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Impulsarán la protección de bodegas en un municipio de la provincia de Huelva

Queja número 18/6941

La queja fue tramitada por el Defensor del Pueblo Andaluz a fin de analizar los trámites seguidos con motivo de las acciones de protección de inmuebles de usos característicos en la localidad de Villalba del Alcor, en Huelva.

Finalmente, con fecha 21 de Enero de 2020, el Defensor del Pueblo Andaluz acordó dirigir resolución al Ayuntamiento de Villalba del Alcor y a la Delegación Territorial en materia de Cultura y Patrimonio Histórico de Huelva, en los siguiente términos:

“RESOLUCIONES:

RECORDATORIO de los deberes legales contenidos en los preceptos anteriormente citados.

RECOMENDACIÓN de que se extremen por las autoridades culturales las labores de seguimiento y control para el debido estado de conservación de la “Bodega de Doña Pilar” o de los Fernández de Landa, en Villalba del Alcor, a fin de ejecutar finalmente las intervenciones adecuadas para su efectiva protección y conservación en base a los actuales instrumentos de tutela.

SUGERENCIA a fin de que se estudie y promueva la asignación formal de los instrumentos de protección cultural de este inmueble que resulten acordes a sus necesidades actuales y características singulares en función de los estudios e informes técnicos previstos en el artículo 26 de la Ley 14/2007, de Patrimonio Histórico”

Ante dicha resolución el Ayuntamiento respondió conforme señala el artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, indicando que:

“(...) SEGUNDO.

Respecto al contenido de la resolución le informamos que en la actualidad el inmueble objeto de protección fue expropiado forzosamente por ministerio de Ley, al día de la fecha hemos solicitado colaboración a diversas administraciones para la puesta en valor del bien, por otra parte hemos solicitado subvenciones para la rehabilitación del mismo, ya que no contamos con recursos propios para tal fin.

TERCERO.

Respecto de los deberes legales de conservación, realizamos las tareas de limpieza y mantenimiento oportunas para, dentro de la gravedad de la situación, paliar las posibles afecciones a colindantes. Con los medios y recursos que contamos estamos haciendo todo lo posible para recuperar el bien objeto de la presente comunicación, por lo que quedamos a su disposición para cualquier posible información o ayuda que nos sirva de impulso”.

Igualmente, la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico nos respondió señalando ordenadamente a cada pronunciamiento:

“- El Servicio de Bienes Culturales de esta Delegación Territorial asesorarán, en el ámbito de sus competencias legalmente establecidas, al Excmo. Ayuntamiento de Villalba del Alcor (Huelva) sobre las obras y actuaciones precisas para conservar y mantener los posibles valores de la “Bodega de Doña Pilar" o, también denominada “bodega de la Viuda”.

- Partiendo de la información obrante en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructura, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva sobre el inmueble bodeguero en cuestión, así como la escasa información aportada por D. José Alfonso Moreno de Lara -se adjunta copia de la misma-, técnicos del Servicio de Bienes Culturales emitirán el correspondiente informe para proponer a la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de Ia Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, órgano competente, su inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como bien de catalogación general, conforme a la disposición adicional sexta de Ia referida Ley de Patrimonio Histórico de Andalucia, siempre y cuando, quede acreditada la posesión del inmueble por parte del Excmo. Ayuntamiento de Villalba del Alcor (Huelva). Todo ello, sin menos cabo de que se aporte nueva información sobre los valores históricos, arquitectónicos y/o etnológicos de la antigua bodega que justifiquen una singular protección y tutela como Bien de Interés Cultural."

Según las respuesta recibidas, el Defensor debe entender la aceptación formalmente expresada, sobre la Resolución, por la Delegación Territorial y por el Ayuntamiento. Así mismo, tomamos en consideración los impulsos que se aluden a la aprobación de final del expediente de inscripción en el Catálogo General de Patrimonio Histórico de Andalucía (CGPHA).

No obstante, y sin perjuicio de la futura tramitación de la inscripción en el CGPHA aludida y de las iniciativas municipales en torno al inmueble, nos ratificamos en el criterio manifestado desde el Defensor del Pueblo Andaluz de que se desplieguen las labores de impulso hasta la finalización de tales expedientes y de proyectos de puesta en valor que han sido identificados y comprometidos por las autoridades culturales, municipal y autonómica.

En todo caso, persistiremos en la labor de continuidad y seguimiento que el asunto merece y que ocupará la atención del Defensor del Pueblo Andaluz en futuras intervenciones, en particular respecto de la gestión que logre el Ayuntamiento como titular, tras la expropiación, del inmueble.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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