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El Ayuntamiento actúa ante el ruido generado por la cámara frigorífica de un supermercado

Queja número 18/1550

El representante legal de un matrimonio residente en el municipio cordobés de Bujalance denunciaba en su escrito de queja, en nombre de sus representados, la inactividad del Ayuntamiento de esa localidad ante sus escritos, en los que planteaba la grave incidencia acústica que sufrían en su domicilio generados por los motores de una cámara frigorífica de un supermercado, situados en la cubierta del edificio donde se encontraba el establecimiento. Este supermercado estaba situado, según se nos decía, en el local que estaba bajo su vivienda. Ante sus denuncias, el Ayuntamiento le había sugerido que encargaran, sufragado por los afectados, un ensayo acústico que, tras practicarse, resultó desfavorable, concluyéndose que el funcionamiento del motor de la cámara frigorífica del local denunciado no cumplía con los requisitos del Decreto 6/2012, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación acústica en Andalucía.

Al parecer, desde el Ayuntamiento también se le habría indicado que el problema de ruidos expuesto era un asunto de estricta naturaleza civil o privada, entre vecinos, para el que no era competente el Ayuntamiento. El caso eras que, en aquellas fechas, varios meses después de haberse presentado el ensayo acústico desfavorable, no se había incoado expediente administrativo alguno, primero para exigir la adopción de medidas correctoras y, si no se atendía, para imponer la correspondiente sanción y, en su caso, exigir la adopción de medidas provisionales.

Ante dicha pasividad municipal, los afectados habían acudido a la Delegación Territorial de Medio Ambiente en Córdoba, que había remitido sendos oficios, de noviembre de 2017 y febrero de 2018, en los que recordaba que el Ayuntamiento es el órgano ambiental competente para la vigilancia e inspección de la actividad denunciada. Tampoco estos requerimientos habían provocado actividad alguna en el Ayuntamiento, por lo que se presentó queja en esta Institución.

Tras admitir a trámite la queja e interesar informe al Ayuntamiento de Bujalance, pudimos conocer que lo último que se había llevado a cabo por éste era lo siguiente: 1) petición a la Diputación de Córdoba para que realizara una visita de inspección al establecimiento denunciado; 2) envío de oficio al titular del establecimiento denunciado para que en el plazo de diez días “justifique el cumplimiento de la normativa en materia de contaminación acústica, adoptando en su caso, medidas correctoras que eviten el problema denunciado”.

Posteriormente, el Ayuntamiento nos trasladó copia del expediente administrativo incoado y que, en aquel momento, se encontraba en periodo de pruebas, entre ellas la realización de un estudio acústico. Después de ello y tras requerirlo esta Institución, la Alcaldía-Presidencia del ayuntamiento de Bujalance nos remitió propuesta de resolución del expediente en el que se acordaba sancionar a la empresa titular del supermercado con una sanción económica por una infracción administrativa grave en materia de protección contra la contaminación acústica, así como acordar la medida de clausura total del motor de la cámara frigorífica ante la falta de insonorización adecuada y que producía ruidos molestos a la vivienda colindante.

Dimos traslado de esta información a la interesada para que nos remitiera sus alegaciones y, entre otras cosas, nos dijo que había presentado recurso contra esta resolución por entender que la calificación de la infracción no era la adecuada, y que pasado más de un mes, aún no había recibido la resolución a este recurso. Además, la clausura parcial decretada ni se había cumplido voluntariamente por el obligado ni tampoco se había ejecutado forzosamente por el ayuntamiento, de tal forma que seguían sufriendo los ruidos denunciados.

Finalmente, el Ayuntamiento nos indicó que el establecimiento había cesado en su actividad y se encontraba cerrado, desapareciendo así el foco emisor de contaminación acústica. Con ello, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones pues el Ayuntamiento, tras la intervención de esta Institución, había desplegado actividad disciplinaria. Por tanto, procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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