Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1705 dirigida a Ayuntamiento de Jaén
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
Ninguna administración propone alternativa para el funcionamiento y rentabilidad del tranvía de Jaén
El Defensor del Pueblo Andaluz procede al archivo de la actuación de oficio al no contestar el Ayuntamiento de Jaén nuestra resolución y al considerar que la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento y Vivienda no acepta nuestra resolución al no concretar, a nuestro juicio, iniciativas o alternativas, y su correspondiente calendario, que permitan el funcionamiento y rentabilidad de una infraestructura que fue financiada con una importante inversión pública.
13-3-2013 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de las dificultades que está teniendo el Ayuntamiento de Jaén para poner en funcionamiento el sistema tranviario de la capital, en el que, siempre según estas noticias, ya se llevarían invertidos unos 100 millones de euros. Siempre según estas noticias, en estos momentos la intención era sacar nuevamente a concurso la explotación de esta infraestructura, tras declinar dicha posibilidad la entidad que fue seleccionada en su momento, que habría esgrimido, como razón para ello, que se supeditaba asumir tal gestión a que hubiera ayuda municipal. Sin embargo, resultaría imposible subvencionar este transporte público debido a la difícil situación económica del Ayuntamiento, que determina que, con dificultad, pueda hacer frente al pago de las nóminas de sus empleados públicos.
También añaden estas noticias que el Ayuntamiento considera poco probable que ninguna otra entidad pueda asumir la explotación del tranvía dado que, de acuerdo con un estudio económico de la entidad seleccionada, el coste de su gestión se eleva a unos cinco millones de euros (3,3 millones corresponden a gastos de explotación y 1,7 millones al pago a la Junta de Andalucía de los cinco vagones adquiridos). Dado que los ingresos previstos por el uso del tranvía se prevén en 1,3 millones anuales, su explotación resultaría imposible sin subvención pública.
A causa de todo ello, se informa por último que el Ayuntamiento tiene la intención, si se confirma que ninguna empresa asume la gestión del tranvía, de devolver esta infraestructura a la Junta de Andalucía por el elevado coste que supone su mantenimiento y conservación.
Por ello, hemos abierto de oficio la presente queja con objeto de dirigirnos al Ayuntamiento de Jaén con objeto de conocer, en síntesis, su posicionamiento la situación descrita, señalándonos si están realizando gestiones para su puesta en marcha y, de ser asEl Defensor del Pueblo Andaluz inicia una actuación de oficio para conocer la situación en que se encuentra el sistema tranviario del municipio de Jaén, que, según las noticias a las que ha tenido acceso esta Institución, está teniendo diversas dificultades para su puesta en funcionamiento, a pesar de que ya se han invertido en esta infraestructura unos 100 millones de euros.í, las posibilidades de que las mismas den resultado positivo, así como el plazo aproximado en que podría entrar en funcionamiento el tranvía de Jaén.
20/04/2015 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Tras conocer la paralización de la entrada en funcionamiento del tranvía de la ciudad, debido a que los estudios previos realizados carecieron del rigor exigible, formulamos a la Consejería de Fomento y Vivienda, en concreto a la Dirección General de Movilidad, y al Ayuntamiento de Jaén resolución para que, en síntesis, a la mayor brevedad posible, decidieran, de forma conveniada, si, a medio plazo, iba a ponerse en funcionamiento esta infraestructura, acordando la fecha aproximada y las condiciones en que ello se produciría. En caso negativo, es decir si no era posible el establecimiento del funcionamiento del tranvía, recomendábamos que se adoptaran las medidas necesarias para evitar el deterioro de la misma, de forma que se minimizara su depreciación en el tiempo, se estudiaran los posibles usos alternativos de este espacio público que permita rentabilizar el gasto y se investigaran las posibles responsabilidades, de toda índole, en las que se hubiera podido incurrir ante la innegable lesión patrimonial causada a las arcas públicas como consecuencia de la no entrada en funcionamiento de una infraestructura tan costosa.
Respecto del Ayuntamiento de Jaén y después de las actuaciones realizadas, finalmente no hemos recibido respuesta del mismo a nuestra resolución, por lo que hemos procedido, al amparo del art. 29, aptdo. 2, de nuestra Ley reguladora, a incluir la queja en el Informe Anual al Parlamento de Andalucía, destacando esta falta de respuesta de la autoridad municipal.
En cuanto a la Dirección General de Movilidad, de la Consejería de Fomento y Vivienda, en su respuesta reiteraba, en síntesis, su interés en la puesta en servicio del sistema tranviario de Jaén y su intención de colaborar con la Administración Municipal, añadiendo que el gasto que puede suponer ello para las arcas municipales podría ser minimizado y racionalizado en el marco de una coordinación entre los diferentes modos y medios de transporte de Jaén. En fin, formalmente cabría entender que aceptaba la resolución formulada por esta Institución, pero, sin embargo, no se nos adelanta iniciativa alguna tendente a que, de forma conveniada, la Administración Autonómica y el Ayuntamiento de Jaén adopten una decisión acerca de si, a medio plazo, va a ponerse en funcionamiento esta infraestructura y las condiciones para el establecimiento del servicio, concretando una fecha para ello. Tampoco se proponen alternativas, ni medida alguna, más allá de su ofrecimiento de colaboración, para evitar el deterioro de esta infraestructura o para propiciar otros usos temporales de la misma. Tampoco se nos contesta positivamente a nuestra Recomendación de apertura de una investigación a fin de determinar las posibles responsabilidades de toda índole en que se haya podido incurrir ante la innegable lesión patrimonial causada a las arcas públicas como consecuencia de la no entrada en funcionamiento de una infraestructura tan costosa. Por tanto, no podemos entender que haya sido aceptada nuestra resolución en el plano concreto y material del problema, ya que seguimos encontrándonos en una clara imposibilidad de determinar una fecha para la puesta en marcha de esta infraestructura, ni para un uso alternativo de la misma, ni se delimita responsabilidad alguna por esta inaceptable situación. Ello nos lleva, también, a incluir esta actuación en el Informe Anual al Parlamento de Andalucía, mencionado expresamente que la citada Dirección General de Movilidad sí respondió a nuestra resolución, aunque entendemos que no había aceptado su contenido.
Con ello, procedemos al archivo de la actuación de oficio.
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