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Investigamos la falta de pago de las ayudas a estudiantes de Grado para la obtención del B1 del curso 2014/2015

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/5775 dirigida a Consejería de Economía y Conocimiento, Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Detectamos aspectos susceptibles de mejora para el pago de las ayudas a estudiantes de Grado para la obtención del B1 del curso 2014/2015.

17-11-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

En esta Institución se han recibido varias quejas relativas al retraso en el pago de los importes concedidos a estudiantes de Grado en el marco de la convocatoria para el curso 2014/2015 de ayudas para financiar los costes incurridos para la obtención del nivel B1 en lengua extranjera.

Ya a principios de año tramitamos la queja 16/7062 sobre el caso particular de una estudiante, si bien hasta la fecha no hemos recibido el informe requerido a la Dirección General de Universidades. Ha sido en fechas recientes cuando se han acumulado las quejas recibidas, lo que hace plantearnos que no se trata de una cuestión puntual que pueda afectar a algunas personas sino que podríamos encontrarnos ante un problema que perjudica al conjunto de estudiantes que participaron en dicha convocatoria de ayudas.

La convocatoria de ayudas se produjo mediante Resolución de 23 de junio de 2015, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, publicada en BOJA núm. 125, de 30 de junio de 2015.

Posteriormente, y mediante Resolución de fecha 16 de julio de 2015, publicada en BOJA de 21 de julio siguiente, se amplió el plazo de presentación de solicitudes hasta el 15 de octubre de 2015.

Se amparaba dicha convocatoria en la Orden de 19 de junio de 2015 mediante la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover y garantizar la igualdad de acceso al alumnado universitario con dificultades económicas en la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas exigidas para la obtención de los títulos de Grado o Máster (BOJA núm. 120, de 23/06/2015).

Estas bases reguladoras fueron modificadas mediante Orden de 16 de diciembre de 2015 (BOJA núm. 9, de 15/01/2016) para facilitar su gestión, así como recogiendo algunas sugerencias que fueron trasladadas por esta Institución tras conocer su alcance y contenido (queja de oficio 15/3068).

Según las bases reguladoras, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento sería de seis meses, a computar desde la fecha en que la solicitud tuviera entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Una vez adjudicada la ayuda, la persona beneficiaria tiene obligación de acreditar el gasto ante su Universidad mediante presentación de la correspondiente cuenta justificativa.

Por su parte, la justificación de la subvención ante el órgano concedente (Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología) se realizará por parte de la entidad colaboradora (Universidad andaluza en la que curse sus estudios el alumnado beneficiario de las ayudas).

Una vez realizada esta justificación, las bases reguladoras no prevén un compromiso de pago en una fecha determinada pues entendemos que dependerá de las disponibilidades de Tesorería.

En este punto, debemos destacar que la convocatoria de ayudas se produce “Con el objeto de conseguir igualdad de acceso a la formación independientemente del nivel económico de las familias, se considera adecuado dar apoyo financiero al alumnado que, debiendo acreditar para la obtención del título de Grado o Máster la correspondiente competencia lingüística en lengua extranjera de nivel B1 o superior, se halle en situación de dificultad económica”, tal como se indica en la exposición de motivos de la Orden que aprueba sus bases reguladoras.

Precisamente por esta circunstancia, esta Institución señaló como Sugerencia en la tramitación de la queja 15/3068 que se modificasen las bases reguladoras para permitir la adjudicación y pago de las ayudas con justificación diferida, al menos en una parte. De este modo entendíamos que se facilitaba el pago de los costes necesarios para la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas a personas con limitados recursos económicos que, en otro caso, deben anticiparlos.

Las convocatorias posteriores de estas ayudas han mantenido el modelo de pago previa justificación, entre otros motivos porque se producen ya casi vencido el curso para el que se aplican.

Con independencia de que sigamos sosteniendo la conveniencia de revisar este modelo por los motivos expuestos, lo que resulta desde luego inadmisible es que una convocatoria de ayudas para el curso 2014/2015 aún no haya culminado con el correspondiente pago de las ayudas concedidas, habiendo transcurrido ya dos años desde que finalizase el plazo de presentación de solicitudes.

Conocemos las vicisitudes habidas en esta primera convocatoria de ayudas para facilitar la acreditación del nivel B1 de competencia lingüística, consistentes en ampliación del plazo de presentación de solicitudes, modificación de las bases reguladoras de la convocatoria y firma de convenios de colaboración con las Universidades andaluzas para la gestión de las ayudas, con fecha 10 de febrero de 2016.

