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¿Existe falta de recursos para atender a las víctimas de violencia de género en una comisaría de Sevilla? Lo investigamos

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/2145 dirigida a Ministerio del Interior, Subdelegación del Gobierno en Sevilla

El Defensor del Pueblo Andaluz viene desarrollando una larga trayectoria en relación con las garantías de los derechos de las personas víctimas de violencia de género y a la protección de las mujeres desde una comprensión integral de este grave problema  social en el territorio andaluz. Junto a las numerosas quejas que tramitamos para procurar las atenciones que estas víctimas merecen, intervenimos para avanzar en lograr las mejores condiciones de los servicios coordinados entre los dispositivos dependientes de diferentes instancias y administraciones públicas.

Esta Institución ha abordado de manera amplia y detallada los modelos de asistencia que la normativa ha dispuesto, en los que los principios de colaboración y coordinación resultan indispensables para lograr esa respuesta compleja y multidisciplinar que caracteriza la atención que necesita toda víctima de violencia contra la mujer en sus diferentes escenarios: policial, judicial, social, laboral, impacto sobre menores, etc. De tal forma que, ciertamente, resulta difícil intervenir en uno de estos aspectos sin comprometer de inmediato el escenario de los demás

Efectivamente, este principio de colaboración es esencial para la mejor atención integral de las víctimas, ya que ésta se hace depender de la eficacia en los respectivos desempeños de todas las instancias implicadas. Obviamente, la intervención de los servicios de seguridad y policiales resulta crucial a la hora de dispensar las acciones de protección efectiva que estas mujeres necesitan con los servicios de ayuda y asistencia que se ofrecen conjuntamente.

Al hilo de estos dispositivos, hemos tenido conocimiento de supuestos problemas en la disponibilidad de medidos y recursos en las dependencias policiales de la ciudad de Sevilla para la atención a estas víctimas a la hora de formular las denuncias en los supuestos amparados en el complejo de los delitos de violencia contra la mujer a cargo de las Fuerzas de Seguridad del Estado, según dichas noticias.

En concreto, se alude a la carencia de dependencias suficientes para la espera y la acogida a estas víctimas en los trámites de denuncia e, incluso, en relación con la dotación de medios personales para atender a las mujeres que se encuentran en estos difíciles trances y que acuden a las Unidades de Prevención, Asistencia y Protección (UPAP).

Según se menciona, en la Comisaría de Blas Infante, de Sevilla, del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), algunas fuentes sindicales han denunciado la falta de personal para atender las denuncias en general, incluidas las de esta UPAP, adscrita a la Inspección Central de Guardia, según explica. "Hay un policía, no hay más. No se pueden tomar dos denuncias a la vez porque los protocolos son amplios y hay que hacer una valoración rigurosa de lo sucedido con cada víctima de violencia de género, que exige un tiempo. El último responsable es el agente*.

A través de diversos medios de comunicación hemos tenido conocimiento del agravamiento del problema para los escasos recursos del CNP, lo que llega a provocar una severa disminución de efectivos policiales. Sin embargo, no es menos cierto que la entidad de este problema no es meramente policial, ya que la reducción de medios y recursos del CNP termina por afectar a las capacidades de prestar los propios servicios de atención a las víctimas de violencia de género desde otras instancias. Obviamente, la perjudicada final es la mujer que soporta las disfunciones que se produzcan en los fallos de este esencial servicio.

Sin perjuicio de las actuaciones que se lleven a acabo por las autoridades dependientes de otros servicios, ya sea en sede judicial, como los adscritos al Servicio de Asistencia a las Víctimas de Delitos (SAVA) y las iniciativas de coordinación con el sistema inserto en el Instituto Andaluz de la Mujer, creemos necesario conocer las propuestas y criterios de esa Subdelegación de Sevilla en relación con la organización de este servicio policial en el contexto de las intervenciones multidisciplinares de ayuda a las víctimas de violencia contra la mujer.

Por ello, hemos considerado oportuno incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, a fin de conocer el criterio de ese organismo en relación con los medios de atención a las víctimas de violencia de género en las dependencias de la Comisaría de Blas Infante del Cuerpo Nacional de Policial, en Sevilla, a fin de impulsar las medidas de mejora en la ordenación de estos servicios en coordinación con el resto de dispositivos previstos.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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