Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 15/0798 dirigida a Consejería de Fomento y Vivienda, Gerencia Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en Granada, Ayuntamiento de Granada, Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Granada
Demandamos coordinación a las Administraciones competentes para solucionar definitivamente el problema de los cortes de suministro en la zona norte de Granada derivados de enganches ilegales para plantaciones de cannabis.
ANTECEDENTES
I. Con fecha 11 de marzo de 2015 nos interesábamos ante Endesa, el Ayuntamiento de Granada y la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Granada por los hechos que recogía la prensa local relacionados los continuos cortes de luz que afectaban al barrio de La Paz, pues estarían mermando la atención de las necesidades básicas diarias de la población.
Ya entonces pudimos conocer que los problemas de suministro de luz en la Zona Norte de Granada habrían sido objeto de una actuación conjunta de las Administraciones y entidades implicadas con objeto de atajar los cortes y garantizar la continuidad del suministro. Sin embargo, el plan de trabajo acordado no estaría resultando todo lo efectivo que fuera deseable a juzgar por la realidad de los hechos.
Ante estas circunstancias solicitábamos concretamente información relativa a las medidas adoptadas tras el acuerdo institucional que se habría aprobado en diciembre de 2014 y cuáles serían necesarias para alcanzar una solución definitiva, así como las indemnizaciones que procedería asignar a las personas afectadas.
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De la respuesta ofrecida por la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo pudimos conocer que saltaban las protecciones por sobrecarga pese a la actividad desplegada para aumento de potencia en distribución. Ello se debería a la existencia de enganches ilegales y, de modo particular, los que sirven a plantaciones de cannabis en interior de edificaciones.
Al respecto se habría acordado contactar con las fuerzas del orden para erradicar estas plantaciones y evitar al menos los enganches ilegales de las mismas. Sin embargo el problema sería que, en el momento que se eliminaba un enganche ilegal, a los pocos días o incluso en horas era restablecido.
Mediante un nuevo escrito, de fecha 4 de mayo de 2015, contestábamos a dicha Administración que a nuestro modo de ver la solución a los enganches ilegales debería atajarse en un doble plano.
En primer lugar, una actuación policial y judicial coordinada para incautarse las plantas de cannabis y para el desmantelamiento de las instalaciones.
El otro aspecto que entendíamos debe ser objeto de atención es el de los enganches ilegales en viviendas, para el caso de que algunos de éstos pudieran deberse a una situación de “pobreza energética”, respecto de la que sería necesaria una intervención coordinada de la distribuidora y los Servicios Sociales.
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Con fecha 5 de junio de 2015 recibimos informe del Ayuntamiento de Granada manifestando haber participado en las reuniones mantenidas para atajar los cortes en calidad de responsable del mantenimiento del alumbrado público y de los edificios de titularidad municipal. Teniendo presente tanto la atención de las necesidades básicas de la población como el propio servicio público, habría instado la actuación de la Administración autonómica como garante de la calidad del servicio.
Por otra parte, a la fecha de emisión del informe tendrían constancia de que la situación se habría normalizado, habiendo quedado garantizados el alumbrado público y el suministro municipal.
Por los motivos expuestos acordábamos en ese momento concluir nuestras actuaciones ante el Ayuntamiento de Granada.
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Con fecha 16 de julio de 2015, la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo nos informaba que existía una imposibilidad técnica de controlar que los consumidores con contrato no se viesen afectados por los cortes.
Al respecto indicaba que se incendian los trafos por exceso de potencia consumida o saltando las protecciones con el consiguiente corte, pese a que la potencia contratada representa un escaso porcentaje respecto de la instalada. Así, habría bloques sin contrato de suministro en ninguna vivienda y, sin embargo, por la acometida estaría circulando una potencia muy superior a la que debería tener si tuviera contratado el 100% de las viviendas.
En muchas ocasiones los enganches ilegales se producirían en interiores de viviendas a las que no se tiene acceso, por lo que no se podía tener constancia exacta de su número. Respecto de los ubicados en plena calle, sobre los que actúa la distribuidora, tampoco existiría posibilidad de descubrir al infractor y por tanto actuar la Administración.
En relación con los incumplimientos de calidad por parte de la distribuidora manifestaba la Delegación Territorial que no habían recibido reclamaciones o denuncias y que si se produjesen habrían de resolverse analizando la situación de los cortes producidos en el suministro concreto. En cualquier caso se ofrecían para formar parte de la comisión de mediación que pudiese crearse a fin de articular las reclamaciones de las personas afectadas.
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Encontrándonos a la espera de la información que pudiera proporcionar Endesa sobre las medidas adoptadas, tanto para solucionar el problema de los cortes como para satisfacer los derechos de los consumidores con contrato afectados, por noticias de prensa local del mes de noviembre de 2015 de nuevo supimos de cortes de suministro. Ello pese a que ya se habrían erradicado un 80% de las plantaciones de marihuana en las que en gran parte residiría el origen del problema.
