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Están trabajando para atender la necesidad de vivienda de una madre con 2 hijos, sin recursos

Queja número 17/1741

La interesada, con 2 menores a cargo, sin trabajo, con escasos ingresos y ocupando una vivienda que les cedió una vecina al dejarla, solicitaba regularizar su situación en dicha vivienda o en otra con un alquiler social que pudieran afrontar, para evitar poder verse en la calle. Manifestaba que llevaba 4 años inscrita en el registro de viviendas sin tener respuesta.

Solicitado informe a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) se nos indicó que carecía de competencias propias para adjudicar viviendas que se encontrasen disponibles o vacías, aunque fuesen de su titularidad, correspondiendo a los Registros Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida, y que cuando AVRA recuperaba alguna vivienda de su titularidad, bien por renuncia de su titular, fallecimiento u otra circunstancia, se ponía en marcha el procedimiento legalmente establecido para adjudicar viviendas protegidas; comunicándolo al Registro Municipal de Demandantes del municipio en el que se encontrara el inmueble y solicitando al mismo tiempo propuesta de adjudicación. En consecuencia, no podía atender la reclamación de la interesada.

Siendo ajustada a derecho la posición mantenida por AVRA en relación con la petición de regularización de la interesada, nos dirigimos al Área de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla a fin de que tomase conciencia del problema habitacional que le afectaba y en el ejercicio de sus competencias, adoptase las medidas necesarias en aras a garantizar una solución a su problema llegado el momento en que tuvieran que desalojar la vivienda.

Se nos informó de las diversas intervenciones llevadas a cabo desde 2008, siendo la última la elaboración de Informe Baremo Vivienda.

Dado que se observaba lejana la materialización de una opción habitacional, pues el protocolo se activaba y la solución se no se sabía cuando podía llegar, en virtud de nuestra ley reguladora formulamos Resolución a ambas administraciones en el sentido de que por parte de los Servicios Sociales se mantuviera activo el expediente de la interesada y una estrecha coordinación con AVRA, para que llegado el momento se le pudiera ofrecer una alternativa habitacional digna; y por parte de AVRA, que no se ejecutase el lanzamiento hasta que no existiera una alternativa habitacional digna que poder ofrecerle.

La Viceconsejería de Fomento y Vivienda nos envió un informe elaborado por la Secretaría General de Vivienda en el que indicaban que AVRA no podía atender la solicitud de regularización de la situación de la interesada en la vivienda donde residía o bien la adjudicación de alguna otra con alquiler social, ya que carecía de competencias para ello. En este caso, además, había un procedimiento abierto para la recuperación por la mencionada Agencia de dicha vivienda, a fin de adjudicarla a la unidad familiar que propusiera el Registro de Demandantes entre aquéllas que estuvieran inscritas, cumplieran los requisitos para acceder a vivienda protegida y cuyo perfil fuese el adecuado para la vivienda disponible.

Comentaban que es obligación de AVRA velar por los intereses de las personas que respetan y cumplen la normativa que regula el acceso a la vivienda protegida, y para ello tiene también la obligación de actuar contra las ocupaciones ilegales, como la relativa a esta queja, iniciando el oportuno procedimiento para la recuperación de esas viviendas. En todos los casos, cuando se resuelven los expedientes y en un momento previo a la solicitud de autorización de entrada para proceder al lanzamiento, la referida Agencia informa a los Servicios Sociales del municipio de referencia para que, si dichos servicios municipales lo consideran necesario, den cobertura habitacional a la familia afectada. No obstante, la cobertura que en estos supuestos puedan ofrecer los Servicios Sociales dependerá siempre y en todo caso del Ayuntamiento en cuestión.

Por parte del Área de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla se informó que se aceptaba la Recomendación formulada por esta Institución en relación a que los Servicios Sociales mantuviera activo el expediente de la interesada, realizando un seguimiento del mismo, y manteniendo una estrecha coordinación con AVRA, de manera que llegado el momento en el que la interesada tuviera que abandonar la vivienda que en estos momentos ocupaba sin título alguno que la habilitase para ello, se le pudiera ofrecer una alternativa habitacional digna.

Añadían que en la actualidad el expediente permanecía activo en el Centro de Servicios Sociales correspondiente y se mantenía coordinación con AVRA; la última información que se tenía era que habían contestado a nuestra petición de información con fecha 5 de mayo de 2018, por lo que se continuaba en estrecha coordinación con ese organismo, al objeto de ofrecer una alternativa habitacional adecuada a las necesidades que presentaba esta familia.

Por tanto, al haber sido aceptada la Resolución formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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