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Deficiencias en la sede judicial de Torrox. Preguntamos por su reforma

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/5670 dirigida a Consejería de Justicia e Interior

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Esta Institución ha tenido conocimiento de las deficiencias de las instalaciones en las que se ubica la sede judicial de Torrox (Málaga). En concreto se manifiestan serias dificultades de acceso que presenta el edificio ya que “la sede de Torrox, edificio construido en tres pisos, destaca por sus problemas de accesibilidad, agravados porque se accede a ellos a través de una plaza a la que se llega por una escalera ; asimismo las instalaciones eléctrica y telefónica dan constantes problemas, con múltiples incidencias en los sistemas informáticos”. Es la cita textual de la Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 2013 (página 197).

Para conocer con exactitud las circunstancias del caso y evaluar los condicionantes de la sede del Juzgado de Torrox en relación con la accesibilidad del servicio que se presta en estas dependencias y el funcionamiento de sus instalaciones, se ha acordado incoar queja de oficio prevista en el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz.

A tenor de los escritos recibidos desde la Consejería y el ayuntamiento, hemos de entender que comparten en lo sustancial su contenido y expresan su aceptación en orden a impulsar el proyecto de reforma del edificio actual siguiendo las indicaciones del Ayuntamiento de Torrox, así como continuar con la redacción del proyecto para la nueva sede judicial en la parcela cedida por aquél previas las condiciones urbanísticas necesarias.

12-12-2014 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

La sede judicial de Torrox resulta inaccesible para muchas personas y con graves carencias en sus instalaciones. Preguntamos por su reforma.

Esta Institución ha tenido conocimiento de las deficiencias de las instalaciones en las que se ubica la sede judicial de Torrox (Málaga). En concreto se manifiestan serias dificultades de acceso que presenta el edificio ya que “la sede de Torrox, edificio construido en tres pisos, destaca por sus problemas de accesibilidad, agravados porque se accede a ellos a través de una plaza a la que se llega por una escalera ; asimismo las instalaciones eléctrica y telefónica dan constantes problemas, con múltiples incidencias en los sistemas informáticos”. Es la cita textual de la Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 2013 (página 197).

Ciertamente, los requisitos de los edificios dedicados al servicio público y de atención ciudadana han de ser respetuosos con la accesibilidad y, en su caso, cumplir con las normas de supresión de barreras arquitectónicas. Hemos de significar igualmente la larga trayectoria del Defensor del Pueblo Andaluz en promover un efectivo respeto a las normas de accesibilidad para las personas con movilidad reducida, como ejemplos concretos de integración y respeto a los principios constitucionales y estatutarios de igualdad y no discriminación, al igual que de promoción para el efectivo acceso a los derechos y libertades, en especial de aquellas personas que ostentan singulares condicionantes físicos o dificultades sensoriales.

En circunstancias concretas que vienen dadas por el destino específico de estos servicios, cualquier traba de accesibilidad implica un detrimento singular en el normal uso de cualquier persona. A la vista de los servicios prestados en tales dependencias de carácter judicial, nos encontramos, sin duda, con un caso de especial relevancia a la hora de permitir un acceso y uso garantizado para todas las personas más allá de las condiciones de movilidad que presenten.

Según se relata en la información, y se ratifica por declaraciones de trabajadores de este Juzgado, estas barreras arquitectónicas llegan a impedir el acceso de personas con movilidad reducida a la planta de la sede judicial. Como ejemplo de la situación mencionan la imposibilidad de celebrar actos y declaraciones en las propias dependencias judiciales, lo que obliga a realizar estas actuaciones en las puertas del edificio por no poder subir las escaleras hasta dichas instalaciones. Más allá de algún caso concreto, preocupa la situación cotidiana a la hora de facilitar los importantes servicios que tiene asignado este Juzgado de Torrox para el conjunto de la población.

Para conocer con exactitud las circunstancias del caso y evaluar los condicionantes de la sede del Juzgado de Torrox en relación con la accesibilidad del servicio que se presta en estas dependencias y el funcionamiento de sus instalaciones, se ha acordado incoar queja de oficio prevista en el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz.

A tal fin, se considera oportuno dirigir escritos de petición de información a la Consejería de Justicia e Interior, así como al Ayuntamiento de Torrox, solicitando su criterio en orden a:

  • la descripción de la ubicación de la sede judicial de Torrox.
  • datos de accesibilidad de las dependencias.
  • valoración técnica o informes realizados acerca de las normas de accesibilidad.
  • proyectos o programas, en su caso, en relación con la adaptación del edificio.
  • planes o programas sobre la ubicación del Juzgado u otras dependencias judiciales en el municipio.
  • posibles quejas o reclamaciones que se hubieran producido por la accesibilidad de estas dependencias; y.
  • cualquier otra información o comentario que consideren oportunos.

03-11-2015 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Dictamos una Resolución exigiendo medidas para dotar a Torrox (Málaga) de una digna sede judicial.

A tenor de los escritos recibidos desde la Consejería y el ayuntamiento, hemos de entender que comparten en lo sustancial su contenido y expresan su aceptación en orden a impulsar el proyecto de reforma del edificio actual siguiendo las indicaciones del Ayuntamiento de Torrox, así como continuar con la redacción del proyecto para la nueva sede judicial en la parcela cedida por aquél previas las condiciones urbanísticas necesarias.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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