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El Ayuntamiento acepta nuestra resolución de actuar para normalizar la convivencia tras ocupaciones de vivienda sin título

Queja número 15/6142

La interesada exponía que en el entorno de su domicilio, existían viviendas vacías propiedad de una inmobiliaria perteneciente a una entidad bancaria, que habían sido ocupadas por personas que no disponían de vivienda, constituyendo una Corrala. Conforme a dichas personas se les había ido concedido alquileres sociales en otras zonas, se habían ido mudando a las nuevas viviendas. El problema surgió con la nueva ocupación de dichas viviendas por personas que no respetaban unas elementales normas de convivencia en el barrio, siendo frecuentes las peleas y conflictos de todo tipo, los ruidos y molestias, las barbacoas en la calle, la basura y suciedad o los enganches ilegales de luz.

De la respuesta recibida por el Ayuntamiento de La Rinconada a nuestra petición de informe, dimos traslado para alegaciones a la interesada, indicándonos que si bien era cierto que por la presencia de seguridad privada en la zona los incidentes habían disminuido, ello no significaba que hubieran desaparecido, a la vez que mostraba preocupación por el posible cese del servicio de vigilancia privada, que a su juicio se produciría cuando se enajenasen las últimas viviendas que la entidad bancaria tenía en venta. Además, la referida entidad no se quería reunir con los afectados ni les facilitaba información sobre las actuaciones que estaban realizando.

En consecuencia, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, se formula Resolución en el sentido de que los servicios sociales comunitarios actualizasen la situación social de las familias ocupantes para adoptar las medidas encaminadas a la normalización de la situación habitacional de las mismas, bien considerando la adjudicación de vivienda protegida exceptuando el régimen general de adjudicación a través del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, bien intensificando el trabajo con la entidad bancaria propietaria de las mismas, tanto para el realojo de las familias ocupantes en situación de vulnerabilidad social como para que cesen las ocupaciones. Asimismo, Recomendamos que se potenciasen las medidas de prevención y respuesta en materia de seguridad ciudadana a cargo de la Junta Local de Seguridad.

El Ayuntamiento nos informó que aceptaban el contenido del pronunciamiento de nuestra Resolución, si bien, señalaban que las actuaciones que se recogían en ambas Recomendaciones ya las venían realizando desde el momento en que tuvieron constancia de que se había producido la primera ocupación. Señalaban también que desde los Servicios Sociales Locales se trabajaba intensamente con las familias que ocupaban ilegalmente una vivienda, pero creían que la ocupación de una vivienda no podía ni debía ser la puerta falsa por la que cualquier ciudadano obtuviera el acceso a servicios y atenciones sociales o en materia de vivienda pública con prioridad a otros ciudadanos que pudieran estar en similar o incluso peores situaciones pero que no habían procedido de esta forma.

Manifestaban que una de sus prioridades era velar por el bienestar de sus vecinos, tanto aquellos que se encontraban en una situación que se podría definir como normalizada, como de aquellos que por su situación personal o socioeconómica se encontraban en riesgo de exclusión social y que requerían de una atención especial. Muestra de ello era el importante incremento que cada año se venía produciendo en el Presupuesto Municipal en políticas sociales y el reconocimiento, con el que se había distinguido hacía escasamente un año a La Rinconada como Municipio Excelente en políticas Sociales por parte de una entidad independiente como era la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales.

Con la aceptación de la Resolución que formulamos, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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