Ante estas circunstancias, con fecha 2 de diciembre de 2015, nuevamente nos dirigíamos tanto a Endesa como a las Administraciones competentes (Ayuntamiento; Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; Subdelegación del Gobierno en Granada) para solicitarles su colaboración en la necesaria adopción de medidas que garantizasen el adecuado suministro eléctrico en la zona.
En el caso de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo se solicitó información sobre cualquier iniciativa que hubieran instado con objeto de garantizar la adecuada calidad del servicio y de indemnizar a los perjudicados, así como sobre cualquier otra novedad que pudiera producirse en este asunto. En parecidos términos nos dirigíamos a Endesa solicitando su colaboración.
Al Ayuntamiento indicábamos que considerábamos sería el cauce más adecuado para satisfacer los derechos de las personas afectadas por los cortes, canalizando la demanda ciudadana con objeto de que se reparen los daños producidos. Asimismo que, a través de los Servicios Sociales, podría jugar un papel decisivo en la búsqueda de soluciones para la erradicación de muchos de los enganches ilegales.
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Con fecha 7 de enero de 2016 recibíamos información del Ayuntamiento de Granada relativa a la reunión mantenida nuevamente en noviembre de 2015 con objeto de impulsar los mayores esfuerzos que puedan realizarse en el ámbito de las competencias propias de cada institución para evitar los cortes de luz. En dicha reunión habría participado tanto el Ayuntamiento como la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda, el Juzgado Decano de Granada, así como representantes del Cuerpo Nacional de Policía y de Endesa.
Señalaba que, si bien el Cuerpo Nacional de Policía vendría realizando numerosas actuaciones para atajar las plantaciones de estupefacientes, sería necesario el apoyo judicial para la entrada y registro, la intervención de la Junta de Andalucía en viviendas de su titularidad y el celo de Endesa reponiendo de inmediato los elementos y transformadores que se averían.
Por su parte el Ayuntamiento se comprometía a impulsar cuantos medios fuesen precisos para lograr un suministro constante a todos los vecinos de la ciudad y en ello vendría poniendo su empeño.
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Por noticias de prensa también hemos conocido que el pasado mes de febrero la distribuidora Endesa llevó a cabo actuaciones, con protección policial, para desconectar unas 150 acometidas fraudulentas que suministraban a plantaciones de marihuana y que eran el origen principal de las interrupciones de suministro eléctrico.
No obstante, según las propias noticias consultadas, muchos de los enganches volvían a ser conectados de forma fraudulenta sobre la marcha por lo que en determinados puntos el problema persistiría.
Por otra parte dichas actuaciones no habrían alcanzado al total de cultivos ilegales, existiendo cálculos de que podrían ser unas mil las plantaciones en la zona.
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Con fecha 23 de marzo de 2016 hemos recibido información de Endesa reconociendo que lamentablemente la calidad del suministro no es la deseada, debido a los numerosos enganches ilegales existentes en la zona.
Se nos comunican las diversas actuaciones llevadas a cabo para solucionar la incidencia con objeto de reforzar los conductores, ampliar los trafos y otras medidas para ofrecer una buena calidad en el suministro. Al respecto se hace referencia a las reuniones mantenidas con Ayuntamiento, Asociaciones de Vecinos y Administraciones competentes en materia de consumo y energía.
El informe también se refiere a la normativa que regula los descuentos a aplicar en la facturación de clientes por incumplimiento de los valores fijados para la continuidad del suministro, teniendo la distribuidora obligación de analizar las incidencias registradas en su zona geográfica durante la anualidad anterior
En base a los referidos antecedentes, conviene realizar a las Administraciones actuantes las siguientes
CONSIDERACIONES
Primera.- De los derechos que se encuentran afectados.
Según conocemos, los barios más afectados por los continuos cortes de suministro eléctrico serían principalmente Almanjáyar, Cartuja, La Paz y Rey Badis.
Las personas que residen en estas barriadas se encuentran ya de por sí en situación de riesgo de exclusión social, por la especial incidencia que tiene el desempleo en esta zona de Granada.
Esta situación se acentúa aún más si no puede quedar garantizado adecuadamente el suministro de luz en sus viviendas, generándose en la población cierta sensación de abandono por parte de los poderes públicos que deberían actuar en su defensa.
Consideramos que se encuentra afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAA) y que el artículo 51 de la Constitución española (CE) define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.
Por otra parte, el disfrute de suministros básicos en la vivienda como agua, luz y gas puede considerarse inherente al derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47 CE) o al derecho a la protección de la salud (art. 43 CE), encuadrados en la categoría de principios rectores de la política social y económica.
Especialmente se encuentran implicados los derechos de menores de edad y de las personas mayores, cuya protección y atención integral se atribuye a los poderes públicos de Andalucía (arts. 18 y 19 EAA)
Además, entre los objetivos básicos cuyo desarrollo encomienda nuestra norma estatutaria a la Comunidad Autónoma se cita «La cohesión social, mediante un eficaz sistema de bienestar público, con especial atención a los colectivos y zonas más desfavorecidos social y económicamente, para facilitar su integración plena en la sociedad andaluza, propiciando así la superación de la exclusión social». A tal fin insta a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía a adoptar las medidas adecuadas, entre otras, la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas (art. 10.3.14º y 10.4 EAA).
