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Con seis años de retraso pero por fin le abonan la beca de transporte para el curso de formación que recibió

Queja número 15/4974

En este expediente de queja, acudió a esta Institución un ciudadano a fin de exponer el problema que le afectaba, referente a la no resolución hasta la fecha de la Beca de Transporte solicitada por su participación en el año 2010 en un Curso de Formación para el Empleo de Especialista en Topografía.

Con fecha 8 de marzo de 2016 se ha recibido un informe de la Delegación Territorial, nueva Consejería de Empleo, Empresa y Comercio (anterior Consejería de Educación, Cultura y Deporte) -organismo que asumió las competencias de la cuestión que tramitamos, tras la última reestructuración de la Junta de Andalucía en junio de 2015-, informe del que, en respuesta a las Resoluciones formuladas por esta Institución, no se desprende la no aceptación de la referida Recomendación, sino todo lo contrario.

A esa conclusión se llegó en otros muchos expedientes de queja sobre la misma problemática que desde hace varios años venimos tramitando, primero ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, después ante la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por ser el órgano que asumió las competencias en el tema que nos ocupa, y hoy de nuevo ante la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, al haberse modificado nuevamente las competencias, como le decíamos anteriormente, en la última reestructuración de las Consejería de la Junta de Andalucía tras el dictado de los Decretos 12/2015, de 17 de junio y 304/2015, de 28 de julio.

En efecto, la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo manifestó hace meses su compromiso de proponer a los Centros Directivos competentes la priorización de la tramitación, resolución y ejecución de los procedimientos administrativos referentes a becas y ayudas al alumnado desempleado, impulsando a dichos efectos los informes previos y preceptivos a distintos organismos de la Junta de Andalucía afectados por dichos procesos.

Dicha respuesta, al igual que la ahora emitida, no puede tener otra interpretación más que la antes aludida: la aceptación de nuestro Recordatorio de Deberes Legales y de la Recomendación realizada.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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