Pese a todo, la situación actual de falta de pago no nos parece justificable cuando, según la documentación facilitada por las personas que han acudido a esta Institución, las resoluciones de adjudicación de ayudas por parte de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología se habrían producido en el último trimestre de 2016 y la documentación justificativa del gasto se habría presentado ante las Universidades en el primer trimestre de 2017.

Desconocemos si los motivos del retraso en el pago pudieran deberse a la falta de aportación documental por parte de las Universidades andaluzas de las correspondientes cuentas justificativas del gasto realizado por sus estudiantes, o bien a la falta de las transferencias dinerarias oportunas en favor de aquéllas por parte de la Junta de Andalucía.

Sean los motivos que fueren nos parece que deberían adoptarse sin más demora las medidas necesarias para dar solución a la situación denunciada y proceder al pago de las ayudas para acreditación de la competencia lingüística concedidas a estudiantes universitarios en la convocatoria correspondiente al curso 2014/2015.

A la vista de cuanto antecede, y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se propone la incoación de queja de oficio ante la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Consejería de Economía y Conocimiento.

Consideramos que se encuentra afectado el derecho fundamental a la educación consagrado en el artículo 27 de la Constitución, así como el derecho a acceder, en condiciones de igualdad, al sistema público de ayudas y becas al estudio en los niveles no gratuitos (artículo 21.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía).

En concreto la Ley andaluza de universidades, en su artículo 51.3.b), establece en favor de los estudiantes el derecho al establecimiento de un sistema de becas y ayudas suficiente, que garantice la eliminación de desigualdades que provoquen la exclusión o el abandono de los estudios por cuestiones de índole económica.

07-05-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La presente actuación de oficio se inició para interesarnos sobre la falta de pago de las ayudas concedidas a estudiantes de Grado para la obtención del nivel B1 de lengua extranjera en la convocatoria correspondiente al curso 2014/2015.

Interesados ante la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, recibimos informe indicando que se tramitaron en total 4527 solicitudes, a las que según los casos, se les dio el correspondiente trámite de subsanación, otras estaban correctamente presentadas. Se desglosa en el informe las personas que finalmente han sido susceptibles de recibir la ayuda (2049), de las que 1234 no han presentado la documentación justificativa de gastos y sólo 541 habrían presentado la documentación correcta.

De la información recibida dimos traslado a las personas que habían presentado queja por este asunto, al objeto de que nos manifestasen lo que estimasen conveniente a su derecho.

Salvo excepciones, no hemos recibido alegación o consideración alguna por parte de las personas afectadas que permita concluir la existencia de irregularidades en la actuación procedimental de la Secretaría General. Por ello, damos por concluida nuestra intervención en el expediente de queja.

No obstante, nos ha parecido oportuno señalar algunas insuficiencias puestas de manifiesto en el relato de las quejas.

La principal de todas es la falta de cauces de información adecuada a quienes solicitaron ayuda acerca del estado de tramitación de su solicitud, bien porque no existía coordinación con los Servicios de Becas de las Universidades, porque las unidades de atención telefónica de la Consejería no disponían de la información o, incluso, porque el programa informático de consulta no ofrecía información actualizada. Incluso cuando se ha solicitado información mediante correo electrónico o postal se habría producido alguna falta de respuesta por parte de ese centro directivo.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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27 Comentarios

Jairo (no verificado) | Enero 29, 2019

Buenas tardes, hace unos escasos 10 días recibí un email que hoy mismo he vuelto a recibir. En concreto es este:

"Estimado/a Sr/a. D/Dña. Jairo XXX XXX:
En relación con su participación en la convocatoria regulada por la Orden de 19 de junio de 2015, de la Consejería de Economía y Conocimiento (BOJA nº 120, de 23 de junio de 2015) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover y garantizar la igualdad de acceso al alumnado universitario con dificultades económicas en a la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas exigidas para la obtención de los títulos de grado o master, y sus modificaciones dispuestas mediante orden de 16 de diciembre de 2015 de la misma Consejería (BOJA nº 9 de 15 de enero 2016) le comunicamos que tiene una Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología en el siguiente punto de acceso electrónico:

http://www.juntadeandalucia.es/economiayconocimiento/sguit/convocatorias...

Al que podrá acceder con el DNI/NIE/Pasaporte con el que presentó su solicitud y la siguiente contraseña xxxxxx en el plazo de 7 días naturales a contar a partir del día en que se le envía el presente correo.

Aviso importante: No responda a esta dirección de correo electrónico. Para dudas sobre el procedimiento, consulte la Guía de procedimiento y aportación de documentación, accesible en esta página web.

Atentamente,
La Dirección General de Universidades de la Junta de Andalucía.

En primer lugar ese enlace no funciona. Pero he encontrado el lugar donde consultar el estado de la resolución y aparece ésto: Envío de resolución de archivo sin subsanación vía internet -- Estado: Envío de resolución de archivo sin subsanación.

