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Investigamos la exclusión de participantes en el proceso selectivo para cubrir plazas del Cuerpo de Maestros 2017 por no haber formalizado la solicitud de participación

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/4042 dirigida a Consejería de Educación, Viceconsejería

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Mejorarán la formalización de las solicitudes telemáticamente en las próximas convocatorias de oposiciones a maestros.

11-08-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Con motivo del proceso selectivo convocado por la Consejería de Educación para cubrir plazas del Cuerpo de Maestros, Orden de 31 de marzo de 2017, muchos participantes han resultado excluidos -tanto en resolución provisional como en definitiva- por no haber formalizado la solicitud de participación en el mismo, según consta en los motivos de exclusión.

No obstante, según los interesados que han comparecido ante este Comisionado, acreditan que realizaron su inscripción de forma telemática, y realizaron, por el mismo sistema, el pago de la tasa por derechos de inscripción, resultando posteriormente que dicho pago fue lo único que constaba en el proceso selectivo.

En los escritos de quejas presentados, que inicialmente no pudieron ser admitidos, le instábamos a los afectados la necesidad de trasladar las alegaciones oportunas ante la Consejería de Educación, por encontrarse en plazo, y corresponder a dicho Departamento la resolución de las mismas, de conformidad con las bases reguladoras del proceso selectivo.

Por los datos que estamos recibiendo, finalmente, un número importante de candidatos que expresaron su voluntad de participar en el proceso, no han podido comparecer a los ejercicios por cuanto fueron excluidos definitivamente, al no constar inscrita la solicitud de participación en el mismo.

Sin perjuicio del grave perjuicio que les podrías haber causado el hecho de no poder participar en la realización de los ejercicios, si los hechos denunciados se confirmaran en esos términos, otro perjuicio añadido que se podría producir sería el relativo a que no podrían permanecer en la Bolsa de Interinos, donde se encontraban inscritos y prestando servicios -en una gran mayoría de los casos- como funcionarios interinos en el Cuerpo de Maestros, desde hace años.

Y, todo ello, por un posible error informático, quizás motivado por una interpretación no acertada de las bases, o bien por problemas puntuales del servidor-plataforma informática a través de la que intentó realizar su inscripción.

En algunos casos, nos dicen los afectados:

El motivo de exclusión que se alude es que ha realizado su proceso de matriculación en fecha fuera de plazo. No obstante realicé el proceso de acuerdo a lo marcado por la norma y en el plazo legal. Realizó su matrícula el día 12 de abril por lo que estaba dentro del plazo. No obstante parece ser que hubo un fallo informático por lo que el proceso no resultó como debía. El problema es que dicho fallo no es detectado por el interesado mientras está realizando su matrícula por internet, dado que cuando termina de realizar el pago informático, le aparece en pantalla que el proceso ha finalizado con éxito. Por lo que convencido de que tanto los anexos I y III como el pago de su matrícula (modelo 046) han sido enviados a la Junta de Andalucía, da por finalizado su proceso y considera que ya está matriculada. Adjunto impresos que verifican lo anteriormente dicho: (Anexo I y III además del modelo de pago 046).

El Problema surge cuando aparecen las listas de admitidos y excluidos y para su sorpresa comprueba que no aparece en ellas. Ante esto presenta las alegaciones que a continuación adjunto: con fecha 22 de mayo, 29 de mayo y 1 de junio. Además, para evitar problemas incluso abona con fecha 28 de mayo, los 3 euros que había obtenido como descuento cuando hizo su matrícula el día 12 de abril.”

Por la información facilitada, una representación de afectados ha mantenido una reunión, el pasado 11 de julio de 2017, con esa Viceconsejera, a la que asistieron la Directora General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos y la Jefa de Servicio de Infantil y Primaria.

Según las personas afectadas, en esta reunión, la Consejería confirmó que los candidatos afectados “habían cometido una irregularidad. No habían presentado en tiempo y forma su solicitud de aspirantes a las oposiciones y por tanto la normativa era muy clara. No podían presentarse a las oposiciones y además eran excluidos de las listas de interinos.”

Ante ello, las personas interesadas argumentaron que “(...) lo ocurrido había sido un error informático que había producido que en nuestros ordenadores apareciera el proceso como terminado aunque para la administración aún no lo estaba. Que todos habían pagado el modelo 046 y además en los registros de la Consejería se habían grabado los anexos I y III, sin el sello, pero se habían grabado en la Consejería, y que eso mostraba que se habían enviado correctamente aunque el sistema no los hubiese grabado bien. Con toda seguridad, por un error informático”.

Respecto a la permanencia en la Bolsa de Interinos, la Directora General les informó que “(...) No ha habido error informático. Y si se les permite continuar en la bolsa de interinos, se perjudica a cientos de interinos que no han cometido el mismo error. Sí admiten que el castigo es desproporcionado para la falta (esto lo había admitido públicamente la Consejera), no obstante como ellas son “justas” se comprometen a rebajarlo y ese es el motivo de la reunión.”

