de velar por la protección del patrimonio histórico en todas las operaciones de carácter urbanístico que tengan una incidencia directa sobre el mismo.
Esta Institución al tener conocimiento de estas noticias sobre el impacto del talud creado en este delicadísimo entorno monumental del teatro romano de Guadix, ha considerado oportuno profundizar en las causas de esta peculiar situación que, en todo caso, necesitaría una información más detallada y explicativa. Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante el Ayuntamiento de Guadix y la Delegación Territorial de Cultura de Granada, a fin de conocer sobre el entorno del teatro romano de Guadix:
-razones que, supuestamente, habrían aconsejado la creación de este talud en el entorno del teatro romano.
-previsión de su utilización y alternativas evaluadas.
-proyectos que se prevean realizar con un carácter más definitivo para la conservación del entorno.
-licencias, informes o actuaciones que se hayan aprobado o se encuentren en trámite para la creación de dicho talud.
-intervención de las autoridades culturales en la adopción de esta medida y futuras actuaciones de carácter más definitivo.
-cualquier otra circunstancia que consideren oportuna transmitir para esclarecer el asunto que nos ocupa.
27-04-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Persiste la necesidad del talud en el teatro romano de Guadix a la espera de realizar un proyecto integral sobre el trazado de la calle. Solicitamos su agilización.
Hemos recibido su informe de fecha 11 de abril de 2016, nº de Registro de Salida 2291, fechado el 12d e abril de 2016, con referencia SGP/ATN/mmg, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución. Así como el informe de fecha 2 de octubre de 2015, nº de Registro de Salida 525, fechado el 5 de octubre de 2015, con referencia Urbanismo/JAN/mg,
Del contenido de ambos se desprende que la intervención del talud para la seguridad del muro izquierdo del teatro romano de Guadix ha sido debidamente proyectado e informado por la autoridades competentes, en base a los criterios técnicos que debían atender una situación de emergencia provocada sobre dicho elemento.
Los informes actualizan que la función cautelar persiste y aconseja su continuidad a la espera de contar con “una propuesta general de recuperación del trazado histórico de la calle, proyecto de gran envergadura que explica que aún no se haya elaborado un proyecto adecuado a tal fin”.
Por tanto, entendemos que el objetivo que se debe emprender consiste en abordar con carácter integral la recuperación de ese itinerario urbano a fin de solventar la situación actual a la luz de su carácter cautelar, mediante la realización del proyecto que nos aluden en sus informes.
Procede concluir la queja en vías de solución para facilitar su seguimiento.
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