Nunca se habían puesto en contacto conmigo en referencia a subsanar nada, y ahora no se cómo proceder... Me parece que nos toman el pelo muchas veces. Espero que podáis echarme un cable.

Saludos

Pablo Roca Bravo (no verificado) | Febrero 24, 2020

He decidido abrir esta queja y un grupo tras ver a muchos no nos han pagado las ayudas a las que tenemos derecho. Buscad tanto en change.org como en facebook ''Paguen ayudas acreditación lingüística en Andalucía'' o ''Ayudas acreditaciones lingüísticas Junta''.
¡Saludos cordiales!

El DPA responde | Enero 30, 2019

Buenos días Jairo.  Leído tu comentario, te aconsejamos que sigas los pasos que indicamos más abajo, en nuestra última entrada en esta misma página. Gracias y un saludo.

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/25174#comment-25174 

Lorena (no verificado) | Enero 17, 2019

Hola, me han mandado un email indicando que ya tengo la resolución de la ayuda en la web y esto es lo que me pone en el estado “Envío de resolución de desestimiento no cumple otro requisito vía internet”. Yo no he realizado ningún desestimiento. El último trámite que realicé fue la aportación de documentos que me solicitaban. Cómo puedo proceder para recurrir? Gracias

El DPA responde | Enero 18, 2019

Buenos días Lorena. Leído tu comentario, te aconsejamos que sigas los pasos que indicamos más abajo, en nuestra última entrada en esta página http://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/25174#comment-25174 Gracias

Iván (no verificado) | Enero 18, 2019

Hola, a mí me mandan un correo diciendo que tengo una resolución de la Secretaría General de Universidades y una contraseña par acceder, pero la dirección que me mandan para consultarla no es correcta y no puedo acceder. Me dan un plazo de 7 días naturales para acceder a consultar una resolución que es imposible consultar.

Pablo (no verificado) | Enero 29, 2019

Me pasa exactamente lo mismo que a ti. No puedo acceder y he llamado por teléfono y me siguen dando la misma dirección que no me permite acceder. ¿Cómo lo solucionaste?

El DPA responde | Enero 19, 2019

Hola Iván, en este caso te recomendamos que te pongas en contacto con la Secretaría General de Universidades para que te indiquen si hay algún error en el email que te han enviado.  Un saludo.

El DPA responde | Diciembre 26, 2018

A todas las personas interesadas:

Todas las personas que estáis recibiendo notificaciones de pérdida de derecho al cobro y no estáis de acuerdo, os sugerimos que presentéis escrito en la misma Universidad manifestando vuestro descuerdo y solicitando que se revise. A la vez, si queréis que nos interesemos por vuestro caso os solicitamos que nos enviéis una queja detallando vuestra situación y aportando la documentación correspondiente. Os informamos de cómo hacerlo.

Cuentanos tu caso con todo detalle en este enlace:

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.  

En nuestra oficina de información -954212121- te pueden ayudar en este proceso.

Un saludo.

Sergio Valderrama (no verificado) | Diciembre 21, 2018

Me ha llegado también una notificación de la pérdida del derecho a cobro "Resolución de declaración de la perdida de derecho al cobro total del importe concedido, que se acompaña al presente escrito" por no haber entregado la documentación señalada en el apartado segundo.3o de la citada resolución.
Que puedo hacer para reclamarlo?

Alba (no verificado) | Diciembre 19, 2018

Hola, a mi me ha pasado igual que a Ismael, después de años sin tener noticia alguna ayer me envían un email diciendo exactamente lo mismo: "Enviada notificacion de resolución de pérdida de derecho al cobro".

Jose (no verificado) | Diciembre 19, 2018

Buenas tardes,

a mi también me aparece "Enviada notificación de resolución de pérdida de derecho al cobro".
El motivo es: "En la documentación aportada
acredita un nivel B2, pero no se acredita no estar en posesión del nivel B1 con anterioridad al periodo que establece la
convocatoria (curso 14/15) ".
Después de que tuviera que enviar dos veces la información, con el trastorno que eso supone, cuando te intentas buscar la vida, viviendo y trabajando en el extranjero... Cuando intentabas contactar con ellos, ni cogían las llamadas de teléfono ni contestaban a los emails.
La verdad es que no me sorprende que la rechacen, lo sabía desde la primera vez que me contactaron diciendo que habían perdido la documentación. Lo único positivo, de este proceso de la Junta de Andalucía, fue una profesional que tras muchos intentos, cogió mi llamada y se involucró en que recibiera una respuesta sobre en qué estado estaba el proceso.