Ante los hechos reseñados, considerando el número de afectados que por dicho motivo han sido excluidos del proceso selectivo y que, de no remediarse, serán excluidos de la Bolsa de Interinos, he decidido iniciar la presente actuación de oficio, ante la Viceconsejería de Educación, a fin de esclarecer los hechos concretos y causas que motivaron la exclusión de este colectivo, si fue o no por error informático, deficiencias técnica y/o error imputable involuntariamente a los participantes. Y, en todo caso, conocer las medidas que pudieran adoptarse para evitar la exclusión de los mismos de la Bolsa de Interinos, del Cuerpo de Maestros.

Asimismo, solicitamos nos cuantifiquen el número de personas afectadas por la causa de exclusión referida así como del número de personas participantes que hicieron uso de la inscripción por medios telemáticos y su porcentaje respecto al numero total de personas que concurrieron a la convocatoria; y cualquier otra información que pueda clarificar la posible situación de inseguridad en las personas partIcipantes usuarias de este sistema de inscripción en procesos selectivos.

07-05-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Con motivo del proceso selectivo convocado por la Consejería de Educación para cubrir plazas del Cuerpo de Maestros, Orden de 31 de marzo de 2017, muchos participantes han resultado excluidos -tanto en resolución provisional como en definitiva- por no haber formalizado la solicitud de participación en el mismo, según consta en los motivos de exclusión.

Recibido el informe emitido por la Viceconsejería de Educación, y, en este caso, dando respuesta a la Resolución formulada en el expediente con fecha 19 de marzo de 2018.

Del contenido de la respuesta recibida merece la siguiente reseña:

En relación con la sugerencia 1, le informo de que se está confeccionando un manual exhaustivo sobre el aplicativo informático para los sucesivos procedimientos selectivos, además de la puesta a disposición de asistencia telefónica para el personal participante.

En relación con la sugerencia 2, le informo de que está en tràmite la modificación del Decreto 302/2010, de 1 de junio, para contemplar las observaciones tarsladadas en este sentido”.

Debemos recordar que la Resolución formulada por este Comisionado, se concretó en los siguientes términos:

 

SUGERENCIA 1 : Para que, en las próximas convocatorias de procesos selectivos de profesorado que tenga que realizar esa Consejería en la que se prevea la tramitación telemática de la presentación de solicitudes y abono de tasas, se regule el procedimiento electrónico a seguir y se configure el aplicativo informático que le sirva de soporte del modo más claro y garantista posible a fin de evitar cualquier situación de confusión o equívoco que pueda obstaculizar o dificultar el ejercicio del

derecho fundamental de acceso a las funciones públicas.

 

SUGERENCIA 2: Para que se estudien y promuevan las medidas que procedan a fin de que en la modificación prevista del Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, puedan ser tenidas en cuenta aquellas circunstancias que permitieran corregir, de manera razonable y proporcionada, los efectos “desproporcionados” que, por los motivos expuestos en la presente Resolución, consideramos que ha producido la aplicación de esta norma.”

 

Del estudio y valoración del contenido de la respuesta recibida, podemos entender que la Consejería de Educación ha aceptado los contenidos esenciales de la Resolución formulada.

Con fecha 3 de mayo de 2018, en BOJA núm. 84, se publica el Decreto 84/2018, de 2 de mayo, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes. Modificación que es de aplicación inmediata a los procedimientos de concurso-oposición que se celebrarán este año.

Próximamente, se aprobará por la Consejería de Educación nueva Orden que sustituirá a la hasta ahora vigente de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal, cuyo proceso de negociación se dió por finalizado en la Mesa Sectorial de Educación celebrada el 9 de abril de 2018.

En consecuencia, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente, informando de ello a los interesados afectados y quedando a la espera de la incorporación en dichas normas de las observaciones trasladadas por el Defensor del Pueblo Andaluz.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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4 Comentarios

Miguel Angel Gó... (no verificado) | Febrero 22, 2018

Me excluyen de una bolsa de trabajo de educación motivo 44

El DPA responde | Febrero 22, 2018

Hola Miguel. Si crees que la motivación de la exclusión de la bolsa de trabajo no se ajusta a derecho o estás en disconformidad con la exclusión puedes trasladarnos un escrito de queja con toda la información posible para valorar la actuación de la Administración. Puedes trasladarnos el escrito de queja por correo electrónico defensor@defensor-and.es, vía web (adjunto enlace al final) o por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, num. 21, 41001 Sevilla) Recuerda que el escrito de queja debe estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Angela (no verificado) | Octubre 29, 2017

Ya era hora de que alguien hiciera algo para solucionar esta injusticia. En la administración nos ignoran y no sabemos por que no existe un modo de solucionar esto con las alegaciones, q teníamos la copia de la solicitud. Tanto costaba poner un sello?

Sonia GL (no verificado) | Agosto 31, 2017

Por fin se empieza a aplicar sentido común y sensatez ante una injusticia tan descarada.
Profesionales ninguneados sin ton ni son tras tanto sacrificio y dedicación.
Gracias

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