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Investigamos el fallecimiento de una persona en la puerta de un hospital en Sevilla

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/1077 dirigida a Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, Hospital Virgen del Rocío, Ayuntamiento de Sevilla, Area de Bienestar Social y Empleo

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Atención sanitaria oportuna a persona sin hogar.

02-03-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Investigamos las circunstancias en las que se produce el fallecimiento de una persona en la puerta del hospital de la mujer, y las intervenciones previas de las Administraciones que hubieran estado llamadas a conocer de este asunto.

Hemos tenido conocimiento a través de diversos medios de comunicación del hallazgo de una persona fallecida en las escaleras del hospital de la mujer, perteneciente al Complejo hospitalario Virgen del Rocío, en la mañana del pasado 27 de febrero.

Según las fuentes consultadas el fallecido, que atendía al nombre de Salvador, se empleaba habitualmente como aparcacoches en la zona colindante, y era conocido por los trabajadores del centro, pues habitualmente utilizaba las dependencias del mismo para asearse, así como para pasar la noche

Por lo visto su situación pasó inadvertida durante un par de horas, y cuando se detectó se intentó llevar a cabo su reanimación sin resultado, alcanzando la actividad asistencial únicamente a certificar la muerte.

Esta Institución desconoce si en algún momento requirió asistencia sanitaria en ese centro, o si constan antecedentes relacionados con su estado de salud.

Por otro lado tampoco sabemos si desde la unidad de trabajo social del hospital, a la vista del tiempo que al parecer este ciudadano llevaba “viviendo” en el mismo, se había realizado alguna actuación encaminada a conocer su situación y poner en conocimiento de la misma a los servicios sociales comunitarios.

En último término igualmente no nos consta si era conocido por dichos servicios, y en su caso si habían intervenido en relación con el mismo.

En definitiva que a fin de valorar la actuación de las Administraciones que pudieran haber estado llamadas a conocer de la situación de Salvador, y realizar algún tipo de actuación para preservar su salud o mejorar sus condiciones habituales de vida, hemos decidido incoar un expediente de queja de oficio, haciendo uso de la habilitación que a estos efectos nos confiere el art. 10.1 de la Ley 9/83, de 1 de diciembre, reguladora de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, y solicitar el informe previsto en el art. 18.1 de aquella, a la Dirección Gerencia del hospital universitario Virgen del Rocío, y la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla.

14-11-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El primer informe no se ha recibido, a pesar de haber reiterado su petición en dos ocasiones.

En todo caso, los datos que nos traslada el segundo nos parecen suficientes para poner fin a las actuaciones en este expediente.

En este sentido el informe de los servicios sociales revela carencia de antecedentes en relación a la condición de persona sin hogar de este ciudadano en sus bases de datos, así como la realización de gestiones ante el Instituto Anatómico Forense, y posteriormente la familia.

De esta manera se nos da cuenta de la conversación telefónica mantenida con el hijo del interesado, según la cual aquel era vecino de Málaga donde residía con su esposa, desplazándose ocasionalmente a Sevilla, donde se quedaba al parecer en casa de un amigo, habiendo ejercido de aparcacoches por la zona, pero sin revestir la condición de persona sin hogar.

Refiere igualmente que el mismo día de su fallecimiento se comunicó con su esposa indicándole que tenía problemas respiratorios, emplazándola aquella a que fuera el hospital, donde señala que fue atendido en las escaleras a su llegada, continuándose los intentos de reanimación una vez dentro.

A la vista de lo expuesto, y dado que los datos recogidos en la noticia de prensa aparecen en buena parte contradichos por las manifestaciones del hijo del fallecido, hemos decidido concluir nuestras actuaciones en esta queja

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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