Igualmente consideramos que los hechos descritos revelan una merma a la prestación de servicios públicos de calidad, establecido en el artículo 37 de nuestro Estatuto de Autonomía como uno de los principios que han de regir la actuación de los poderes públicos de Andalucía.
A este respecto valoramos que la falta de medidas efectivas ante los cortes de suministro por parte de las distintas Administraciones públicas competentes supone una dejación de las funciones que le han sido encomendadas. Recordemos que el suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia (Exposición de motivos de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico). Aunque progresivamente se ha reducido la intervención pública en la gestión del sistema, se mantienen obligaciones de seguridad y calidad del suministro así como de protección al consumidor por cuyo cumplimiento deben velar las Administraciones.
De acuerdo con el artículo 79.10 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en relación con el contrato de suministro a tarifa y de acceso a redes se establece que todo consumidor tiene el derecho a recibir el suministro en las condiciones mínimas de calidad que se establecen en el propio Reglamento.
Segunda.- De las obligaciones administrativas para ofrecer una respuesta definitiva a los cortes de suministro.
El abordaje de esta compleja situación requiere una intervención coordinada de las distintas Administraciones competentes: estatal, en aquellas cuestiones que afectan a la seguridad y al orden público; autonómica, en cuanto que es la que tiene las competencias exclusivas en materia del derecho a la vivienda; y local, con competencias en materia social, dadas las situaciones de vulnerabilidad y de verdadera exclusión social que se aprecian en los barrios afectados.
Ante la necesidad de dar una respuesta coordinada para atender la situación de las personas afectadas es por lo que esta Institución ha considerado necesario dirigirse a las Administraciones competentes y solicitar su intervención eficaz.
Del mismo modo, hemos creído conveniente solicitar la colaboración de Endesa para facilitar las tareas necesarias en orden a la normalización del suministro eléctrico en la zona.
Sin perjuicio de todo ello, esta Institución también ha trasladado la situación a la Fiscalía Superior de Andalucía a fin de someter a su consideración la posibilidad de iniciar una investigación sobre los delitos que se estarían cometiendo y, fundamentalmente, para facilitar la identificación de las personas responsables y su debida imputación.
Por lo que hace a la utilización de viviendas de promoción pública para el cultivo de plantaciones de marihuana, entendemos necesario el control de oficio por la Administración de la ocupación y uso de las viviendas protegidas.
En el caso de viviendas propiedad de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, corresponde a este organismo proceder a la investigación y comprobación de los hechos -denunciados tanto por los ciudadanos como por el propio Ayuntamiento- para con posterioridad llevar a cabo las actuaciones legales que procedan encaminadas a que las viviendas en cuestión cumplan con el fin público que justificó su construcción .
Por otra parte apreciamos que la situación actual pudiera haberse derivado de una dejación de las funciones de conservación y mantenimiento de zonas comunes de las promociones correspondientes, pues en caso contrario no se entiende que no se haya detectado y actuado ante el uso ilegal de las viviendas.
Del mismo modo, para las promociones de vivienda en régimen de compraventa, su naturaleza jurídica exigiría que, de oficio, se realizara un plan de inspección para comprobar que se destinan a domicilio habitual y permanente de sus legítimos adjudicatarios a fin de que estas viviendas sirvan a los fines para los que fueron promovidas.
En caso contrario, resulta procedente instar la recuperación de las viviendas que estén ocupadas sin título suficiente y los procedimientos sancionadores oportunos.
Muchos de los enganches ilegales también podrían deberse a situaciones de “pobreza energética”, de modo que familias sin recursos optan por la defraudación del fluido para atender sus necesidades básicas.
Ante estas situaciones puntuales entendemos que el Ayuntamiento de Granada, a través de los Servicios Sociales, podría jugar un papel decisivo en la búsqueda de soluciones que permitan la regularización del suministro junto con la atención global de las necesidades familiares.
Finalmente entendemos debe corresponder a la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la garantía de la adecuada calidad de suministro, supervisando la correcta valoración de los niveles de calidad individual y, en su caso, de los descuentos que reconozca la distribuidora por su incumplimiento
Asimismo consideramos oportuno que, de oficio, articule un expediente para reconocer las indemnizaciones que resulten oportunas por los daños ocasionados a consecuencia de los cortes.
A este respecto creemos oportuno reiterar la oportunidad de arbitrar alguna medida compensatoria en favor de los usuarios con contrato perjudicados por los cortes de suministro, independientemente de que hayan formulado reclamación o no.
Al efecto también hemos señalado que el Ayuntamiento de Granada podría erigirse en cauce adecuado para canalizar la demanda ciudadana en relación con los perjuicios ocasionados por los cortes.
A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el apartado primero del artículo 29 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, se le formula la siguiente
RESOLUCIÓN
RECOMENDACIÓN dirigida a las Administraciones competentes para que de forma efectiva pongan en marcha, de forma coordinada y en su respectivo ámbito de competencias, las medidas que sean necesarias para solucionar definitivamente el problema de los cortes de suministro en la zona norte de Granada.
Ver asunto solucionado o en vías de solución
Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz
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