Queja número 17/1908
Conseguimos que se le hicieran efectivos los atrasos.
La compareciente exponía que en agosto de 2016 la trabajadora social de El Puerto de Santa María que le atendía, comunicó a la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, el cambio de circunstancias económicas sobrevenidas en su expediente de solicitud de salario social, tras dejar de pagar el progenitor de sus hijos las pensiones de alimentos de 200 euros mensuales, aportando al efecto copia de la denuncia contra el mismo.
Que dicha cantidad se había tomado en cuenta como ingresos de su unidad familiar, por lo que se le habían descontando indebidamente de la cantidad a cobrar del salario social, cuyo pago comenzó en junio y finalizó en diciembre de 2016.
Contactó en varias ocasiones con la Delegación al objeto de conocer cuando se le realizaría el pago de los atrasos y si se le iba hacer efectiva a 200 euros mes a mes y que le dijeron que no, que se le pagaría de golpe 1.200 euros en marzo de 2017, sin que dicho pago hubiera tenido lugar.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Cádiz, se nos comunicó que con fecha 19 de abril de 2016 se dictó Resolución de modificación de la medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad, prevista en el art. 5 a) del Decreto 2/1999 de 12 de enero por el que se regula el Programa de Solidaridad de los Andaluces y el pago único se efectuó el 13 de junio por importe de 1.320 euros.
Habiéndose solucionado favorablemente el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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