Sinceramente a día de hoy, no me acuerdo de qué información envié y de cuál no, de todas formas, considero la ayuda perdida. Lo que si me gustaría es que se revisara el porqué de todas las quejas, después de 3 años y que se fomentara la calidad de los trabajadores.

Un saludo

ismael ajdor il... (no verificado) | Diciembre 18, 2018

Hola de nuevo. Después de varios años me ha llegado un correo hoy diciendo así literalmente: "Enviada notificacion de resolución de pérdida de derecho al cobro"
Me parece un engaño y robo que después de tanto tiempo esperando y entregando sus respectivos documentos que nos pidieron en su momento (justificante verdadero de los pagos mensuales de la Academia, justificante de pago de tasas del examen, y otras documentaciones) nos aparece ahora este estado en la solicitud. Quisiera saber que puedo y debo hacer respecto a esto o doy por hecho que ya no hay ninguna solución. Gracias.

El DPA responde | Diciembre 18, 2018

Hola Ismael , déjanos un número de teléfono al que podamos llamarte para ver cómo podemos ayudarte u orientarte. El número de teléfono que nos des no saldrá publicado.

ISMAEL (no verificado) | Enero 10, 2019

Hola buenas. Mi número de teléfono es 6xxxxxxxx. Gracias

El DPA responde | Enero 10, 2019

Ok, te llamamos lo antes posible. Saludos

nmu (no verificado) | Junio 28, 2018

Desde marzo de 2016 en estado de tramitación, habiendo subsanado los documentos exigidos... y nada ha fecha de hoy, por perdido lo doy...

El DPA responde | Julio 2, 2018

Buenos días. Si no lo has hecho ya, te invitamos a que nos traslades una queja para valorar cómo te podemos ayudar. Te adujunto enlace a web donde te informamos cómo trasladarnos la queja. Gracias

El Defensor en un clic

ALEJANDRO MARTI... (no verificado) | Abril 27, 2018

LLEVO TRES AÑOS ESPERANDO HE SUBSANADO TODO LO QUE ME DIJERON DESDE 2015, LA ULTIMA NOTICIA QUE TENGO ES QUE ME LO INGRESARIAN EN MARZO Y YA ESTAMOS A MAYO, ES UN DESCARO DE ABUSO AL ESTUDIANTE Y AL COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

El DPA responde | Abril 30, 2018

Buenos días Alejandro. Entendemos tu desesperación. Te invitamos, si no lo has hecho ya, a que nos traslades un escrito de queja para poder dirigirnos en tu nombre a la Administración competente. Si así lo consideras, puedes enviarnos el escrito de queja por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C/Reyes Católicos nº 21, 41001 Sevilla), por correo electrónico defensor@defensor-and.es o bien por web (adjunto enlace). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo.

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

ISMAEL (no verificado) | Marzo 7, 2018

¿Se sabe algo de la beca? Es increíble que después de tres años no hayan ingresado aun las becas, desde luego están jugando con nuestro dinero. Creo que deberían de dar alguna explicación por su parte explicando este retraso que está generando un desánimo a los estudiantes. Espero que sea pronto cuando resuelvan la beca y podamos obtener una pequeña cantidad (300 en el mejor de los casos) con la que podamos continuar formándonos como estudiantes.

El DPA responde | Marzo 8, 2018

Hola Ismael, nos preguntan los compañeros de educación si tienes interpuesta una queja, ya que hay una persona con tu nombre que se ha interesado por dicho tema y le hemos escrito para que nos aporte documentación y no nos la ha enviado.

David. (no verificado) | Febrero 21, 2018

Yo también estoy en el mismo caso . Poseo escrito de resolución de concesión de primeros del año 2017., Después de aportar documentos de justificación, y no se nada hasta la fecha. Inadmisible , teniendo en cuenta que ya la han cobrado los solicitantes de años posteriores. Enorme la gestión de la Junta como siempre.

El DPA responde | Febrero 22, 2018

Hola David, anímate y si no lo has hecho ya, te invitamos a que nos dirijas una queja con tu problema y acudiremos a la Administración competente en tu nombre. En la respuesta anterior encontrarás información para trasladarnos un escrito de queja. Gracias y esperamos poder ayudarte

 

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El DPA responde | Enero 8, 2018

Hola a todos, estamos investigando este tema. Aunque es una investigación de oficio, es decir, por nuestra propia iniciativa, os aconsejamos que nos trasladéis vuestra queja por escrito, en el siguiente enlace, por dos razones: es importante acumular quejas individuales para hacer más fuerza y para que se os informe directamente de todas las novedades.

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

También lo podéis hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagais no os olvideis de poner vuestros datos personales, dirección postal o electrónica, para comunicarnos con vosotros y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.  

Un saludo.

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