Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/4272 dirigida a
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
El Defensor del Pueblo Andaluz finaliza la actuación de oficio iniciada para conocer los datos sobre las multas de tráfico impuestas por los Ayuntamientos en los últimos cinco años (2008 a 2012). Esta investigación se ha centrado en las actuaciones seguidas por los Ayuntamientos andaluces; por tanto, no se incluyen las sanciones impuestas por los órganos del Ministerio del Interior.
Como resumen, los datos que hemos obtenido no permiten concluir que exista un ánimo recaudatorio por parte de los municipios que venga a compensar la disminución de ingresos como consecuencia de la crisis económica. De hecho, la mayoría de los municipios han disminuido el número de expedientes sancionadores en los últimos años. Otra cosa es que, con frecuencia, el nivel de recaudación se haya mantenido, en algunos casos como consecuencia de una mayor eficacia en la gestión.
Por tanto, la imagen que se tiene sobre el objetivo recaudatorio de la imposición de multas en la esfera local no viene respaldada por los datos procedentes de la información requerida a los Ayuntamientos
03/07/2013 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Con la finalidad de ofrecer una información adecuada en torno a las sanciones de tráfico y valorar si es cierto que, en los últimos años, se están imponiendo más multas de tráfico en nuestros municipios, el Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio dirigiéndose a todos los municipios de Andalucía de más de 20.000 habitantes para enviarles un cuestionario y conocer, con datos objetivos, la realidad de la idea –que sabemos que existe en la sociedad y en los medios de comunicación- de que las multas, en algunas ocasiones, son utilizadas como instrumento de recaudación de los Ayuntamientos.
Con motivo de la celebración de la IV Jornada sobre Seguridad Vial, esta Institución quiere que se genere un debate en torno a las sanciones de tráfico como medida educativa y preventiva. También sabemos que existe en la sociedad y en los medios de comunicación la idea de que las multas, en algunas ocasiones, son utilizadas como instrumento de recaudación de los Ayuntamientos, apreciación ésta que ha dado lugar a no pocas noticias en los medios de comunicación de ámbito nacional, cuando no en programas de televisión, foros de Internet, etc., en los que, de manera reiterada, se plantea la proporcionalidad y la adecuación de la imposición de multas en relación con los fines perseguidos por las mismas: su carácter preventivo, educativo y sancionador.
De acuerdo con ello y con la finalidad de poder ofrecer una información adecuada en torno a esta cuestión y valorar si es cierto que, en los últimos años, se están imponiendo más multas de tráfico en nuestros municipios, el Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una actuación de oficio dirigiéndose a todos los municipios de Andalucía de más de 20.000 habitantes para enviarles un cuestionario y conocer, con datos objetivos, la realidad de esta idea muy marcada en la sociedad.
18/05/2015 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Hemos recibido las respuestas de todos los Ayuntamientos, aunque no han respondido a nuestro cuestionario o, al menos, no nos consta la recepción de sus respuestas, los siguientes: en la provincia de Almería, el Ayuntamiento de la capital de provincia, Almería; en la provincia de Cádiz, Barbate y Jerez de la Frontera; en Córdoba, Cabra; en Huelva, Almonte y Huelva; en la provincia de Málaga, Alhaurín de la Torre, Benalmádena y Ronda y, por último, Sevilla y Utrera en la provincia de Sevilla. Es decir, de los 80 municipios a los que nos dirigimos, todos aquellos de más de 20.000 habitantes, han respondido 69 y no lo han hecho 11.
Tras valorar las respuestas recibidas, hemos preparado un informe que se ha trasladado a todos los Ayuntamientos a los que nos dirigimos, con un resumen de las respuestas recibidas, unas valoraciones y conclusiones y, en base a todo ello, unas resoluciones que nos ha sugerido el resultado de la información obtenida.
Como resumen, los datos que hemos obtenido no permiten concluir que exista un ánimo recaudatorio por parte de los municipios que venga a compensar la disminución de ingresos como consecuencia de la crisis económica. De hecho, la mayoría de los municipios han disminuido el número de expedientes sancionadores en los últimos años. Otra cosa es que, con frecuencia, el nivel de recaudación se haya mantenido, en algunos casos como consecuencia de una mayor eficacia en la gestión.
Por tanto, la imagen que se tiene sobre el objetivo recaudatorio de la imposición de multas en la esfera local no viene respaldada por los datos procedentes de la información requerida a los Ayuntamientos
En consecuencia, una vez redactado el citado informe, entendemos que procede cerrar la actuación de oficio abierta en su día.
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