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El Ayuntamiento cierra un establecimiento hostelero que venía funcionando sin autorización

Queja número 16/5610

El interesado nos trasladaba en su escrito de queja que tiene un hijo menor de edad con problemas neuronales, y que venía denunciando desde el año 2012 a un establecimiento hostelero situado en los bajos del bloque en el que reside, por varios motivos que, a su juicio, no habían dado lugar a actividad municipal suficiente para dar una solución a las irregularidades que presentaba dicho establecimiento, en concreto:

1.- Estar pendiente un expediente de clausura de noviembre de 2014, con orden de precinto de la actividad. Al respecto, decía en su escrito el denunciante que el titular de la actividad “rompe el precinto e inicia un nuevo expediente de apertura”.

2.- Que disponía de declaración responsable sobre la que había recaído silencio administrativo, que se debería haber dejado sin efecto dado que en Disciplina Ambiental constaban varios incumplimientos a la normativa al disponer de TV en zona acústicamente saturada, freidora fuera del radio de acción de la campana extractora y evacuación de humos a fachada.

3.- Que incumplía el horario de cierre en zona acústicamente saturada y que el negocio presentaba un aspecto insalubre.

4.- Que presentaba nuevos informes técnicos de la Gerencia de Urbanismo, todos ellos desfavorables.

5.- Que se habían presentado denuncias en el Distrito Nervión y que se había acordado la efectividad de una orden de clausura, con fecha de noviembre de 2015, pese a lo cual nunca se había llegado a ejecutar.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, esta Institución formuló a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sevilla resolución a fin de que inspeccionara si el establecimiento hostelero funcionaba con autorización municipal y calificación ambiental y, en caso contrario, que procurara el cese de la actividad e instara a su legalización.

Como respuesta a esta resolución el ayuntamiento nos comunicó las actuaciones que había realizado hasta entonces y, como novedad, nos decía que había dejado sin efectos la declaración responsable presentada por el titular de la actividad objeto de esta queja, mediante resolución de marzo de 2019, y que “se mantiene la clausura del local al no estar legalizado”.

Dimos traslado de esta información al interesado para que nos concretara si el establecimiento estaba cerrado, hecho que confirmó. Por ello, dimos por concluidas nuestras actuaciones al considerar que se había aceptado nuestra resolución, procediendo al archivo del expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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