Queja número 15/3024
El Ayuntamiento de Dos Hermanas, aceptando nuestra resolución, había incoado expedientes sancionadores ante los ruidos provocados en las viviendas.
En su día, esta Institución formuló resolución al Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) en la que se le recordaba sus competencias irrenunciables en materia de vigilancia, control y disciplina en materia de contaminación acústica cuando los ruidos y vibraciones denunciados entre particulares se encuentran fuera de los límites tolerables de conformidad con las ordenanzas municipales y usos locales. A tal efecto, le recomendábamos que, en el marco de esas competencias, procediera a inspeccionar el ruido concreto denunciado en la queja para determinar si pudiera estar fuera de esos límites tolerables, procediéndose, en función de las conclusiones a las que se llegara y, llegado el caso, incoando el expediente administrativo a que hubiera lugar. Finalmente, le recordábamos la necesidad de que la Ordenanza que regule la protección contra la contaminación acústica en el municipio, si no lo estuviera, se adapte a la normativa vigente, concretamente la Ley 37/2003, del Ruido y el Decreto 6/2012, Reglamento de Protección contra la contaminación acústica de Andalucía.
Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento de Dos Hermanas nos comunicó que agentes de la Policía Local habían visitado en varias ocasiones el domicilio del denunciante y denunciado, levantando las oportunas actas de denuncia, que dieron lugar a sendos expedientes sancionadores. Además, como existía una denuncia en el ámbito judicial, habían entregado al Juzgado de Guardia estas denuncias.
Además y dadas las manifestaciones que habían realizado el denunciante y denunciando, el Ayuntamiento achacaba a deficiencias constructivas esta situación.
Dimos traslado de esta información al interesado y de la respuesta que recibimos de éste entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte, por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.
0 Comentarios